Circular 024 de 2024
Circular 024 de 2024 Secretaría Distrital de Planeación
- Tipo
- Circular
- Número
- 024
- Año
- 2024
- Fecha
- 23 de agosto de 2024
- Entidad
- Secretaría Distrital de Planeación
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR 024 DE 2024
(Agosto 23)
PARA: Secretarios/as de Despacho, Directores/as de Departamento, Directores/as y Gerentes de Establecimientos Públicos, Unidades Administrativas, Empresas Industriales y Comerciales del Estado, Empresas Oficiales y Mixtas de Servicios Públicos Domiciliarios, Sociedades de Economía Mixta, Alcaldías Locales y Entes Universitarios Autónomos y Órganos de Control.
DE: Secretaría Distrital de Planeación - Secretaría Técnica del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C.
ASUNTO: Modificación de la Circular No. 01 de 2024 - Cronograma ajustes al plan de acción y/o documento de política.
RADICADO: 3-2024-29885
Respetado Equipo Distrital, Mediante la Circular No. [0001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=154230) de 2024 se establecieron los lineamientos para el ajuste a los planes de acción de las Políticas Públicas Distritales, así como el cronograma para dicho trámite. La Secretaría Técnica del Consejo de Política Económica y Social del Distrito Capital CONPES D.C., identificó la necesidad de ampliar el cronograma para adelantar los ajustes a los planes de acción y/o documentos de política pública. Por lo anterior, se modifica el cronograma de solicitudes de ajustes, el cual deberá ser atendido por el sector líder de la política que pretenda ajustar su plan de acción y/o el documento de política. Los ajustes podrán solicitarse dos veces al año ante la Secretaría Técnica del CONPES D.C., de acuerdo con el siguiente cronograma: | Cronograma ajustes de plan de acción y/o documento de política --- Etapa | Fechas primer semestre | Fechas segundo semestre | Responsable 1 | Solicitud | Del 15 de marzo al 15 de abril | Del 15 de septiembre al 15 de octubre | Sector Líder 2 | Respuesta | Del 15 al 30 de abril | Del 15 al 31 de octubre | Secretaría Técnica CONPES D.C. 3 | Plan de Acción Ajustado | Máximo el 15 de mayo | Máximo el 15 de noviembre | Sector Líder 4 | 4. Ajuste a observaciones | Máximo el 15 de mayo | Máximo el 15 de noviembre | Sector Líder 5 | Respuesta Ajustes observaciones | Máximo el 31 de mayo | Máximo el 30 de noviembre | Secretaría Técnica CONPES D.C. 6 | Versión del Plan de Acción y/o Doc. Política | Máximo el 15 de junio | Máximo el 15 de diciembre | Sector Líder *La etapa 4, 5 y 6 solo se activan en caso de que la Secretaría Técnica del CONPES D.C. formule recomendaciones y solicitudes de ajuste en el concepto entregado en la etapa 2.
Cualquier claridad sobre el procedimiento será definida por la Secretaría Distrital de Planeación en su calidad de Secretaría Técnica del CONPES D.C., a través de la Dirección de Formulación y Seguimiento de Políticas Públicas.
Salvo la modificación efectuada al cronograma, los demás lineamientos contenidos en la Circular No. [0001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=154230) del 11 de enero de 2024 continúan sin modificación.
Les agradezco la atención prestada a la presente Circular y su aplicación.
Ursula Ablanque Mejía
Despacho Secretaria
Aprobó: Concepción Castañeda Jiménez, Asesora Despacho Secretaría Distrital de Planeación.
Yadira Díaz, Subsecretaria de Políticas Públicas y Planeación Social y Económica.
Revisó: Iván Osejo Villamil, Director de Formulación y Seguimiento de Políticas Públicas.
Proyectó: Natalia Rodríguez Martínez, Contratista DFSPP.
Nota: ver norma original en Anexos
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