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Resolución 534 de 2024

Resolución 534 de 2024 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho

Tipo
Resolución
Número
534
Año
2024
Fecha
9 de agosto de 2024
Entidad
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 534 DE 2024

(Agosto 09)

_Por medio de la cual se ordena la apertura de las convocatorias “Beca Celebra la Creatividad - Bogotá Fashion Week” y “Premio a las Acciones Comunitarias Innovadoras en los Territorios”, en el marco de la fase III del programa Distrital de estímulos PDE 2024 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte_

LA SECRETARIA DE DESPACHO (E)

De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Decreto Distrital No. 340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022, el Decreto Distrital 272 del 5 de agosto de 2024 y,

CONSIDERANDO:

Que, corresponde a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, en desarrollo de las funciones contenidas en el Decreto Distrital 340 de 2020, artículo 3º, literal [j](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#3.l.j): _“Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo”._ __ Que, la misma norma en el literal ([h](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#12.l.h)) del artículo 12, contempla como una de las funciones de la Subsecretaría de Gobernanza de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte es la de "_Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales_ ". __ Que, el documento CONPES D.C. “POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE ECONOMÍA CULTURAL Y CREATIVA 2019-2038”, definió como uno de los objetivos específicos de dicha Política _“(…) 4.2.3 Ampliar mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo”_, para lo cual: _“(…) La Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte en articulación con entidades públicas y privadas, realizará actividades de gestión y acompañamiento técnico que permitan aumentar el número de los agentes del sector cultural y creativo que acceden a financiación. Para el efecto, se ampliarán los mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo, para que puedan apalancar la producción de bienes y servicios, a través del acceso a recursos no reembolsables, y fortalecimiento de servicios de financiación (…)”._ Que, con el objetivo de materializar la política de fomento, y de dar cumplimiento al marco normativo antes señalado, la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ha creado el Programa Distrital de Estímulos, el cual tiene como objeto fortalecer los procesos, proyectos e iniciativas desarrolladas por los agentes culturales, artísticos y patrimoniales de la ciudad, a través de la entrega de estímulos mediante convocatorias públicas para el desarrollo de propuestas o para realzar la excelencia de procesos y trayectorias relevantes de agentes del sector. Que, en virtud del anterior marco normativo, y en desarrollo de la política de fomento, mediante el presente acto administrativo la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ordenará la apertura de las convocatorias que hacen parte de la fase III __ del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2024, las cuales se encuentran relacionadas en el artículo primero de la presente resolución. Que, las condiciones y requisitos de participación de las convocatorias que se abren mediante el presente acto administrativo __ se encuentran establecidas en el documento denominado _“CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS 2024 ”

_ y en los documentos que contienen los requisitos específicos de cada una de ellas, los cuales hacen parte integral de la presente resolución, y que serán publicados en el siguiente micrositio: Que, las _“CONDICIONES GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS 2024”_ son una ruta de acceso a la ciudadanía al programa, que organiza tanto criterios como procesos para participar, verificar, evaluar y otorgar los distintos estímulos, basados en los principios de transparencia, participación, inclusión, cooperación y corresponsabilidad. Que, teniendo en cuenta el proceso de estructuración y actualización de las condiciones específicas de las convocatorias para su publicación. Así como, lo requerido para realizar los trámites respectivos antes del inicio del proceso de armonización presupuestal con ocasión de la entrada en vigencia del Plan Distrital de Desarrollo 2024-2027 _“Bogotá Camina Segura”,_ las convocatorias que se relacionan en el artículo primero del presente acto administrativo se publicarán en el micrositio mencionado en párrafo anterior desde el nueve (09) de agosto de 2024 para los fines correspondientes. Que, de conformidad con los requisitos específicos de las convocatorias, el cual indica que: “ _(…)_ _Desde la fecha de publicación de la convocatoria, la ciudadanía cuenta con cinco (5) días hábiles para hacer comentarios a la misma._ _Los comentarios se recibirán en el correo electrónico:_[_convocatorias@scrd.gov.co_](mailto:convocatorias@scrd.gov.co) __(…)__ ” y para efectos de la apertura en términos de cronograma se tendrá como fecha el veinte (20) de agosto de 2024. Que, para soportar presupuestalmente las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos – PDE 2024, relacionadas en el artículo primero de la presente resolución, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte bajo el concepto de gasto _O232020200991124 Servicios de la administración pública relacionados con la recreación, la cultura y la religión,_ cuenta con los siguientes Certificados de Disponibilidad Presupuestal, descritos a continuación: | RUBRO | DESCRIPCIÓ DEL RUBRO | FONDO | NÚMERO DEL CDP | CONCOVATORIA | VALOR TOTAL ---|---|---|---|---|--- O23011733012024014402073 | Fortalecimiento de la sostenibilidad eco – Servicio de circulación artística y cultural. | 1-100-F001 VA-Recursos Distrito | 1437 del 25 de julio de 2024 | Beca Celebra la Creatividad – Bogotá Fashion Week | $200.000.000 O23011733012024014402074 | Fortalecimiento de la sostenibilidad eco-Servicios de apoyo para la organización y la participación del sector artístico, cultural y la ciudadanía. | 1-100-F001 VA-Recursos Distrito | 1435 del 25 de julio de 2024 | Premio a las Acciones Comunitarias Innovadoras en los Territorios. | $240.000.000 Que, la información concerniente al referido portafolio del Programa Distrital de Estímulos será publicada para consulta de los interesados en el micrositio web de convocatorias de la Entidad, el cual está enlazado a la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

Que, en consideración de lo expuesto

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO:[Modificado por el art. 1, Resolución 561 de 2024.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=160058#1)

_< El nuevo texto es el siguiente> _Ordenar la apertura de la convocatoria de la Fase III del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte el día veinte (20) de agosto de 2024, de acuerdo con la parte motiva del presente acto administrativo, la cual se relaciona a continuación:

Convocatoria | Monto del estimulo | No. De estímulos | Monto total de la convocatoria | CDP | Dependencia encargada de la convocatoria ---|---|---|---|---|--- Premio a las Acciones Comunitarias Innovadoras en los Territorios | Categoría 1. Distritos Creativos: Siete (7) premios, cada uno por un valor de $20.000.000 para reconocer procesos dentro de los polígonos de los siguientes: Distritos Creativos: San Felipe, Candelaria, Santa Fe, Centro Internacional, La Playa, Teusaquillo, Chapinero, la 85 y Usaquén. Categoría 2. Barrios Vivos: Cinco (5) premios, cada uno por un valor de $20.000.000 para reconocer procesos por fuera de los polígonos de los Distritos Creativos ubicados en las siguientes localidades: Usaquén, Chapinero, Candelaria, Santa Fe, Teusaquillo, Puente Aranda y Barrios Unidos | 12 | $240.000.000 | No. 1435 de 2024 | Dirección de Economía, Estudios y Política Lo anterior, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo.

_ El texto original era el siguiente:_

_ARTÍCULO PRIMERO:__Ordenar la apertura de las convocatorias de la Fase III del Programa Distrital de Estímulos - PDE 2024 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte el día veinte (20) de agosto de 2024, de acuerdo con la parte motiva del presente acto administrativo, las cuales se relacionan a continuación:_

_Convocatoria_ __| _Monto del estímulo_ __| _N.º de estímulos_ __| _Monto total de la convocatoria_ __| _CDP_ __| _Dependencia encargada de la convocatoria_ __ ---|---|---|---|---|--- _Beca Celebra la Creatividad – Bogotá Fashion Week._| _____Cada estímulo por $50.000.000_ ____| _____4_| _____$200.000.000_| _____No. 1437 de 2024_ __| _____Dirección de Economía, Estudios y Política_ _Premio a las Acciones Comunitarias Innovadoras en los Territorios._____| _Categoría 1. Distritos Creativos:__Siete (7) premios, cada uno por un valor de $20.000.000 para reconocer procesos dentro de los polígonos de los siguientes Distritos Creativos: San Felipe, Candelaria, Santa Fe, Centro Internacional, La Playa, Teusaquillo, Chapinero, la 85 y Usaquén.________Categoría 2. Barrios Vivos:__Cinco (5) premios, cada uno por un valor de $20.000.000 para reconocer procesos por fuera de los polígonos de los Distritos Creativos ubicados en las siguientes localidades: Usaquén, Chapinero, Candelaria, Santa Fe, Teusaquillo, Puente Aranda y Barrios Unidos._____| _____________________12_| _____________________$240.000.000_| _________________No. 1435 de 2024_ __| _________________Dirección de Economía, Estudios y Política_ _ _ _ _ ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de las convocatorias del Programa Distrital de Estímulos 2024 que tienen apertura mediante el presente acto administrativo, se encuentran establecidos en el documento denominado _“CONDICIONES_ _GENERALES DE PARTICIPACIÓN DEL PROGRAMA DISTRITAL DE ESTÍMULOS 2024”,_ y en el documento que contiene los requisitos específicos de cada una de las convocatorias, los cuales forman parte integral de la presente resolución.

ARTÍCULO TERCERO: Los recursos para el desarrollo y ejecución de cada una de las convocatorias relacionadas, están amparados con cargo a los Certificados de Disponibilidad Presupuestal relacionados frente a cada una de ellas en el artículo primero de la presente resolución.

ARTÍCULO CUARTO: Solicitar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación de las convocatorias en el micrositio de convocatorias de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

ARTÍCULO QUINTO: Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano comunicar el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO, a la Dirección de Fomento, a la Dirección de Economía, Estudios y Política y la Oficina Asesora de Comunicaciones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

ARTÍCULO SEXTO: Solicitar a la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano solicitar la publicación del contenido de la presente resolución en la [Gaceta Distrital](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=159117) y en el Régimen Legal de Bogotá.

ARTÍCULO SÉPTIMO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=159117) y contra este no proceden los recursos en los términos del artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley 1437 de 2011.

Dado en Bogotá, D.C, a los 09 días de agosto del año 2024.

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

NATHALIA RIPPE SIERRA

Secretaria de Despacho (E)

Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Nota: Ver norma original en Anexos.

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