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Resolución 164 de 2024

Resolución 164 de 2024 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep

Tipo
Resolución
Número
164
Año
2024
Fecha
2 de mayo de 2024
Entidad
Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 164 DE 2024

(Mayo 02)

_Por medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio aprueba la exención de pago de actividad de aprovechamiento económico" CARRERA POR LOS HEROES 2024”_

LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORÍA DEL ESPACIO PÚBLICO-DADEP

En uso de sus facultades constitucionales, legales, normativas y administrativas, en espacial de las previstas en el acuerdo 018 de 1999, el Decreto 375 de2019, el Decreto 478 de 2022, la Resolución 025 de 2021 y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27591#38) del Decreto 546 de 2007, modificado por el art. [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=85025#9) del Decreto Distrital 375 de 2019, se establece que la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital tendrá entre otras las siguientes funciones: 1. Coordinar la implementación de la política de espacio público definida para garantizar la efectividad de los derechos en el Distrito Capital. 2. Concertar las acciones necesarias para garantizar una estructura actualizada, de manera eficaz y eficiente, del Sistema Distrital de Gestión del Espacio Público y sus diferentes instrumentos, sistemas, procedimientos e instancias, en armonía con las políticas, estrategias, programas y proyectos establecidos por el Plan Maestro de Espacio Público y el Plan de Ordenamiento territorial. 3. Conocer, concertar y articular las acciones para garantizar una adecuada distribución y coordinación de funciones en lo relacionado con la sostenibilidad, la financiación, la generación, el mantenimiento, la conservación, el manejo, y la gestión del espacio público. 4. Coordinar la implementación de los instrumentos y procedimientos de la política distrital para la administración y aprovechamiento económico del espacio público vigente. 5. Conocer y aprobar, como requisito previo, los proyectos de actos administrativos que las entidades distritales elaboren, siempre que tengan como fin, reglamentar actividades de aprovechamiento económico del espacio público. 6. Estudiar y aprobar las solicitudes de inclusión de nuevas Entidades Gestoras del Aprovechamiento Económico del Espacio Público. Solicitud que debe realizar una entidad Distrital.

Que mediante Decreto Distrital [493](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=150341) de 2023 se adoptó la reglamentación de la administración y el aprovechamiento económico del espacio público en el Distrito Capital.

Que En el artículo 8 del citado, se regulan las actividades de aprovechamiento económico permitidas en el espacio público.

Que el artículo [29](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=150341#29) del Decreto 493 de 2023, se relaciona el valor de la retribución, _"El valor de la retribución por aprovechamiento económico será calculada por la Entidad Gestora del Aprovechamiento Económico del Espacio Público, de acuerdo con lo establecido en el respectivo protocolo de aprovechamiento económica..."_ _"Parágrafo 1. En los respectivos protocolos de aprovechamiento económico, se determinarán los elementos necesarios para calcular la retribución por las actividades respectivas, acorde con los espacios a utilizar, las actividades permitidas, los criterios de aplicación y las actividades exentos a sujetos a una retribución diferenciada por aprovechamiento económico..."_ __ Que el artículo [30](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=150341#30) del Decreto 493 de 2023, Actividades con motivación económica exentas y/o con retribución diferenciada por aprovechamiento económico, así: "_La Entidad Gestora del Aprovechamiento Económico del Espacio Público deberá elevar solicitud escrita a la Comisión Intersectorial del Espacio Público la Entidad Gestora del Aprovechamiento Económico del Espacio Público deberá presentar solicitud con al menos quince (15) días calendario de antelación al evento que se pretende realizar, incluyendo la valoración del cabro y las consideraciones que podrán dar lugar una retribución diferenciada o lo exoneración de la retribución, ante la Comisión Intersectorial del Espacio Público CIEP o la instancia correspondiente, para que emita su concepto"._ Que el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=50968#1)° del Decreto Distrital 583 de 2012, le otorga al Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP la función de Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público - CIEP.

