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Resolución 547 de 2024

Resolución 547 de 2024 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Tipo
Resolución
Número
547
Año
2024
Fecha
15 de agosto de 2024
Entidad
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 547 DE 2024

(Agosto 15) __ _Por medio de la cual se ordena la apertura de la Invitación Cultural para el fortalecimiento de ecosistemas artísticos y culturales y la Invitación “Cultura Bogotá"_

EL SECRETARIO DE DESPACHO

De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas el Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022 y,

CONSIDERANDO:

Que los artículos [70](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#70) y [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#71) de la Constitución Política de Colombia de 1991, establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

Que el numeral [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#3.n.1) del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala que: _“(…) El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de reconocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana (…)”._ Que la Ley 397 de 1997 _“Por la cual se desarrollan los artículos 70, 71 y 72 y demás artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.”, _en su artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#17) señala: _“(…)DEL FOMENTO. El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica.”._ Que, así mismo, el artículo [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=337#18) de la mencionada ley establece:__ _" (…) El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, y otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo (…)”_ Que el Decreto Distrital [340](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187) de 2020, _“Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones”_ señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, tiene por objeto: _“(…) orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil (…)”._ Que el artículo 3º, literal ([j](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#3.l.j)) del Decreto Distrital 340 de 2020, señala que dentro de las funciones de esta Secretaría, está la de: _“(…) Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo (…)”._ Que el artículo [14](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#14) del decreto en cita, contempla como una de las funciones de la Dirección de Fomento de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte la de: _"(…) e. Dirigir las acciones tendientes al diseño de estrategias de monitoreo y seguimiento a los planes, programas y proyectos de fomento al Sector Cultura, Recreación y Deporte, f. Desarrollar estrategias para divulgar los resultados relacionados con los planes, programas proyectos que se desarrollen en el proceso de fomento. (…)"._ Que, en dicho sentido, el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, establece el proceso misional del fomento a la cultura, como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales. Que, el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos, ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato Constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura, mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Que, en consonancia con lo anterior, esta Secretaría mediante su proceso misional de Fomento, impulsa programas desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.

Que dentro de las líneas de fomento se han definido las invitaciones culturales, las cuales se han concebido como mecanismos que buscan diversificar la participación de la ciudadanía en el proceso de Fomento, por medio de convocatorias que se adapten a las necesidades particulares o concertaciones con las poblaciones, sectores sociales o agentes de la ciudad, y les permita a las organizaciones, colectivos o personas, encontrar otros medios a través de los cuales acceder a recursos económicos o en especie; así como a espacios que les facilite iniciar, fortalecer o ampliar sus prácticas culturales, artísticas, creativas o patrimoniales.

Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) con el propósito de fortalecer procesos de organizaciones que están articulados con las metas del nuevo Plan de Desarrollo adoptado a través del acuerdo [927](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=155699) del 7 de junio de 2024 y, que cuentan con una mediana y larga trayectoria, busca impulsar proyectos recurrentes o nuevos que tengan impacto al interior de sus ecosistemas. Este fortalecimiento permite formas de relacionamiento activo, dinámico y corresponsable para agenciar acuerdos y cooperar con el fin de mejorar las condiciones e incrementar las capacidades de distintos ecosistemas artísticos y culturales de Bogotá.

Que desde la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) se invita a presentar iniciativas que incluyan componentes novedosos o diferenciadores en cuanto a su trabajo en red con otros actores y agentes, que fortalezcan procesos de su quehacer cultural o artístico, aportando a su sostenibilidad y que contribuyan al fortalecimiento del ecosistema artístico y cultural a través de escenarios de intercambio y transferencia de capacidades.

Que los participantes de la _Invitación Cultural para el fortalecimiento de ecosistemas artísticos y culturales_, deberán presentar sólo una (1) iniciativa dirigida a alguno de los siguientes ecosistemas culturales: Ecosistema audiovisual: Iniciativas con aspectos diferenciadores que promuevan consolidación, intercambio o visibilización de procesos audiovisuales en diferentes formatos, que impulsen la generación de redes de trabajo colaborativo, el fortalecimiento de capacidades o de procesos emergentes y produzcan un impacto en los territorios. Ecosistema Sinfónico: Iniciativas con aspectos diferenciadores que promuevan consolidación, crecimiento o visibilización de procesos desarrollados en torno a la música sinfónica y de cámara, que impulsen la generación de redes de trabajo colaborativo, el fortalecimiento de capacidades o procesos emergentes y produzcan un impacto en los territorios. Ecosistema de las artes escénicas: Iniciativas con aspectos diferenciadores que promuevan la consolidación, crecimiento o visibilización de obras y procesos de las artes escénicas, que impulsen la generación de redes de trabajo colaborativo, el fortalecimiento de capacidades o procesos emergentes y produzcan un impacto en los territorios.

