Decreto Local 028 de 2024
Decreto Local 028 de 2024 Alcaldía Local de La Candelaria
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 028
- Año
- 2024
- Fecha
- 27 de octubre de 2024
- Entidad
- Alcaldía Local de La Candelaria
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 028 DE 2024
(Octubre 27)
_Por medio del cual se efectúa una modificación al presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, vigencia fiscal 2024_
LA ALCALDESA LOCAL DE LA CANDELARIA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial, la que le confiere el Artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el numeral [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#1) del artículo 31 del Decreto Distrital 372 del 30 de agosto de 2010, le corresponde al Alcalde Local decretar los traslados presupuestales, cuando estos no modifiquen las cuantías inicialmente apropiadas por la Junta Administradora Local (JAL) para los mismos agregados. Que, de acuerdo con el artículo [10º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 de 02 de junio de 2021, se establece: _“Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto armado incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Consejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos._ _Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”._ _Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”._ Que, revisado el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria para la presente vigencia, se observa que es necesario trasladar recursos de rubros que presentan apropiación disponible, al no requerirse en su totalidad, para cubrir el faltante del rubro _O23011605570000002021 - La Candelaria gobierno abierto y transparente: fortalecimiento institucional_, con el fin de mantener en óptimas condiciones la adecuada prestación de los servicios a cargo de la Alcaldía Local de la Candelaria con cargo a los recursos del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria. Que, una vez verificado el avance y cumplimiento de las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Local, los rubros correspondientes a i) _O23011604490000002020 La Candelaria sostenible: espacio público e infraestructura para la movilidad_ ii) _O23011602340000001704 La Candelaria animalista: mejores condiciones para los animales_ y iii) _O23011601010000001605 La Candelaria solidaria_; estos conceptos del gasto presentan saldos de apropiación disponible, con los que se cuenta cubren las necesidades para lo que resta del año.
Que mediante radicado No. 2-2024-60057 de 11 de octubre de 2024, la Secretaría Distrital de Planeación, EMITIÓ CONCEPTO FAVORABLE sobre el traslado presupuestal de gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria.
Que mediante radicado No. 2024ER26869401 de 23 de octubre de 2024, la directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, EMITIÓ CONCEPTO FAVORABLE sobre el traslado presupuestal de gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria. Que, a efectos de garantizar que el FDL de La Candelaria cuente con los recursos en cada uno de los rubros de gastos de inversión, a continuación, se presentan los contra créditos y créditos de manera detallada. Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contra crédito en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, por la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS M/CTE. ($334.795.964), según el siguiente detalle: | CÓDIGO PRESUPUESTAL | NOMBRE | VALOR CONTRACRÉDITO ---|---|--- 023 | INVERSIÓN | 334.795.964 02301 | DIRECTA | 334.795.964 0230116 | Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI | 334.795.964 023011601 | Hacer un nuevo contrato social con igualdad de oportunidades para la inclusión social, productiva y política | 142.245.556 02301160101 | Subsidios y transferencias para la equidad | 142.245.556 023011601010000001605 | La Candelaria solidaria | 142.245.556 023011602 | Cambiar nuestros hábitos de vida para reverdecer a Bogotá y adaptarnos y mitigar la crisis climática | 41.890.922 02301160234 | Bogotá protectora de los animales | 41.890.922 023011602340000001704 | La Candelaria animalista: mejores condiciones para los animales | 41.890.922 023011604 | Hacer de Bogotá Región un modelo de movilidad multimodal, incluyente y sostenible | 150.659.486 02301160449 | Movilidad segura, sostenible y accesible | 150.659.486 023011604490000002020 | La Candelaria sostenible: espacio público e infraestructura para la movilidad | 150.659.486 Total Contracrédito | 334.795.964 ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, por la suma de TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS M/CTE ($334.795.964), según el siguiente detalle:
CÓDIGO PRESUPUESTAL | NOMBRE | VALOR CRÉDITO ---|---|--- 02 | GASTOS | $334.795.964 023 | Inversión | $334.795.964 02301 | DIRECTA | $334.795.964 0230116 | Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI | $334.795.964 023011605 | Construir Bogotá Región con gobierno abierto, transparente y ciudadanía consciente | $334.795.964 02301160557 | Gestión Pública Local | $334.795.964 023011605570000002021 | La Candelaria gobierno abierto y transparente; fortalecimiento institucional | $334.795.964 Total Créditos | $334.795.964 ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=171079).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de octubre del año 2024.
ANGÉLICA MARÍA ANGARITA SERRANO
Alcaldía Local de La Candelaria
Nota: Ver norma original en Anexos
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