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Resolución 218 de 2023

Resolución 218 de 2023 Secretaría Jurídica Distrital

Tipo
Resolución
Número
218
Año
2023
Fecha
4 de abril de 2023
Entidad
Secretaría Jurídica Distrital
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 218 DE 2023

**(Abril 04)

[Derogada por el art. 1, Resolución 224 de 2023](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=140000#1) __ _Por la cual se delegan unas atribuciones en la Secretaría Jurídica Distrital_**

EL SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL (E)

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001, el artículo 11 del Decreto Distrital 101 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con el artículo [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y la desconcentración de funciones.

Que de conformidad con el artículo [211](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#211) Constitucional, la Ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones en sus subalternos o en otras autoridades, estableciendo que: _“La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar aquel, reasumiendo la responsabilidad consiguiente”._ Que el artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998 señala que _“Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias (…)”._ Que el artículo [60](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4088#60) del Decreto Distrital 854 de 2001 señala que las secretarías de despacho, como entidades ejecutoras que conforman el presupuesto anual del Distrito Capital, tienen la capacidad de contratar y comprometer a nombre de la persona jurídica de la que hacen parte y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en su presupuesto, facultades que están en cabeza de los respectivos secretarios de despacho. Adicionalmente, la mencionada disposición establece que _“Estas competencias podrán ser delegadas en funcionarios del nivel directivo y serán ejercidas teniendo en cuenta las normas consagradas en el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública y en las disposiciones legales vigentes”._ Que mediante el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=12746#1) del Decreto Distrital 101 de 2004 se asignó a los secretarios de despacho la decisión sobre los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores públicos del respectivo organismo, y, a través del artículo [11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=12746#11) de la mencionada norma, se señaló que las atribuciones conferidas en dicho Decreto _“podrán ser delegadas en los términos de la Ley 489 de 1998”._ Que mediante el Decreto Distrital [323](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=66674) de 2016 se estableció la estructura organizacional de la Secretaría Jurídica Distrital, y a través de la Resolución No. [020](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83017) de 2019, modificada por las Resoluciones No. [039](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=83230) de 2019, [085](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=96049) de 2020 y [074](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=137162) de 2023, se adoptó el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la entidad.

Que el empleo de Director Técnico, Código 009, Grado 07, de la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Jurídica Distrital, de conformidad con el referido Manual de Funciones, cuenta, entre otras, con la función de “Dirigir, coordinar y controlar al interior de la Secretaría la ejecución de los programas y __actividades relacionadas con los asuntos de carácter_ _administrativo, logístico, operativo y financiero_, _de conformidad con las disposiciones vigentes y dentro de la oportunidad requerida” (Negrilla y subrayado fuera de texto).

Que en desarrollo de los principios constitucionales de eficiencia, economía y celeridad que rigen la función administrativa, mediante Resolución No. 027 del 16 de agosto de 2016, se delegó en el/la Director/a de Gestión Corporativa algunas atribuciones relacionadas con el manejo de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, tales como, entre otras, reconocer salarios y prestaciones sociales, y reconocer y ordenar el pago de los dineros que por cualquier concepto tengan derecho los servidores o ex-servidores públicos de la entidad.

Que adicional a lo anterior, mediante Resolución No. [145](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71454) del 13 de septiembre de 2017, modificada por la Resolución No. [014](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=134398) de 2023, se delegó en el/ la Director/a de Gestión Corporativa, entre otras, las funciones de ordenar los gastos inherentes a la administración del personal que se desempeña en los empleos de la planta de personal de la entidad, incluidos los pagos por concepto de servicios personales asociados a la nómina y contribuciones inherentes a la misma, así como ordenar el pago de las obligaciones a cargo de la Secretaría Jurídica Distrital. Que, para el cumplimiento de las funciones mencionadas, se hace necesario contar con los permisos administrativos y operativos del Sistema de Información Financiera y Administrativa de la Dirección Distrital de Tesorería (DDT) de la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) - SAP-BogData, los cuales tienen un tiempo de gestión aproximado para su asignación a los funcionarios competentes de diez (10) días hábiles, contados a partir de su respectiva solicitud.

Que mediante la Circular DDT No. [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=151018) del 30 de noviembre de 2022, la SDH estableció la Programación de Pagos para la vigencia 2023, señalando como fechas límite en el mes de abril para radicar los documentos que ordenan el pago, a través del Sistema de Información-BOGDATA de la SDH-DDT, de la seguridad social, nómina de funcionarios y cuentas por pagar de proveedores contratistas/ IMG, el 12, 29 y 24 de abril de 2023, respectivamente.

