Resolución 561 de 2024
Resolución 561 de 2024 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
- Tipo
- Resolución
- Número
- 561
- Año
- 2024
- Fecha
- 26 de agosto de 2024
- Entidad
- Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 561 DE 2024
(Agosto 26)
_Por medio de la cual se modifica la Resolución[534](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=159019)del 09 de agosto de 2024, a efectos de cancelar la convocatoria “Beca Celebra la Creatividad – Bogotá Fashion Week” de la Fase III del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024 de la Secretaría Distrital de Cultura_
EL SECRETARIO DE DESPACHO
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el artículo 90 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022 y
CONSIDERANDO:
Que, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, mediante Resolución No. [534](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=159019) del 9 de agosto de 2024, ordenó la apertura de las convocatorias de la fase III del Programa Distrital de estímulos PDE 2024, entre las cuales se encuentra la convocatoria _“Beca Celebra la Creatividad - Bogotá Fashion Week”,_ soportada presupuestalmente con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1437 del 25 de julio del 2024. Que, en el marco de la citada convocatoria, se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1438 del 25 de julio del 2024 para amparar el otorgamiento del reconocimiento económico a los jurados que posteriormente sean designados para evaluar las propuestas inscritas en dicha convocatoria, lo cual no ha sucedido. Que, en cumplimiento de lo anterior, la Secretaría publicó en el micrositio web de la entidad, los requisitos y condiciones de participación de la convocatoria _“Beca Celebra la Creatividad - Bogotá Fashion Week”._ Que, mediante comunicación interna 20242400313663 del 22 de agosto del 2024, la Dirección de Economía, Estudios y Política solicitó a la Dirección de Fomento, la cancelación de la convocatoria _“Beca Celebra la Creatividad - Bogotá Fashion Week”_, teniendo en cuenta las conclusiones de la mesa técnica de la Dirección de Economía, Estudios y Política, evidenciadas en el acta de reunión con radicado No. 20242400312963, motivado en los siguientes hechos: _“(…) Durante el tiempo establecido para recibir comentarios a las Condiciones Específicas de la convocatoria, se recibió comunicación de la ciudadana Libertad Torres Villagrán el día 13 de agosto de 2024, en la que indica lo siguiente: “Cordial saludo estoy interesada en participar en esta convocatoria sin embargo tengo los siguientes comentarios: 1. se indica que: el 25/10/2024 es la Fecha máxima de publicación de resolución de ganadores y que el 30/11/2024 es la Fecha máxima de ejecución, creemos que para un proyecto de esta magnitud, tener menos de un mes para ejecutar la propuesta es un tiempo demasiado corto teniendo en cuenta todos los componentes a ejecutar. 2. La beca es para celebrar la creatividad Bogota fashion week sin embargo la próxima edición del Bogotá fashion Week se realizará en el año 2025 por lo tanto solicito se nos aclaren las fechas de la ejecución del proyecto”._ __ _Lo anterior supone la necesidad de generar algunas claridades en relación con el alcance propuesto en la convocatoria para lo cual se requería una respuesta oficial de la Cámara de Comercio de Bogotá CCB, debido a que la beca consideró la ejecución de propuestas ganadoras en el marco de Bogotá Fashion Week, evento de la Cámara. Esta respuesta fue enviada por la CCB por correo electrónico el 21 de agosto, y en la cual se señala lo siguiente:_ __ _“(...) Sobre la beca / estímulo: En términos generales vemos los lineamientos congruentes con relación a las actividades que queremos desarrollar. No obstante, una vez hecha la consulta con el área jurídica, nos confirman que no es posible hacer uso en ese documento, de la Marca del Bogotá Fashion Week y/o la CCB, ya que no media entre las partes una relación contractual para este fin específico. Lo que proponemos es que, sin especificar la marca, se pudiera señalar que es un evento que tendrá lugar en el CEFE (...)”_ Que, en esta medida, y de acuerdo con lo consignado en el acta de reunión N° 20242400313663, se considera necesario cancelar la convocatoria _“Beca Celebra la Creatividad - Bogotá Fashion Week”_, teniendo en cuenta que los tiempos que se requieren para adoptar las acciones correspondientes afectarían significativamente la ejecución de las propuestas de los ganadores. Que, en consideración de lo expuesto.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO:** Modificar el _“[ARTÍCULO PRIMERO](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=159019)”_ de la Resolución No. 534 del 09 de agosto de 2024, a efectos de cancelar la Convocatoria _“Beca Celebra la Creatividad - Bogotá Fashion Week”_ de la Fase III del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, el cual quedará de la siguiente forma: _ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de la convocatoria de la Fase III del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte el día veinte (20) de agosto de 2024, de acuerdo con la parte motiva del presente acto administrativo, la cual se relaciona a continuación:_ __ | Convocatoria | Monto del estimulo | No. De estímulos | Monto total de la convocatoria | CDP | Dependencia encargada de la convocatoria ---|---|---|---|---|--- Premio a las Acciones Comunitarias Innovadoras en los Territorios | Categoría 1. Distritos Creativos: Siete (7) premios, cada uno por un valor de $20.000.000 para reconocer procesos dentro de los polígonos de los siguientes: Distritos Creativos: San Felipe, Candelaria, Santa Fe, Centro Internacional, La Playa, Teusaquillo, Chapinero, la 85 y Usaquén. Categoría 2. Barrios Vivos: Cinco (5) premios, cada uno por un valor de $20.000.000 para reconocer procesos por fuera de los polígonos de los Distritos Creativos ubicados en las siguientes localidades: Usaquén, Chapinero, Candelaria, Santa Fe, Teusaquillo, Puente Aranda y Barrios Unidos | 12 | $240.000.000 | No. 1435 de 2024 | Dirección de Economía, Estudios y Política
Lo anterior, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo.
ARTÍCULO SEGUNDO: Solicitar al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera anular los Certificados de Disponibilidad Presupuestal No. 1437 y 1438 del 25 de julio del 2024, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto.
ARTÍCULO TERCERO: Solicitar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución, en el micrositio de convocatorias de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
ARTÍCULO CUARTO: Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano comunicar el contenido de la presente resolución a la Dirección de Economía, Estudios y Política, a la Subsecretaría de Gobernanza, a la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, a través de la herramienta Orfeo para lo de su competencia.
ARTÍCULO QUINTO: Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano la publicación del contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá.
ARTÍCULO SEXTO: Las demás disposiciones contenidas en la Resolución [534](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=159019) del 09 de agosto de 2024, quedan incólumes.
ARTÍCULO SEPTIMO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=160080) y contra este no proceden los recursos en los términos del artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley 1437 de 2011.
Dado en Bogotá, D.C, a los 26 días del mes de agosto del año 2024.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR
Secretario de Despacho
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
Nota: Ver norma original en Anexos.
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