Jurismart

Decreto Local 023 de 2024

Decreto Local 023 de 2024 Alcaldía Local de Sumapaz

Tipo
Decreto Local
Número
023
Año
2024
Fecha
23 de octubre de 2024
Entidad
Alcaldía Local de Sumapaz
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 023 DE 2024

(Octubre 23)

_Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Sumapaz_

EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES Y EN ESPECIAL LAS CONFERIDAS POR EL ARTÍCULO 71 DEL DECRETO LEY 1421 DE 1993 _“POR EL CUAL SE DICTA EL REGIMEN ESPECIAL PARA EL DISTRITO CAPITAL Y_

CONSIDERANDO:

1.

Que el inciso segundo del Artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) del Decreto Ley 1421 de 1993 (Estatuto Orgánico de Bogotá D.C.), prevé que los Ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde Local por el término que este señale y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración. 2.

Que la Constitución Política de 1991 establece en su preámbulo que se debe asegurar la paz y la libertad dentro de un marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político, económico y social justo. 3.

Que de conformidad con lo establecido en el artículo [84](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#84) del Decreto Ley 1421 de 1993, el nombramiento de Alcaldes Locales corresponde:_ __“Nombramiento. Los alcaldes locales serán nombrados por el alcalde mayor de terna elaborada por la correspondiente junta administradora. (...)”_ 4.

Que las Juntas Administradoras Locales, corresponde a este ente, establecer los lineamientos para la conformación de las ternas, para la elección de los alcaldes locales, proceso meritocrático que se adelantó en el primer semestre de la vigencia 2024, sin embargo, para las localidades de Tunjuelito, Antonio Nariño, Usme y Sumapaz no fue posible continuar con la designación por parte del Alcalde Mayor atendiendo la no conformación de terna, debido a la no aprobación de la prueba de conocimientos y/o devolución de terna._ __5. _Mediante la Circular [017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153931) del 28 de agosto de 2024, emitida por la Secretaria Distrital de Gobierno para _“Instructivo para el proceso de integración de temas para la designación de Alcaldes y Alcaldesas Locales — Citación a sesiones extraordinarias de las Juntas Administradoras Loca-les.”_ _ __6._ Que conforme a la Circular [017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153931) del 28 de agosto de 2024, se procederá el 26 de octubre del 2024 a realizar la audiencia pública, siguiendo los lineamientos de la Circular:_ __“Audiencias Públicas: Las audiencias se realizarán de manera simultánea, en cada una de las localidades y serán convocadas por la Junta Administradora Local, autoridad que en su autonomía fijará la fecha y metodología para la realización de esta. La Junta Administradora Local, con el apoyo de la Secretaría Distrital de Gobierno y del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal — IDPAC, promoverá la asistencia de la ciudadanía en general”.__ __7._ Así mismo la Circular [017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153931) del 28 de agosto de 2024, orienta a los Alcaldes (as) Local de las localidades de Tunjuelito, Antonio Nariño, Usme y Sumapaz, podrá citar a sesiones extraordinarias con fecha límite del 30 de octubre del 2024 _ __8._ Por lo expuesto, el Alcalde Local de Sumapaz, se encuentra facultado para convocar a la Junta Administradora Local a sesiones extraordinarias con el fin de que se dé trámite de manera exclusiva a los asuntos que se sometan a consideración de la corporación. __

DECRETA:

Artículo 1°.

Convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Sumapaz, por el periodo comprendido entre el día veintiséis (26) de octubre al treinta (30) de octubre de dos mil veinticuatro (2024) inclusive.

Artículo 2°.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=166720) **PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de octubre del año 2024

Sebastián Saldarriaga Rivera

Alcalde Local de Sumapaz

Nota: Ver norma original en Anexos.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar