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Decreto Local 018 de 2024

Decreto Local 018 de 2024 Alcaldía Local de los Mártires

Tipo
Decreto Local
Número
018
Año
2024
Fecha
19 de diciembre de 2024
Entidad
Alcaldía Local de los Mártires
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 018 DE 2024 (Diciembre 19)

_Por medio del cual se sanciona el Acuerdo Local No 004 de 2024 “Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025”_ __ EL ALCALDE LOCAL DE MÁRTIRES

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 324 de la Constitución Política de Colombia, el Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto [372](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252) de 2010 reglamentó el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local, disponiendo los elementos correspondientes para el trámite del Plan Operativo Anual de Inversiones y el Presupuesto Anual Local, los cuales componen de acuerdo con el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#2) el Sistema Presupuestal.

Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación SHD 2024EE39716601 del día 30 de octubre de 2024 comunicó la Cuota de Asignación para la vigencia 2025 por la suma de CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES TRECIENTOS VEINTICINCO MIL PESOS ($45.872.325.000 M/cte).

Que el Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, estimó que al cierre de la vigencia fiscal 2024, la disponibilidad de recursos en Tesorería será de TREINTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS VEINTE MIL PESOS ($37.593.420.000 M/cte), respaldando las obligaciones por pagar al 31 de diciembre de 2024.

Que el Comité Funcional en su sesión del 14 de noviembre de 2024 autorizó incluir el proyecto de construcción de la Casa de la Cultura con recursos disponibles en el rubro O23011601210000002070 “Promoción de la democracia local por medio del arte y la cultura” por valor de DOS MIL CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS ($2.400.000.000 M/cte).

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS en su sesión No. 21 del 27 de noviembre de 2024, emitió concepto favorable al Proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, cual fue comunicado a los Fondos de Desarrollo Local a través de la circular CONFIS 08 del 28 de noviembre de 2024.

Que el CONFIS Distrital dispuso en dicha circular el Proyecto de Presupuesto de Gastos e Inversiones 2025 para los Fondos de Desarrollo Local, asignando para el caso del Fondo de Desarrollo Local de los Mártires la suma de CINCO MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL PESOS ($ 5.319.769.000 M/cte) para gastos de funcionamiento, y OCHENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL pesos ($80.545.976.000 M/cte) para gastos de inversión, para un total de presupuesto de OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL PESOS ($85.865.745.000 M/cte).

Que la Junta Administradora Local de Los Mártires, conforme lo establecido en el Decreto [372](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252) de 2010, procedió a efectuar los debates de Ley en los días 13 y 15 de diciembre de 2024, aprobando en esta última fecha el Acuerdo Local No 004 de 2024 _“Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2025”_ para efecto de que este Despacho proceda a sancionarlo o a formular las objeciones a que haya lugar.

Que el ordenador del Gasto una vez verificado el contenido del acuerdo y no encontrando objeciones para ser presentadas a la Junta Administradora Local de Los Mártires, procede a efectuar el trámite legal correspondiente.

Que el artículo [81](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#81) de Decreto 1421 de 1993, indica que una vez aprobado en segundo debate un proyecto de acuerdo pasará al alcalde local para su sanción, por lo que una vez revisado Acuerdo Local No 004 de 2024 y no habiendo objeciones, se procede a su sanción. Que, en mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Mártires,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Sancionar el Acuerdo Local No 004 de 2024 "Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025”, determinando el presupuesto de ingresos por la suma deOCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL PESOS ($85.865.745.000 M/cte), conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- 01 | INGRESOS | $85.865.745.000 010 | DISPONIBILIDAD INICIAL | $37.593.420.000 011 | INGRESOS CORRIENTES | $45.651.685.000 012 | RECURSOS DE CAPITAL | $2.620.640.000

ARTÍCULO SEGUNDO: Sancionar el Acuerdo Local No 004 de 2024 "Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025”, determinando el presupuesto de gastos e inversión por la suma de OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL PESOS ($85.865.745.000 M/cte), conforme al siguiente detalle:

CÓDIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- 02 | GASTOS | $85.865.745.000 021 | FUNCIONAMIENTO | $5.319.769.000 023 | INVERSIÓN | $80.545.976.000 04 | DISPONIBILIDAD FINAL | $0 ARTÍCULO TERCERO: Remitir Acuerdo Local No 004 de 2024 "Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Los Mártires, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025” debidamente sancionado a la Junta Administradora Local, a la oficina Jurídica de la Secretaría Distrital de Gobierno para lo de su competencia y al registro distrital para su publicación.

ARTÍCULO CUARTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170698) y surte efecto fiscal a partir del 1 de enero de 2025.

COMUNÍQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D. C., a los 19 días del mes de diciembre del año 2024.

JOHN JADER SUAREZ DELGADO

Alcalde Local de Mártires

Nota: Ver norma original en Anexos.

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