Circular 003 de 2023
Circular 003 de 2023 Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS
- Tipo
- Circular
- Número
- 003
- Año
- 2023
- Fecha
- 5 de abril de 2023
- Entidad
- Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR CONFIS 003 DE 2023
(Abril 05)
PARA: SECRETARIAS Y SECRETARIOS DE DESPACHO, ALCALDESAS Y ALCALDES LOCALES.
DE: NORA ALEJANDRA MUÑOZ BARRIOS Secretaria Técnica de CONFIS (E).
ASUNTO: MODIFICACIÓN A LOS LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PARA LAS LÍNEAS DE INVERSIÓN LOCAL 2021-2024 Y PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS
FECHA: 05 de abril de 2023
De acuerdo con lo establecido en el Decreto Distrital [768](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88448) de 2019, el CONFIS Distrital en sesión No. 03 llevada a cabo el día 31 de marzo de 2023, aprobó modificación a LOS LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PARA LAS LÍNEAS DE INVERSIÓN LOCAL 2021-2024 Y PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS, adoptados y aprobados en sesión N° 04 del 28 de febrero de 2020 y posteriormente modificados en sesiones N° 08 del 21 de mayo de 2020 y N° 21 del día 27 de octubre de 2022, consistente en la creación del _concepto de gasto "Diseño, construcción, dotación, mantenimiento y arrendamiento de equipamientos que permitan el fortalecimiento de la seguridad, convivencia y justicia" dentro de la línea de inversión de “Infraestructura”._ __ Esta modificación fue aprobada por el CONFIS Distrital, de acuerdo con el análisis efectuado sobre la solicitud presentada por la Secretaría de Seguridad, Convivencia y Justicia, y considerando que la incorporación del concepto de gasto mencionado en precedencia, permite “ _ampliar las alternativas de inversión que hoy tienen los Fondos de Desarrollo Local (FDL) para cumplir con los lineamientos de las políticas públicas correspondientes. De esta manera, se pretende que los FDL puedan garantizar las condiciones para la operatividad de los mecanismos de seguridad,__convivencia y justicia en función de las necesidades existentes”_ __ En virtud de lo anterior y en aplicación de los artículos [7](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88448#7)°, [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88448#20)° y [21](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88448#21)° del Decreto Distrital 768 de 2019, el CONFIS Distrital, aprobó y adoptó la MODIFICACIÓN A LOS LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PARA LAS LÍNEAS DE INVERSIÓN LOCAL 2021-2024 Y PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS, así: I. APROBACIÓN Y ADOPCIÓN DE LOS LINEAMIENTOS DE POLÍTICA PARA LAS LÍNEAS DE INVERSIÓN LOCAL 2021-2024 DEFINICIÓN DE LÍNEAS DE INVERSIÓN LOCAL 2021 -2024 Las líneas de inversión local para el período 2021-2024, están agrupadas en 3 grandes componentes que se presentan a continuación: a. Inversiones del componente inflexible: Representan los recursos de inversión que las Alcaldías Locales deberán ejecutar con el fin de garantizar la continuidad de bienes y servicios que son necesarios para apoyar y mejorar la gestión local. Este componente incluye inversiones asociadas a Inspección Vigilancia y Control (IVC), la terminación de sedes administrativas locales que mitiguen el riesgo de generar obras inconclusas para la Alcaldía Local, el fortalecimiento de la gestión local, educación superior y primera infancia, la garantía a la cobertura del subsidio tipo C, el ingreso mínimo garantizado en el marco del sistema Bogotá Solidaria, creado para responder a los impactos económicos y sociales producto de la pandemia y el programa Parceros por Bogotá, para la atención a jóvenes vulnerables. Tabla No. 1. Componente inflexible Este componente no puede superar el 45% del total de la inversión de cada alcaldía local. Los recursos para destinar a la línea de inversión Ingreso Mínimo Garantizado estarán en función de los cupos que fije el CONFIS para los conceptos de gasto Subsidio tipo C adulto mayor y Parceros por Bogotá (señalados en el Anexo) y para las Transferencias Ordinarias de las necesidades de cofinanciación que se establezcan. De esta misma forma se programarán los recursos para la línea de inversión Educación Superior y Primera Infancia, será el sector Educación el que proyectará las necesidades de cofinanciación por parte de las alcaldías locales para apoyar la educación superior y para la primera infancia. Por último, dentro del concepto de gasto Fortalecimiento Institucional se deben programar los recursos para la logística necesaria para realizar los encuentros ciudadanos y los procesos de presupuestos participativos. b. Inversiones del componente Presupuesto Participativo: Representan los recursos de inversión que las Alcaldías Locales deberán ejecutar con el fin de complementar y fortalecer las inversiones estratégicas de la administración distrital. La totalidad de los recursos de inversión de este componente deberán ser priorizados a través de ejercicios de presupuestos participativos. Tabla No. 2. Componente Presupuestos Participativos El porcentaje de este componente como proporción del total de la inversión de la localidad deberá ser como mínimo el 52%. El concepto de gasto _Diseño, construcción y conservación (mantenimiento y rehabilitación) de la malla vial local e intermedia urbana o rural_ deberá ser mayor o igual al 20% del presupuesto de inversión del Fondo de Desarrollo Local. c. Inversiones del componente flexible: Este componente contiene un grupo de inversiones que se podrán adelantar por parte de las Alcaldías Locales que así lo requieran. La priorización de los recursos de este componente estará a cargo de la Alcaldía Local. Los conceptos de gasto que a continuación se presentan son indicativos para contar con insumos para orientar las discusiones al interior de cada Alcaldía. El porcentaje de este componente como proporción del total de la inversión de la localidad deberá ser como máximo el 3%. Tabla No. 3. Componente flexible
REGLAS DE DISTRIBUCIÓN DEL PRESUPUESTO ANUAL PARA CASOS ESPECIALES DE LÍNEAS DE INVERSIÓN LOCAL 2021 - 2024.
