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Resolución SGC017 de 2024

Resolución SGC017 de 2024 Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General

Tipo
Resolución
Número
SGC017
Año
2024
Fecha
18 de julio de 2024
Entidad
Resolución SGC017 de 2024 Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN SGC017 DE 2024

(Julio 18)

_Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2024_

LA DIRECTORA GENERAL (E) DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6 del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, el Decreto 233 de 12 de julio de 2024 y,

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto Distrital 192 de 2021 dispone que _"Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos"._ Que de conformidad con el literal [b](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23023#4.l.b) del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo _“Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”._ __ Que mediante Acuerdo [006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97270) de fecha 01 de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General para efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda.

Que el Instituto Distrital de Turismo requiere realizar un traslado presupuestal de gastos funcionamiento en gastos de personal por valor de $257.158.948 de pesos M/Cte, para cubrir el pago de la Indemnización por vacaciones de las señoras PATRICIA LAÑAS ROMERO identificada con C.C. 31.988.306 Subdirector Técnico Código 068 Grado 01 - Subdirección de Gestión Corporativa y ANGELA MARIA PINZÓN identificada con C.C. 52.391.355 Jefe de Oficina Asesora de Comunicaciones Código 115 Grado 02, ex funcionarias de planta del Instituto Distrital de Turismo IDT y adicionalmente para cubrir los rubros que presentan déficit y requieren una mayor apropiación, acorde con la proyección de pagos en lo que resta de la presente vigencia.

Que mediante comunicación 2024EE24495901 del 18 de julio 2024, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de $257.158.948 de pesos M/Cte, por lo que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1. TRASLADO: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de $257.158.948 de pesos M/Cte. | | 0221-01-INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO - IDT ---|--- | CONTRACREDITOS CÓDIGO | DENOMINACION | VALOR EN PESOS (S) MCT | GASTOS | 257.158.048 | Funcionamiento | 257.158.048 021101 | Gastos de personal Planta de personal | 257.158.948 257.158.948 02110102 | Contribuciones inherentes a la nómina | 257.158.948 02110102001 | Aportes a la seguridad social en pensiones | 7.158.948 021 1010200102 | Aportes a la seguridad social en pensiones privadas | 7.158.948 021 10102003 | Aportes de cesantías | 250.000.000 021 1010200301 | Aportes de cesantías a fondos públicos | 90.000.000 021 1010200302 | Aportes de cesantías a fondos privados | 160.000.000 | TOTAL CONTRACRÉDITOS | 257.158.948**

| 0221-01-INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO - IDT ---|--- | CONTRACREDITOS CÓDIGO | DENOMINACION | VALOR EN PESOS (S) MCT O2 | GASTOS | 257.158.948 O21 | Funcionamiento | 257.158.948 O211 | Gastos de Personal | 257.158.948 O21101 | Planta de personal permanente | 257.158.948 O2110101 | Factores constitutivos salario | 202.598.172 O211 | Factores salariales comunes | 202.598.172 0211010100101 | Sueldo Básico | 162.598.172 0211010100107 | Bonificación por servicios prestados | 20.000.000 0211010100108 | Prestaciones Sociales | 20.000.000 021101010010801 | Prima de Navidad | 20.000.000 02110103 | Remuneración por servicios prestados | 54.560.776 02110103001 | Prestaciones Sociales | 53.877.152 0211010300102 | Indemnización por vacaciones | 28.640.092 0211010300103 | Bonificación por recreación | 25.237.050 02110103058 | Prima secretarial | 683.624 TOTAL CRÉDITOS | 257.158.946 Artículo 2. REMISIÓN: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás dependencias competentes.

Artículo 3. VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de julio del año 2024.

DANERY BUITRAGO GÓMEZ

Directora General (E)

Nota: Ver norma original en Anexos.

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