Jurismart

Decreto Local 017 de 2024

Decreto Local 017 de 2024 Alcaldía Local de Antonio Nariño

Tipo
Decreto Local
Número
017
Año
2024
Fecha
27 de agosto de 2024
Entidad
Alcaldía Local de Antonio Nariño
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 017 DE 2024

(Agosto 27)

_Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de ingresos y de gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal de 2024, por excedentes financieros_ __ EL ALCALDE LOCAL DE ANTONIO NARIÑO (E)

En uso de sus atribuciones legales, en especial la conferida en el literal c, del numeral 2 del artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010, y,

CONSIDERANDO:

Que, el Distrito Capital, cuenta con un Estatuto Orgánico del Presupuesto el cual se encuentra reglamentado en el Decreto Distrital [714](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693) de 1996. Que, de conformidad con el artículo 9 ídem, el ente rector de la Política Fiscal en el Distrital es el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, instancia que al tenor del literal h) del artículo 10 ídem, tiene entre sus funciones, determinar la cuantía de los excedentes financieros. Que, el proceso presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño está reglamentado por el Decreto Distrital 372 de 2010, acto administrativo que define los excedentes financieros y la distribución de estos, en sus artículos [37](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#37) y [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#38), respectivamente. Que, a 31 de diciembre de 2023, el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, cerró la vigencia fiscal con excedentes financieros por valor de DOS MIL QUINIENTOS DOCE MILLONES TREINTA MIL DOCIENTOS NOVENTA PESOS M/CTE ($2.512.030.290), información consignada en el respectivo formato de la Secretaría Distrital de Hacienda, y remitida a dicha entidad mediante radicado N 20246520087051 del 15 de abril del 2024. Que, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, mediante Circular 03 del 18 de junio de 2024, comunicó que, del monto total de los excedentes financieros con corte a 31 de diciembre de 2023, se destinó para el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño un total de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($250.000.000), los cuales se deben reservar para el fortalecimiento e impulso del desarrollo cultural y artístico de la localidad en el marco de la celebración navideña. Que, el 26 de junio de 2024, la Secretaría Distrital de Planeación mediante radicado No 2-2024-38272, y posterior alcance No 2-2024-42505, emitió concepto favorable sobre la adición de recursos al presupuesto de gastos e inversión de la Localidad de Antonio Nariño por valor de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($250.000.000). Que, las adiciones presupuestales son definidas por el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, adoptado por la Secretaría Distrital de Hacienda mediante Resolución No SHD 000191 del 22 de septiembre de 2017, como: _“(...) modificaciones al presupuesto de los F.D.L., para aumentar las apropiaciones autorizadas inicialmente por la Junta Administradora Local”_. Que, conforme al literal [c](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.2.l.c), del numeral 2 del artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010, es aplicable la adición por excedentes financieros, mediante acuerdo de la Junta Administradora Local, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS para la incorporación al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño. Que, el 31 de julio del 2024, mediante oficio No. 20246520163311 el Alcalde Local Encargado presentó para estudio y aprobación de la Junta Administradora Local - JAL el proyecto de acuerdo local _“Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal de 2024, por excedentes financieros”_. Que, el 8 de agosto de 2024, mediante oficio No. 20246510035802 la Junta Administradora Local de Antonio Nariño remitió al despacho el Acuerdo Local No. [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=160137) del 13 de agosto del 2024, debidamente aprobado. Que, el Alcalde Local de Antonio Nariño en el marco de sus competencias, sancionó dicha iniciativa, por ello, fue expedido el Acuerdo Local [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=160137) del 13 de agosto del 2024 _“Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal de 2024, por excedentes financieros”_. Que, en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Efectúese una adición al Presupuesto de Ingresos de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, por valor de DOCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($250.000.000), conforme al siguiente detalle: ARTÍCULO 2. Efectúese una adición en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, por valor de DOCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($250.000.000) conforme al siguiente detalle: ARTÍCULO 3.** El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de agosto del año 2024. DANILSON GUEVARA VILLABÓN

Alcalde Local de Antonio Nariño (E)

Nota: Ver norma original en Anexos.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar