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Decreto Local 013 de 2024

Decreto Local 013 de 2024 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Tipo
Decreto Local
Número
013
Año
2024
Fecha
23 de julio de 2024
Entidad
Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO 013 DE 2024

(Julio 23)

_Por medio de la cual se modifica el Acuerdo(sic) No[012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=158438) del 17 de julio de 2024 “Por la cual se liquida la adición al presupuesto de la Vigencia Fiscal 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, de conformidad con el Acuerdo N°[003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=158879)aprobado por la Junta Administradora Local el 15 de julio de_ _2024”_

LA ALCALDESA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE (E)

La Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe (E), en ejercicio de sus atribuciones constituciones y legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 714 de 1996, reglamentado por el Decreto Distrital 192 de 2021, Decreto 372 de 2010, Decreto 838 de 2018, artículo 11 de la Ley 2116 de 2021, la Ley 1437 de 2011, artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, Decreto de nombramiento No. 094 del 14 de marzo de 2024 y acta de posesión No. 092 del 15 de marzo de 2024,

CONSIDERANDO:

Que en uso de sus facultades la Alcaldesa Local (E) profirió el Acuerdo (sic) No [012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=158438) del 17 de julio del 2024 “Por la cual se liquida la adición al presupuesto de la Vigencia Fiscal 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, de conformidad con el Acuerdo N° [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=158879) aprobado por la Junta Administradora Local el 15 de julio de 2024”

Que en su parte declarativa afirmó: _(…) Artículo 1º.__– Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, por valor de MIL CIENTO CINCUENTA MILLONES PESOS M/CTE ($1.150.000.000), conforme al siguiente detalle:_ | _CÓDIGO_ | | _NOMBRE_ | _VALOR_ ---|---|---|--- _O1_ | _INGRESOS_ | | _$1.150.000.000_ _O12_ | _Recursos de capital_ | | _$1.150.000.000_ _TOTAL INGRESOS_ | | _$1.150.000.000_

_(…) Artículo 2º.__– Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento, por valor de NOVECIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE_ _($900.000.000) y una adición en el presupuesto de gastos de Inversión de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, por valor de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($250.000.000), conforme al siguiente detalle:_

__ _CÓDIGO_ | _NOMBRE_ | _VALOR_ ---|---|--- _O2_ | _GASTOS_ | _$1.150.000.000_ _O21_ | _FUNCIONAMIENTO_ | _$900.000.000_ _O23_ | _INVERSIÓN_ | _$250.000.000_ _TOTAL GASTOS_ | _$1.150.000.000_ __ Que los rubros presupuestales se desglosan al detalle para ser incorporados en el sistema Bogdata y en el presupuesto de la vigencia 2024 Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

CONSIDERACIONES:

DEL DESPACHO

Que de conformidad con lo establecido en el artículo [45](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#45) de la Ley 1437 de 2011, el cual indica:

_(…)

Artículo 45.

Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda. (…)

__ Que, de acuerdo con la normativa citada en cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras.

Así las cosas y tal como se advirtió en las consideraciones del presente acto administrativo existe un error formal en el Decreto No. [012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=158438) del 17 de julio de 2024, toda vez que no se realizó el desglose de los rubros presupuestales al detalle para ser incorporados en el presupuesto de la vigencia 2024.

En consecuencia y, conforme a lo expuesto se hace necesario subsanar de oficio el error en que se incurrió, realizando las modificaciones antes mencionadas.

En mérito de lo expuesto, la Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe (E), en uso de sus facultades:

DECRETA:

Artículo 1º. – MODIFICAR el artículo [primero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=158438#1) de la parte declarativa del Decreto No. [012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=158438) del 17 de julio de 2024, en sentido de detallar los rubros presupuestales el cual quedará así:

_“(…) Artículo 1°_ _Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos de la vigencia_ _2024 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, por valor de MIL CIENTO CINCUENTA MILLONES PESOS M/CTE ($1.150.000.000), conforme al siguiente detalle:_

CÓDIGO | NOMBRE | VALOR ---|---|--- O1 | INGRESOS | $1.150.000.000 O12 | Recursos de capital | $1.150.000.000 O1202 | Excedentes financieros | $1.150.000.000 O120203 | Fondos de Desarrollo Local | $1.150.000.000 TOTAL INGRESOS | $1.150.000.000 __ Artículo 2º. – MODIFICAR el artículo [primero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=158438#2)(sic) de la parte declarativa del Decreto No.012 del 17 de julio de 2024, en sentido de detallar los rubros presupuestales el cual quedará así:

_“(…) Artículo 2º.__– Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento, por valor de NOVECIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE_ _($900.000.000) y una adición en el presupuesto de gastos de Inversión de la vigencia_ _2024 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, por valor de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($250.000.000), conforme al siguiente detalle:_

__ CÓDIGO | NOMBRE | VALOR ---|---|--- O2 | GASTOS | $1.150.000.000 O21 | FUNCIONAMIENTO | $900.000.000 O21202 | ADQUISICIONES DIFERENTES DE ACTIVOS | $900.000.000 O2120202 | ADQUISICION DE SERVICIOS | $900.000.000 O2120202008 | SERVICIOS PRESTADOS A LAS EMPRESAS Y SERVICIOS DE PRODUCCION | $900.000.000 O212020200805 | SERVICIOS DE SOPORTE | $900.000.000 O21202020080585250 | SERVICIOS DE PROTECCION (GUARDAS DE SEGURIDAD) | $900.000.000 O23 | INVERSIÓN | $250.000.000 O2301 | DIRECTA | $250.000.000 O230116 | UN NUEVO CONTRATO SOCIAL Y AMBIENTAL PARA LA BOGOTÁ DEL SIGLO XXI | $250.000.000 O2301160121 | CREACIÓN Y VIDA COTIDIANA: APROPIACIÓN CIUDADANA DEL ARTE, LA CULTURA Y EL PATRIMONIO, PARA LA DEMOCRACIA CULTURAL | $250.000.000 O23011601210000001647 | APROPIACIÓN DEL ARTE, LA CULTURA Y EL PATRIMONIO EN RAFAEL URIBE URIBE | $250.000.000 TOTAL GASTOS | $1.150.000.000 | | | Artículo 3º. Las demás disposiciones en el Decreto No. [012](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=158438) del 17 de julio de 2024, continúan vigentes y sin ninguna modificación.

Artículo 4º. Contra el presente acto administrativo no procede recurso alguno por ser un acto de ejecución, según lo dispuesto en el artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley 1437 de 2011.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de julio del año 2024.

DIMELZA MENDOZA RUEDA

Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe (E)

Nota: Ver norma original en Anexos.

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