1. En aquellas localidades cuyas necesidades de Inversión en temas inflexibles sean superiores a 45%, podrán tomar los recursos faltantes del componente flexible. En este caso, la Alcaldía Local deberá contar con concepto previo favorable de Secretaría Distrital de Planeación y Secretaría Distrital de Gobierno. 2. La Alcaldía Local no podrá aumentar el número de cupos de Subsidio tipo C, definidos en el Anexo de esta circular. 3. La Alcaldía Local no podrá aumentar el número de cupos de Parceros por Bogotá, definidos en el Anexo de esta circular. 4. La Alcaldía Local deberá garantizar que los recursos provenientes de la sobretasa a la gasolina se destinen a malla vial y espacio público, en los conceptos de gasto Diseño, construcción y conservación (mantenimiento y rehabilitación) de la malla vial local e intermedia urbana o rural y Construcción y/o conservación de elementos del sistema de espacio público peatonal. REGLAS PARA TRASLADOS PRESUPUESTALES ENTRE LÍNEAS DE INVERSIÓN LOCAL 2021-2024.
Una vez definidos los recursos programados por cada línea de inversión, se podrán adelantar traslados presupuestales entre proyectos de inversión, incluso entre sus componentes. Sin embargo, las Alcaldías Locales deberán abstenerse de presentar traslados presupuestales que impliquen una reducción del porcentaje definido por el CONFIS Distrital para el componente de Presupuestos Participativos. Para ello, la Alcaldía Local deberá aportar prueba documental donde conste alguna de las siguientes situaciones: 1.
Que el proyecto de inversión de donde se contracredita el recurso, no necesita de más recursos presupuestales durante la vigencia, toda vez que ya realizó los compromisos presupuestales suficientes para garantizar el cumplimiento de la magnitud programada, vista como las metas definidas en los bienes y servicios a entregar con el proyecto. Esta modificación deberá contar con los soportes que la justifiquen. 2.
Que el proyecto de inversión de donde se contracredita el recurso, no haya adelantado los compromisos presupuestales que permitan el avance de la meta por razones de fuerza mayor. Estas razones deberán estar debidamente soportadas en documentos del sector o en actas de mesas de trabajo. ACTIVIDADES DE COORDINACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS LÍNEAS DE INVERSIÓN LOCAL 2021-2024.
1. Todos los conceptos de gasto se desarrollarán mediante documentos de criterios de elegibilidad y viabilidad, conforme al artículo [11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88448#11) Decreto Distrital 768 de 2019. La Secretaría Distrital de Planeación establecerá los lineamientos, instrumentos y plazos necesarios para la expedición y actualización de estos documentos. 2. La comisión Intersectorial de Gestión y Desarrollo Local velará por la incorporación de temas transversales y enfoques poblacional, diferencial y de género en los criterios de elegibilidad y viabilidad de los sectores, en las inversiones donde sea técnicamente viable. 3. La estructura de los proyectos de inversión para la implementación de las líneas de inversión local y sus conceptos de gasto deberá responder a los lineamientos establecidos por la Secretaría Distrital de Planeación. II. APROBAR LOS PORCENTAJES DE RECURSOS PARA PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS
De acuerdo con lo establecido en el artículo [4](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=84666#4)° del Acuerdo Distrital 740 de 2019 y en el artículo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88448#20)° del Decreto Distrital 768 de 2019, el monto destinado para presupuestos participativos se realizará de la siguiente forma para cada vigencia: Tabla N° 4 Porcentaje para presupuestos participativos
III. IDENTIFICAR LAS INVERSIONES QUE SERÁN OBJETO DE PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS A PARTIR DE LAS SEÑALADAS EN LOS CONCEPTOS DE GASTO
Las inversiones del Componente de Presupuestos Participativos detalladas por concepto de gasto en la Tabla N° 2 de las Líneas de inversión local 2021-2024 serán objeto del proceso de presupuestos participativos. Los recursos de inversión del presupuesto anual, correspondientes a este componente, son susceptibles de ser priorizados a través de ejercicios de la fase 2 de presupuestos participativos, de conformidad con los lineamientos, metodología y cronograma que defina la Coordinación General de Presupuestos Participativos, en cumplimiento del artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88448#17) del Decreto Distrital 768 de 2019. La presente Circular CONFIS, reemplaza en su totalidad el contenido de las Circulares CONFIS 03 del 27 de mayo de 2020 y 03 del 01 de abril de 2022. Cordial saludo, NORA ALEJANDRA MUÑOZ BARRIOS
Secretaria Técnica de CONFIS (E)
NOTA: Ver Anexos. Aprobó: Jhon Manuel Parra Mora. Subsecretario de Planeación de la Inversión (E) - Secretaría Distrital de Planeación. Elaboró: Dirección de Programación, Seguimiento a la Inversión y Planes de Desarrollo Locales. Viviana Luz Torres Núñez- Directora de Inversiones Estratégicas (E) - Secretaría Distrital de Planeación.
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