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Decreto Local 014 de 2024

Decreto Local 014 de 2024 Alcaldía Local de Puente Aranda

Tipo
Decreto Local
Número
014
Año
2024
Fecha
6 de septiembre de 2024
Entidad
Alcaldía Local de Puente Aranda
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 014 DE 2024

(Septiembre 06)

_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2024_ __ EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo establecido en el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010, el Alcalde local mediante Decreto puede realizar los traslados presupuestales dentro del mismo agregado.

Que se hace necesario efectuar un traslado en el Agregado de Funcionamiento del Presupuesto del Fondo de Desarrollo Loca! de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2023 (sic).

Que en virtud de lo establecido en el parágrafo único del artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 de 2021, _“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, (...) Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”_.

Que la Administración Local requiere efectuar un traslado presupuestal de DIECIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($18.445.344) MICTE, al rubro presupuestal 021202020080585330 “Servicios de limpieza general", recursos necesarios para garantizar la contratación del servicio integral de Aseo y Cafetería para la sede principal de la entidad, los espacios ocupados por la Junta Administradora Local y los puntos vive digital de la localidad.

Que el Fondo de Desarrollo de Puente Aranda para los rubros presupuestales “021202020070103010271311 Servicios de seguros de vida individual”, “0212020200701030571351 — Servicios de seguros de vehículos automotores”, “0212020200701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción”, “0212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad civil”, “021202020070272252 — Servicios de arrendamiento de bienes inmuebles no residenciales (vivienda) a comisión o por contrato” proyectó la no ejecución presupuestal de recursos; razón por la cual, la Administración Local considera conveniente un traslado presupuestal para financiar la apropiación de otros rubros, con el siguiente detalle:
Que el Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el traslado presupuestal, por valor DIECIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO PESOS ($18.445.344) M/CTE. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°. -** Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2024, conforme al siguiente detalle:

Artículo 2°. - Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2024, conforme al siguiente detalle:

Artículo 3°. — Comunicación.** Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda — Dirección Distrital de Presupuesto.

Artículo 4°. — Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 5° — Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=160818).

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 06 días del mes de septiembre del año 2024 VÍCTOR ALFONSO CRUZ SÁNCHEZ

Alcalde Local de Puente Aranda

Nota: Ver norma original en Anexos.

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