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Acuerdo Regional 004 de 2024

Acuerdo Regional 004 de 2024 Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca - Consejo Regional

Tipo
Acuerdo Regional
Número
004
Año
2024
Fecha
14 de agosto de 2024
Entidad
Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca - Consejo Regional
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

ACUERDO REGIONAL 004 DE 2024

(Agosto 14)

_Por medio del cual se identifica y declara el hecho metropolitano Gestión para la Seguridad Integral en la Región Metropolitana Bogotá Cundinamarca, se adopta su ámbito geográfico y se dictan otras disposiciones_

EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN METROPOLITANA BOGOTÁ-CUNDINAMARCA

En uso de sus facultades legales y constitucionales y en especial las conferidas por los artículos 11, 12 y 13 de la Ley 2199 del 2022, el Acuerdo Regional 01 del 2022, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley [2199](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120779) del 2022 se expidió el régimen de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca, definiéndose su naturaleza como una entidad administrativa de asociatividad regional con régimen especial, dotada de personería jurídica de derecho público, autonomía administrativa y patrimonio propio, a través de la cual las entidades territoriales que la integran concurren en el ejercicio de las competencias que les corresponden, con el fin de hacer eficaces los principios constitucionales de coordinación, concurrencia, complementariedad y subsidiariedad en la función administrativa y en la planeación del desarrollo dada su interdependencia geográfica, ambiental, social o económica.

Que el artículo [11](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120779#11) de la Ley 2199 del 2022 establece que el Consejo Regional de la Región Metropolitana Bogotá - Cundinamarca declarará los hechos metropolitanos que desarrollan las áreas temáticas y en su inciso segundo define los hechos metropolitanos como aquellos fenómenos o situaciones relacionadas con las dinámicas económicas, sociales, ambientales o territoriales que afecten, impacten o beneficien a un número plural de entidades territoriales asociadas a la Región Metropolitana Bogotá — Cundinamarca y cuya acción coordinada garantice mayor efectividad.

Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120779#10) de la Ley 2199 del 2022 se dispone que la Región Metropolitana ejercerá competencias en el área temática de seguridad ciudadana, convivencia y justicia, para lo cual, entre otros aspectos, diseñará y liderará el Sistema Regional de Seguridad, Convivencia y Justicia; liderará la elaboración y puesta en marcha del Plan Integral de Seguridad, Convivencia y Justicia Regional; diseñará acciones de implementación conjunta y complementaria desde el ámbito regional en materia de control de delitos y comportamientos contrarios a la convivencia; formulará un Plan Maestro de Equipamientos regionales de seguridad, convivencia y justicia; diseñara, implementara y coordinará una estrategia para el fortalecimiento y posicionamientos de la justicia comunitaria, justicia restaurativa, atención a víctimas y modelos de autocomposición en los entes territoriales de la Región; fortalecerá las instancias de convivencia, seguridad y acceso a la justicia y coordinará con la Nación las inversiones de equipamiento para el fortalecimiento de la seguridad ciudadana.

Que el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120779#12) de la Ley 2199 de 2022 determina que los parámetros para la identificación de hechos metropolitanos son alcance territorial, sostenibilidad, beneficio multiactor, eficiencia económica y organización institucional.

Que el artículo [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=120779#13) de la Ley 2199 de 2022 establece que _"(...) la declaratoria del hecho metropolitano se efectuará mediante Acuerdo Regional expedido por el Consejo Regional, a iniciativa del director de la Región Metropolitana o de los miembros del Consejo Regional, para lo cual debe contar con un documento técnico de soporte que caracterice los fenómenos metropolitanos de la región, establezca las interdependencias y defina las relaciones supramunicipales a que haya lugar, las enmarque en las estructuras territoriales pertinentes -físico especial, económica, funcional e institucional- y defina los objetivos a alcanzar con el tratamiento del hecho metropolitano. El documento técnico de soporte incluirá la ruta para la implementación de los planes y programas que se proponen para la gestión del hecho metropolitano, con sus plazos correspondientes"._ Que el inciso segundo del artículo [54](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=131717#54) del Acuerdo Regional 01 de 2022 del Consejo Regional establece que los hechos metropolitanos deberán surtir dos etapas, una de identificación y otra de declaratoria y define las condiciones para que cada una de ellas se surta.

Que la etapa de identificación comprende la aprobación por el Consejo Regional de un documento que contenga, como mínimo, el enunciado del hecho, el área temática, la caracterización, el ámbito geográfico, el análisis de parámetros y el componente programático preliminar.

Que la etapa de declaratoria comprende la adopción por parte del Consejo Regional de un acuerdo que adopte el hecho metropolitano identificado, que cuente con un Documento Técnico de Soporte (DTS) que incluye la caracterización, ámbito geográfico, análisis de parámetros, objetivos de la declaratoria, los beneficios esperados y la ruta para la implementación de los planes y programas que se proponen para su gestión, con sus plazos correspondientes. Que, en mérito de lo expuesto, el Consejo Regional de la Región Metropolitana Bogotá- Cundinamarca:

ACUERDA:

Artículo 1. Identificación.** Identificar el Hecho Metropolitano Gestión para la Seguridad Integral en la Región Metropolitana Bogotá Cundinamarca, en el área temática de Seguridad Ciudadana, Convivencia y Justicia, de acuerdo con el Documento Técnico de Soporte (DTS) que hace parte integral del presente acto.

Artículo 2. Declaratoria. Declarar el Hecho Metropolitano de Gestión de la Seguridad Integral en la Región Metropolitana Bogotá Cundinamarca, en el área temática de Seguridad Ciudadana, Convivencia y Justicia, de acuerdo con el Documento Técnico de Soporte (DTS) que hace parte integral del presente acto, con el objetivo de aumentar los niveles de coordinación supramunicipal e inter- agenciales para la anticipación y gestión de riesgos que afectan: la seguridad ciudadana, la convivencia ciudadana, el acceso a la justicia y la atención de emergencias. Artículo 3. Ámbito geográfico. El ámbito geográfico del hecho metropolitano al que hace referencia el presente acuerdo, corresponde al Distrito Capital y los siguientes 20 municipios: Cajicá, Chía, Chipaque, Choachí, Cota, Facatativá, Funza, Fusagasugá, La Calera, Madrid, Mosquera, Pasca, Sibaté, Silvania, Soacha, Sopó, Tenjo, Tocancipá, Ubaque, y Zipaquirá, de acuerdo con las variables y criterios analizados en el Documento Técnico de Soporte de la identificación y declaración del hecho metropolitano del presente acuerdo.

Artículo 4. Vigencia. El presente acuerdo rige a partir de su publicación en la Gaceta Departamental de Cundinamarca, en el [Registro Distrital de Bogotá, D.C.,](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=161097) y en la página electrónica de la Región Metropolitana. PUBLIQUESE, COMUNICASE Y CUMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de agosto del año 2024.

Carlos Fernando Galán.

Presidente.

Luis Lota.

Secretario Técnico.

Nota: Ver norma original en Anexos.

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