Que el Instituto Distrital de Recreación y Deporte IDRD presentó ante la Secretaría Técnica de la CIEP, vía correo electrónico, solicitud de exención de pago por aprovechamiento económico en el espacio público de la Plaza de Alfiles del Centro Comercial Gran Estación y tramos de la ciclovía, para La Carrera por los Héroes 2024. Esta es una carrera deportiva de 10 y 5 km que realiza la Corporación Matamoros desde el año 2008 en la ciudad de Bogotá. Este año será la versión #16 y se llevará a cabo el día domingo 05 de mayo. Tendrá un recorrido de 10K COMPETITIVA-Masculina y Femenina, y de SK RECREATIVA-Masculina y Femenina. El punto de aglomeración será la Plaza de Alfiles del Centro Comercial Gran Estación en la ciudad de Bogotá D.C. El evento contará con una versión virtual los días 04 y 05 de mayo a través de la cual se podrá participar desde cualquier parte del país. Que, en sesión Extraordinaria No. 3 del 02 de mayo del año 2024, se sometió a consideración ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público, la solicitud de exención de pago por Aprovechamiento Económico en el Espacio Público Plaza de Alfiles del Centro Comercial Gran Estación y tramos de la ciclovía, presentada por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD, la cual fue aprobada por la citada instancia, registrando la siguiente votación: | ENTIDAD | SECRETARIO/DELEGADO | DECISIÓN | COMENTARIOS | ---|---|---|---|--- SDG | Eduardo Garzón | Voto positivo | Se especifique la exención solicitada | SHD | Diana Guevara | Voto positivo | Sin comentarios | SDDE | Juliana Toral | Voto positivo | Sin comentarios | SDS | Marcela Martínez Contreras | Voto positivo | Sin comentarios | SDCR | Leonardo Garzón | Voto positivo | Sin comentarios | SDA | Daniela García Aguirre | Voto positivo | Sin comentarios SDM | Valentina Acuña | Voto positivo | Tener en cuenta el oficio de movilidad del 02 de mayo 2024. SDH | Camilo Andrés Peñuela | Voto positivo | Sin comentarios SDMujer | Ivonne Rico | Voto positivo | Sin comentarios SDP | Paola Ladino | Voto positivo | Se solicita allegar el protocolo DADEP | Lucia Bastidas | Voto positivo | Sin comentarios Que, de acuerdo con lo anterior, la Directora del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público-DADEP, en calidad de Secretaría Técnica de la Comisión del Espacio Público.

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Comunicar que la Comisión Intersectorial del Espacio Público CIEP, en sesión extraordinaria No. 3 del dos (02) de mayo de 2024, realizada de manera virtual, aprobó la exención de pago por aprovechamiento económico de la actividad "_carrera por los héroes 2024_ ", teniendo en cuenta que el recaudo por aprovechamiento económico de la actividad es inferior a la retribución determinada, por valor de TREINTA Y NUEVE MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL PESOS MCTE ($39.286.000) el cual corresponde al valor liquidado por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte por el uso de la Plaza de los Alfiles, colindante con el Centro Comercial Gran Estación y tramos de la ciclovía.

Solicitud que fue presentada por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte IDRD. Contemplando las siguientes fechas, Montaje: sábado 04 de mayo de 2024, evento: domingo 05 de mayo, desmontaje: domingo 05 de mayo de 2024.

ARTÍCULO SEGUNDO: Contra la presente Resolución no procede recurso alguno en atención a lo establecido en el artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley 1437 de 2011 "_Por el cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de los Contenciosos Administrativo_ ", ya que se trata de un acto administrativo de carácter general.

ARTÍCULO TERCERO: La presente resolución rige a partir de su fecha de su publicación, en el [Diario Distrital](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=185493) de acuerdo lo establecido en el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011. Deberá igualmente publicarse en la página web del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 02 días del mes de mayo del año 2024.

LUCIA BASTIDAS UBATE

Directora Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público -DADEP

Secretaría Técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público -CIEP

Nota: Ver norma original en Anexos.

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