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Resolución 781 de 2024

Resolución 781 de 2024 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Tipo
Resolución
Número
781
Año
2024
Fecha
12 de noviembre de 2024
Entidad
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 781 DE 2024

(Noviembre 12)

_Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural “Trazos que narran El Paraíso.” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan unas disposiciones_

EL SECRETARIO DE DESPACHO

De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022 y,

CONSIDERANDO:

Que los artículos [70](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#70) y [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#71) de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

Que el numeral [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#1.n.3) del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala que: _“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”._ Que la Ley [397](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337) de 1997 _“Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”, _en su artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#17) señala: _“(…)DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”._ Que, así mismo, el artículo [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#18) de la mencionada ley establece:__ _" (…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”_ Que el Decreto Distrital [340](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187) de 2020, _“Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones”_ señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto: _“(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”._ Que el artículo 3º, literal ([j](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#3.l.j)) del Decreto Distrital 340 de 2020, señala que dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: _“(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”._ Que el numeral [d](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#3.l.d), del Decreto 340 de 2020, contempla como una de las funciones de la Dirección de arte, Cultura y Patrimonio de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte la de: _"(…)__d.__Desarrollar el contenido para las estrategias de socialización y apropiación de las políticas del arte, la cultura y el patrimonio cultural. (…)"._ __ Que el numeral d, ibídem, define en una de las funciones de la __ Subdirección de Gestión Cultural y Artística __ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte la de: _"(…) a._ Diseñar estrategias que permitan fortalecer la formación, creación, investigación, circulación, apropiación, divulgación y el fomento del arte y la cultura en el Distrito Capital. _(…)”._ Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de convocatorias que se adapten a las necesidades particulares o concertaciones con las poblaciones, sectores sociales o agentes de la ciudad, y les permita a las organizaciones, colectivos o personas, encontrar otros medios a través de los cuales acceder a recursos económicos o en especie; así como a espacios que les facilite iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.

Que en el marco de la estrategia “Barrios Vivos” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, implementada en el sector Mirador del Paraíso de la localidad de Ciudad Bolívar, con el fin de fortalecer los procesos culturales y el tejido social del sector, se busca plasmar mediante el grafiti artístico la rica historia del barrio, entrelazando el pasado, el presente y el futuro de manera que refleje la cotidianidad y los valores que definen a la comunidad de la localidad de Ciudad Bolívar.

Que la dinámica de la estrategia “Barrios Vivos” se hace a través de la participación activa de los vecinos, mediante grafitis artísticos que no solo revitalizarán los espacios públicos, sino que también servirán como testimonio de la vida comunitaria, mostrando el orgullo y la solidaridad que han sido el motor de la resiliencia del barrio. Al rescatar y celebrar los logros y las historias positivas que emergen en la localidad, estos graffitis se convertirán en un símbolo de esperanza y transformación.

Que la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio lanza la __ Invitación Cultural _“Trazos que narran El Paraíso”, _con el objetivo de fomentar la apropiación de los espacios públicos, procesos culturales y el tejido social del sector del Paraíso, en la localidad de Ciudad Bolívar. __ Que, para tal efecto, mediante la Invitación Cultural _“Trazos que narran El Paraíso”_ se invita a los artistas de la localidad de Ciudad Bolívar para continuar con el proceso artístico de graffiti implementado en el corredor Alameda Illimani, como una oportunidad única para transformar la narrativa de la comunidad a través del arte y la memoria viva del barrio. El o la ganador(a) deberá intervenir artísticamente el muro de contención ubicado en el costado oriental del Mirador del Paraíso el cual cuenta con unas dimensiones de 317 metros lineales por una altura promedio de 1.73 metros de alto, el cual será dividido en tres spot uno para cada ganador, cada artista o colectivo tendrá que crear un (1) diseño que represente una (1) de las tres líneas narrativas: pasado, presente o futuro de la localidad que quedará plasmado en el muro proyectado a intervenir. La ubicación será acordada con la entidad previa visita técnica con los ganadores de la invitación. Que, para soportar la presente invitación cultural, la SCRD cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se cita a continuación: | Invitación | Monto del incentivo | No. de incentivos | Monto total de la invitación | CDP | Dependencias encargadas de la invitación ---|---|---|---|---|--- Invitación Cultural Trazos que narran El Paraíso | El valor individual de cada incentivo es de VEINTE MILLONES DE PESOS M/CTE ($20.000.000) | Tres (3) incentivos económicos | SESENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($60.000.000) | N.º 1653 del 16 de septiembre de 2024 | Dirección de Transformaciones Culturales y Artística. Dirección de Arte, cultura y patrimonio - Subdirección de Gestión Cultural y Artística.

Que los requisitos y condiciones específicas de participación para la __ Invitación Cultural _“Trazos que narran El Paraíso”_, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte da apertura a la __ Invitación Cultural _“Trazos que narran El Paraíso”_, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Que, en consideración de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de la Invitación Cultural “ _Trazos que narran El Paraíso”_, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, y de acuerdo con el cronograma establecido para tal fin.

Parágrafo. Los incentivos económicos a que hace referencia la invitación que se apertura Invitación Cultural _“Trazos que narran El Paraíso”_ , tienen su soporte en los Certificados de Disponibilidad Presupuestal con número 1653 del 16 de septiembre de 2024, relacionado en la parte motiva del presente

ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de la Invitación Cultural ** _“Trazos que Narran El Paraíso”_

** se encuentran publicados en el micrositio web: de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Parágrafo. Las modificaciones a los términos de la Invitación Cultural citada en el presente acto administrativo se podrán modificar mediante aviso modificatorio, aclaratorio o resolución que deberá publicarse en la página web de la plataforma de Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (https://invitaciones.scrd.gov.co/), con anterioridad no menor a un (1) día hábil del vencimiento del plazo fijado en las condiciones de la Invitación Cultural.

ARTÍCULO TERCERO: La Subdirección de Gestión Cultural y Artística y la Dirección de Transformaciones Culturales de esta SCRD, serán responsables de realizar los trámites correspondientes al desembolso de los incentivos económicos, así como del seguimiento a su ejecución, conforme a las condiciones previstas en la invitación cultural, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo.

ARTÍCULO CUARTO: Solicitar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

ARTÍCULO QUINTO: Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, comunicar el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Fomento, la Dirección de Transformaciones Culturales y la Dirección de Arte, Cultura y Patrimonio, la Subdirección de Gestión Cultural y Artística, y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

ARTÍCULO SEXTO: Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, la publicación del contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá D.C.

ARTÍCULO SÉPTIMO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=168558) y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley 1437 de 2011.

Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 12 días de noviembre del año 2024.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

Secretario de Despacho

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Nota: Ver norma original en Anexos.

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