Resolución 515 de 2024
Resolución 515 de 2024 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Dirección de Personas Jurídicas
- Tipo
- Resolución
- Número
- 515
- Año
- 2024
- Fecha
- 31 de julio de 2024
- Entidad
- Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Dirección de Personas Jurídicas
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 515 DE 2024
(Julio 31)
_“Por la cual se reconoce Personería Jurídica al CLUB DEPORTIVO IMPERIO FUTBOL CLUB”_
LA DIRECTORA DE PERSONAS JURÍDICAS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE
En ejercicio de las funciones previstas en el artículo 16 del Decreto Distrital 340 de 2020, en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Distrital 848 de 2019 y considerando,
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales, y en particular, por lo preceptuado en el artículo [27](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2817#27) del Decreto Nacional 525 de 1990, delegó en el Alcalde Mayor de la ciudad, el reconocimiento de la personería jurídica de las entidades sin ánimo de lucro del Distrito Capital.
Que el Decreto Distrital [848](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88586) de 2019 regula los trámites y actuaciones relacionados con el otorgamiento de personería jurídica, aprobación de reformas estatutarias, negación de personería jurídica, suspensión y cancelación de personería jurídica, inscripción de dignatarios, expedición de certificado de existencia y representación legal, registro y sello de libros de los organismos deportivos con domicilio en Bogotá D.C. vinculados al Sistema Nacional del Deporte.
Que el literal a) del artículo [16](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#16) del Decreto Distrital 340 de 2020 proferido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá, dispone que corresponde a la Dirección de Personas Jurídicas reconocer la personería jurídica de las entidades sin ánimo de lucro con fines recreativos o deportivos con domicilio en Bogotá D.C., vinculadas al Sistema Nacional del Deporte conforme a la Ley [181](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3424) de 1995, Decreto [1228](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1485) de 1995 y demás normas vigentes sobre la materia.
Que el marco normativo que rige el otorgamiento de personería jurídica para las entidades deportivas sin ánimo de lucro, se encuentra contemplado en la Ley [181](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=3424) de 1995, mediante la cual se crea el Sistema Nacional del Deporte, y por el Decreto Ley 1228 de 1995, que en el artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1485#6) establece los requisitos para el funcionamiento de los Clubes Deportivos, y en su artículo 24 estipula que los clubes deportivos y promotores de nivel municipal están obligados a obtener personería jurídica y a organizarse como corporaciones deportivas, a fin de acceder a recursos públicos.
Que la Resolución [231](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43445) de 23 de marzo de 2011 expedida por el Departamento Administrativo del Deporte, la Recreación, la Actividad Física y el Aprovechamiento del Tiempo Libre - Coldeportes, hoy Ministerio del Deporte, señala el cumplimiento de los requisitos que deben tener en cuenta los Clubes Deportivos y Promotores para su funcionamiento, en cuanto a la constitución, órganos que los componen, requisitos para las personas que deseen ingresar, reglamentos de funcionamiento, período del representante legal y demás dignatarios, número mínimo de deportistas que lo conforman y reconocimiento deportivo, entre otros.
Que el CLUB DEPORTIVO IMPERIO FUTBOL CLUB cuenta con reconocimiento deportivo otorgado por el Instituto Distrital de Recreación y Deporte -IDRD- mediante la Resolución No. 446 del 22 de marzo de 2024, constituido por afiliados mayoritariamente deportistas, para fomentar y patrocinar la práctica del deporte del FUTBOL, en el Distrito Capital.
Que mediante escritos radicados con Nos. 20247100066212 y 20247100066592 del 17 de abril de 2024, la entidad sin ánimo de lucro denominada CLUB DEPORTIVO IMPERIO FUTBOL CLUB, solicitó a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte el reconocimiento de personería jurídica remitiendo junto con la misma, copia del Acta de Asamblea Constitución celebrada el 14 de enero de 2024, copia del texto estatutario y demás documentación relacionada con el asunto.
Que mediante escrito radicado con No. 20242300090371 del 06 de junio de 2024, la Dirección de Personas Jurídicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, realizó observaciones al CLUB DEPORTIVO IMPERIO FUTBOL CLUB, y solicitó la subsanación de las mismas, a efectos de continuar con el estudio y trámite de reconocimiento de personería jurídica del organismo deportivo.
Que el CLUB DEPORTIVO IMPERIO FUTBOL CLUB, a través de comunicación radicada en esta Secretaría, bajo el número 20247100119082 del 09 de julio de 2024, allegó la documentación solicitada.
Que la Dirección de Personas Jurídicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte efectuó el estudio de los documentos aportados por el CLUB DEPORTIVO IMPERIO FUTBOL CLUB, encontrando que los mismos cumplen con todos los requisitos de orden fáctico y jurídico, razón por la cual es procedente acceder al reconocimiento de personería jurídica de esta entidad deportiva. Que, por las razones expuestas,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Reconocer Personería Jurídica a la entidad deportiva sin ánimo de lucro denominada CLUB DEPORTIVO IMPERIO FUTBOL CLUB, con domicilio en Bogotá D.C. ARTÍCULO SEGUNDO: El CLUB DEPORTIVO IMPERIO FUTBOL CLUB, fomentará y velará por la práctica del deporte del FUTBOL, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre. ARTÍCULO TERCERO: Aprobar el estatuto de la entidad deportiva CLUB DEPORTIVO IMPERIO FUTBOL CLUB, el cual fue adoptado en Asamblea de Constitución llevada a cabo el 14 de enero de 2024. El Estatuto consta de preámbulo, 13 capítulos y 72 artículos, el cual hace parte integral de la presente resolución, anexo 00001 radicado 20247100119082 del 09 de julio de 2024. ARTÍCULO CUARTO:** El organismo deportivo deberá desarrollar su objeto en los términos de su estatuto. Tendrá como sede administrativa y dirección de correspondencia, Carrera 38 No.9-55 Sur de la ciudad de Bogotá D.C.
Parágrafo. - Cualquier cambio de domicilio o residencia de la persona jurídica, deberá informarlo a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, así como a la autoridad que ejerce inspección, vigilancia y control. ARTÍCULO QUINTO: Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial, o en un diario de amplia circulación, a costa del CLUB DEPORTIVO IMPERIO FUTBOL CLUB, y enviar un ejemplar del mismo a la Dirección de Personas Jurídicas de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. ARTÍCULO SEXTO: Notificar el contenido de la Resolución al representante legal del CLUB DEPORTIVO IMPERIO FUTBOL CLUB, informándole que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 74 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición ante la Dirección de Personas Jurídicas y el de apelación ante la Subsecretaría de Gobernanza de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. ARTÍCULO SÉPTIMO: Una vez en firme la presente Resolución, el CLUB DEPORTIVO IMPERIO FUTBOL CLUB, deberá remitir copia al Instituto Distrital de Recreación y Deporte — IDRD para lo de su cargo. ARTÍCULO OCTAVO: La presente resolución NO constituye permiso o licencia de funcionamiento para el CLUB DEPORTIVO IMPERIO FUTBOL CLUB. ARTÍCULO NOVENO: La presente resolución rige a partir de su ejecutoria. NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 31 días del mes de julio del año 2024.
Yaneth Astrid Marin Ospina.
Directora de Personas Jurídicas.
Nota: Ver norma original en Anexos.
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