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Resolución 262 de 2024

Resolución 262 de 2024 Instituto Distrital de Turismo - IDT

Tipo
Resolución
Número
262
Año
2024
Fecha
11 de diciembre de 2024
Entidad
Instituto Distrital de Turismo - IDT
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 262 DE 2024

(Diciembre 11)

_Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2024_

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6º del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto Distrital 192 de 2021 dispone que “ _Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos_ ”.

Que de conformidad con el literal [b](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23023#4.l.b) del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo _“Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”._ __ Que mediante Acuerdo [006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97270) de fecha 1° de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General para efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2024, la autorización es hasta $262.600.000, sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que el parágrafo del Artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto Distrital 192 de 2021 exceptúa del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda cuando se efectúen modificaciones en gastos de funcionamiento al interior de los siguientes rubros: _“Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”._ __ Que el IDT requiere efectuar un traslado presupuestal al interior de los rubros presupuestales de gastos de funcionamiento “ _Adquisición de servicios”_, sin concepto previo de la Secretaría Distrital de Hacienda, por valor de $9.832.000, con la finalidad contratar los servicios de mantenimiento de archivos y saneamiento ambiental del proceso de gestión documental de la vigencia 2024.

Que se identificaron los siguientes rubros presupuestales de Adquisición de servicios que presentan mayores y menores saldos para contracreditarlos y acreditarlos respectivamente. | CÓDIGO | NOMBRE | CONTRA CREDITO | CRÉDITO ---|---|---|--- O2120202008078715403 | Servicio de mantenimiento y reparación de equipo de medición, prueba, navegación y control | 3.500.000 | O2120202010 | Viáticos de los funcionarios en comisión | 6.332.000 | O2120202008078715299 | Otros servicios de mantenimiento y reparación de maquinaria y aparatos eléctricos n.c.p. | | 6.263.000 O21202020090494590 | Otros servicios de saneamiento | | 3.569.000 TOTALES | 9.832.000 | 9.832.000 Que de conformidad con el numeral [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=129539#14.n.3) del Artículo 14 del Acuerdo 07 de 2022 expedido por la Junta Directiva del Instituto, se determinó la necesidad de efectuar una modificación al presupuesto de Funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de $9.832.000 Que la presente modificación presupuestal se realiza por valor de $9.832.000 entre rubros de gastos de funcionamiento, gastos de personal, para garantizar el pago de la nómina de los meses de diciembre de 2024; por lo que no requiere concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda, en atención al citado parágrafo del artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto Distrital 192 de 2021.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de $9.832.000, entre los rubros presupuestales dispuestos en el catálogo de cuentas.

0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO --- CONTRACRÉDITOS CÓDIGO | NOMBRE | VALOR O2120202008078715403 | Servicio de mantenimiento y reparación de equipo de medición, prueba, navegación y control | 3.500.000 O2120202010 | Viáticos de los funcionarios en comisión | 6.332.000 TOTAL CONTRACRÉDITOS | 9.832.000 | | | 0221-01 INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO --- CRÉDITOS CÓDIGO | NOMBRE | VALOR O2120202008078715299 | Otros servicios de mantenimiento y reparación de maquinaria y aparatos eléctricos n.c.p. | 6.263.000 O21202020090494590 | Otros servicios de saneamiento | 3.569.000 TOTAL CRÉDITOS | 9.832.000 | | | Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.

Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

**Dada en Bogotá D. C.

a los 11 días del mes diciembre del año 2024.**

ANDRES SANTAMARIA GARRIDO

Director General

Nota: ver norma original en Anexos

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