Que para la _Invitación “Cultura Bogotá”_, la SCRD invita a presentar iniciativas culturales, artísticas o patrimoniales de eventos o festivales que actualmente estén en desarrollo y que promuevan la visibilización y el reconocimiento de trayectorias de agentes culturales de la ciudad, por medio de la entrega de uno o varios premios denominados _“Cultura Bogotá”_. Estos premios deben resaltar prácticas de artistas o gestores que han permitido que la cultura se consolide y crezca bien sea a nivel local o distrital. Que, para soportar la presente invitación cultural, la SCRD cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal que se citan a continuación: | Invitación | Monto del incentivo | No. de incentivos | Monto total de la invitación | CDP | Dependencia encargada de la invitación ---|---|---|---|---|--- Invitación Cultural para el fortalecimiento de ecosistemas artísticos y culturales | Bolsa Concursable que se asignará en orden descendente de acuerdo con el puntaje obtenido entre un valor máximo de ciento cincuenta millones de pesos m/cte ($150.000.000) y mínimo cincuenta millones de pesos m/cte ($50.000.000) Categorías: Ecosistema audiovisual Ecosistema Sinfónico Ecosistema de las artes escénicas | Bolsa Concursable | Setecientos cincuenta millones de pesos m/cte ($750.000.000) | N.º 1471 del 12 de agosto de 2024 | Dirección de Fomento Invitación “Cultura Bogotá”. | Bolsa Concursable que se asignará en orden descendente de acuerdo con el puntaje obtenido entre un valor máximo de cincuenta millones de pesos m/cte ($50.000.000) y mínimo veinte millones de pesos m/cte ($20.000.000). | Bolsa Concursable | Doscientos cincuenta millones de pesos m/cte ($250.000.000) | N.º 1472 del 12 de agosto de 2024 | Dirección de Fomento Que de conformidad con lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte da apertura a _la Invitación Cultural_ _para el fortalecimiento de ecosistemas artísticos y culturales y la Invitación “Cultura Bogotá”_, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Que los requisitos y condiciones específicas de participación para la _Invitación Cultural_ _para el fortalecimiento de ecosistemas artísticos y culturales y la Invitación “Cultura Bogotá”_, hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Que, en consideración de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura de la _Invitación Cultural_ _para el fortalecimiento de ecosistemas artísticos y culturales y la Invitación “Cultura Bogotá”_, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, a partir del 15 de agosto de 2024, así:

Invitación | Monto del incentivo | No. de incentivos | Monto total de la invitación | CDP ---|---|---|---|--- Invitación Cultural para el fortalecimiento de ecosistemas artísticos y culturales | Bolsa Concursable que se asignará en orden descendente de acuerdo con el puntaje obtenido entre un valor máximo de ciento cincuenta millones de pesos m/cte ($150.000.000) y mínimo cincuenta millones de pesos m/cte ($50.000.000) Categorías: Ecosistema audiovisual Ecosistema Sinfónico Ecosistema de las artes escénicas | Bolsa Concursable | Setecientos cincuenta millones de pesos m/cte ($750.000.000) | N.º 1471 de 2024 Invitación “Cultura Bogotá”. | Bolsa Concursable que se asignará en orden descendente de acuerdo con el puntaje obtenido entre un valor máximo de cincuenta millones de pesos m/cte ($50.000.000) y mínimo veinte millones de pesos m/cte ($20.000.000). | Bolsa Concursable | Doscientos cincuenta millones de pesos ($250.000.000) | N.º 1472 de 2024 ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de la _Invitación Cultural para el fortalecimiento de ecosistemas artísticos y culturales y la Invitación “Cultura Bogotá”,_ se encuentran publicados en el micrositio web: de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

ARTÍCULO TERCERO: Los recursos para el desarrollo y ejecución de la _Invitación Cultural_ _para el fortalecimiento de ecosistemas artísticos y culturales y la Invitación “Cultura Bogotá”,_ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte serán atendidos con cargo de los Certificados de Disponibilidad Presupuestal con números 1472 del 12 de agosto de 2024 y 1471 del 12 de agosto de 2024, relacionados en el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO CUARTO: La Dirección de Fomento de la SCRD será responsable de realizar los trámites correspondientes al desembolso de los incentivos económicos previstos en esta invitación cultural, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo.

ARTÍCULO QUINTO: Solicitar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de la invitación cultural en el micrositio denominado: Invitaciones Culturales de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

ARTÍCULO SEXTO: Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, comunicar el contenido de la presente resolución a través del sistema de gestión documental ORFEO, a la Dirección de Fomento y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

ARTÍCULO SÉPTIMO: Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, la publicación del contenido de la presente resolución en la [Gaceta Distrital](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=159537) y en el Régimen Legal de Bogotá D.C.

ARTÍCULO OCTAVO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=159537) y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley 1437 de 2011.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C, a los 15 días del mes de agosto del año 2024.

SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR

Secretario de Despacho Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Nota: Ver norma original en Anexos.

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