Decreto Local 013 de 2024
Decreto Local 013 de 2024 Alcaldía Local de Usaquén
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 013
- Año
- 2024
- Fecha
- 10 de octubre de 2024
- Entidad
- Alcaldía Local de Usaquén
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 013 DE 2024
(Octubre 10)
_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén para la vigencia fiscal 2024._
EL ALCALDE LOCAL DE USAQUEN
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010 “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local -FDL- y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010, establece para las modificaciones presupuestales: _“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente”:_ Numeral primero: _“(...) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (...)”._ Que el Artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 de 2021, por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, establece respecto de las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación: _“Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local”_ (...) Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda \- Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.
Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan at mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales).(...) Que, a finales del año 2023, se adelantó el anteproyecto de presupuesto para la vigencia 2024, el cual llevó la planeación de los contratos de funcionamiento, al máximo nivel de desagregación en los bienes a contratar, siguiendo el lineamiento impartido en su momento por la Secretaria Distrital de Hacienda.
Que el 25 de octubre del 2024, finaliza la orden de compra 106585 suscrita con ORGANIZACIÓN TERPEL SA; cuyo objeto es: _“SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE PARA LOS VEHICULOS DEL FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE USAQUEN"._ La Alcaldía Local de Usaquén cuenta con un talento humano integrado por funcionarios y contratistas vinculados por contrato de prestación de servicios a las áreas de Gestión del Desarrollo y de Gestión Jurídica Policivo, los cuales desarrollan actividades misionales asignadas a la Alcaldía local, parte de este ejercicio permite concretar la realización de las metas establecidas en los diferentes proyectos de inversión del plan de desarrollo de las actividades de Inspección, vigilancia y control competencia de la Alcaldía local. Con el fin de que todo el personal de la Alcaldía Local pueda desarrollar sus actividades de manera adecuada, se debe brindar transporte apropiado que permita facilitar las diligencias programadas en el territorio urbano, así como procesos administrativos que requieran el desplazamiento del personal del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén -FDLU bajo el cumplimiento de la competencia de la Alcaldía Local de Usaquén. Por lo anterior el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, con el fin de no poner en riesgo su funcionamiento y abastecerse con combustible; de tal manera se requiere adicionar el contrato el suministro de combustible -gasolina y ACPM-, siendo importante que este suministro no se vea interrumpido, dado que los vehículos y equipos son utilizados en el cumplimiento de las funciones asignadas a las diferentes dependencias que integran la Alcaldía Local. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle: ARTICULO SEGUNDO:** Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Usaquén conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO: Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes. ARTÍCULO QUINTO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=166018) COMUNIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 10 días del mes de octubre del año 2024
Daniel Hernando Ortiz Quintero.
Alcalde Local Usaquén.
Nota: Ver norma original en Anexos.
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