Que mediante la Resolución No. 207 del 31 de marzo de 2023, este despacho nombró a la servidora pública AURA JANETH MALAGÓN ORJUELA, identificada con la cédula de ciudadanía No. 52.263.270, en el empleo de Director Técnico, Código 009, Grado 07, de la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Jurídica Distrital, con efectividad a partir del 4 de abril de 2023, según Acta de Posesión No. 031 de la misma fecha.

Que teniendo en cuenta la fecha estimada de obtención de los permisos administrativos y operativos de SAPBogData para la Directora de Gestión Corporativa, solicitados a partir de su posesión en el referido cargo, esto es, el 4 de abril de 2023, por un lado; y las fechas de cierre establecidas en la Programación de Pagos de la presente vigencia por la SDH, por el otro; no se cuenta con los accesos requeridos al referido Sistema para adelantar las actividades necesarias de tesorería asociadas a la gestión administrativa, operativa y logística financiera de la Secretaría Jurídica Distrital en la oportunidad prevista por la normativa vigente.
Que, en este sentido, con el fin de evitar afectar la prestación del servicio, en lo relacionado con las actividades presupuestales y financieras de la Secretaria Jurídica Distrital, como, entre otras, la expedición de certificados de disponibilidad presupuestal y registros presupuestales, y la ordenación de pagos, resulta necesario delegar las referidas atribuciones en otro funcionario de la entidad que cuente con los permisos correspondientes.

Que en consecuencia, se hace necesario delegar en el Jefe de Oficina Asesora, Código 115 Grado 06, de la Oficina Asesora de Planeación, las atribuciones relativas a: (i) reconocer salarios y prestaciones sociales; (ii) reconocer y ordenar el pago de los dineros a los que, por cualquier concepto, tengan derecho los servidores o ex-servidores públicos; (iii) ordenar los gastos de la Secretaría Jurídica Distrital, inherentes a la administración del personal que se desempeña en los empleos de la planta de personal de la entidad, incluidos los pagos por concepto de servicios personales asociados a la nómina y contribuciones inherentes a la misma; y (iv) ordenar el pago de las obligaciones a cargo de la entidad. Lo anterior, entre tanto se gestionan los accesos a los sistemas dispuestos por la SDH y el certificado de firma digital de la servidora AURA JANETH MALAGÓN ORJUELA, titular del empleo de Director Técnico, Código 009, Grado 07, de la Dirección de Gestión Corporativa. En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. Delegar en el Jefe de Oficina Asesora, Código 115, Grado 06, de la Oficina Asesora de Planeación de la Secretaría Jurídica Distrital las siguientes atribuciones: 1. Reconocer salarios y prestaciones sociales. 2. Reconocer y ordenar el pago de los dineros que por cualquier concepto tengan derecho los servidores o ex-servidores públicos. 3. Ordenar los gastos de la Secretaría Jurídica Distrital, inherentes a la administración del personal que se desempeña en los empleos de la planta de personal de la entidad, incluidos los pagos por concepto de servicios personales asociados a la nómina y contribuciones inherentes a la misma. 4. Ordenar el pago de las obligaciones a cargo de la Secretaría Jurídica Distrital.

Parágrafo. 1. Durante el término de vigencia de la presente Resolución, se entienden suspendidos los numerales 9 y 10 del artículo 2 de la Resolución No. 027 de 2016, y los numerales [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71454#1.l.b.n.1) y [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71454#1.l.b.n.2) del literal B del artículo 1 de la Resolución No. 145 del 13 de septiembre de 2017.

Parágrafo. 2. Las demás atribuciones en materia administrativa y aquellas relacionadas con el manejo de personal de la Secretaría Jurídica Distrital, delegadas en el/la Directora/a de Gestión Corporativa mediante las Resoluciones No. 027 de 2016 y No. [145](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=71454) del 13 de septiembre de 2017, se mantienen indemnes.

Artículo 2. Comunicar a los servidores públicos AURA JANETH MALAGÓN ORJUELA y CAMILO ANDRÉS PEÑA CARBONELL, a la Dirección de Gestión Corporativa y a la Oficina Asesora de Planeación de la Secretaría Jurídica Distrital, el contenido de la presente resolución, para que se efectúen los trámites legales correspondientes.

Artículo 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 04 días del mes de abril del año 2023.

IVÁN DAVID MÁRQUEZ CASTELBLANCO

SECRETARIO JURÍDICO DISTRITAL (E)

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