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Resolución 057 de 2024

Resolución 057 de 2024 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Resolución
Número
057
Año
2024
Fecha
16 de febrero de 2024
Entidad
Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 057 DE 2024

(Febrero 16)

_Por la cual se efectúan unas modificaciones en el Presupuesto de Gastos e Inversión de la Secretaría General de la A lea/día Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2024_

LA SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996 y el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001 y

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal [g](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#13.l.g)) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996[1], "Las apropiaciones deben referirse en cada Entidad de la Administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas".

Que el artículo [63](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#63) del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que _"Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones según lo siguiente: a) Traslado Presupuestal. Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar la de otra, en la misma cuantía (...)"._ Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10)° del Decreto Distrital No. 192 de 2021 "_Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones_ ", establece que: "_Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de,funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda \- Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación._ __ _Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos. Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”._ Que mediante el Decreto Distrital No. [643](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152450) del 29 de diciembre de 2023, se liquidó el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024 y se dictaron otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo Distrital [923](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152336) del 20 de diciembre de 2023.

Que la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., mediante oficio con radicado 2- 2024-4390 del 07 de febrero de 2024, solicitó concepto a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, para proceder con el traslado presupuestal de los rubros que se mencionan de acuerdo con la siguiente necesidad:

Que mediante memorando con radicado No. 3-2024-1115 del 16 de enero de 2024, la Dirección de Talento Humano solicita realizar un traslado presupuestal, con el fin de contar con los recursos suficientes de los rubros que constituyen los gastos de funcionamiento en Gastos de Personal de la planta de empleos transitoria de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., con el propósito de efectuar liquidaciones y cubrir el pago de las prestaciones sociales de retiro de unas ex servidoras, por lo cual, se requiere acreditar el rubro 0211020300102 Indemnización de vacaciones por valor de Doce Millones Quinientos Treinta y Cuatro Mil Sesenta Pesos ($12.534.060) M/Cte., y el rubro 02110203119 Reconocimiento por permanencia en el servicio público - Bogotá D.C., por valor de Dos Millones Doscientos Cuarenta y Cuatro Mil Setecientos Cuarenta y Cuatro ($2.244.744) M/Cte., de acuerdo con el con el siguiente detalle:

Que así mismo, con relación al rubro 0211020100101 Sueldo básico de planta de personal transitoria es pertinente indicar que el saldo inicial de la vigencia 2024, fue proyectada para cubrir doce (12) meses de salarios de los dos (2) cargos que se van a liquidar, dicho rubro cuenta con una apropiación por comprometer de Setecientos Setenta y Tres Millones Seiscientos Ochenta Mil Pesos ($773.680.000) M/Cte., por lo tanto, se considera procedente reducir el monto del rubro por un valor de Catorce Millones Setecientos Setenta y Ocho Mil Ochocientos Cuatro Pesos ($14.778.804) M/Cte., cubriendo de esta forma la necesidad presupuestal recién mencionada y manteniendo garantía presupuestal para el pago de la nómina del personal de la planta transitoria Que mediante comunicación No. 2024EE03817001 del 14 de febrero de 2024, el Director Distrital de Presupuesto emitió concepto favorable para el trámite de la presente modificación. Que, por lo anterior, se hace necesario realizar un traslado en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la vigencia 2024. En mérito de lo expuesto.

RESUELVE:

Artículo 1°: Efectuar el siguiente traslado presupuestal interno en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento (Factores constitutivos de salario) de la planta de personal transitoria de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la vigencia 2024, por valor de Catorce Millones Setecientos Setenta y Ocho Mil Ochocientos Cuatro Pesos ($ 14.778.804) M/Cte., así: Artículo 2°: Ordenar a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., de conformidad con lo establecido en el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152450#8) del Decreto 643 de 2023, dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo. Artículo 3°: Comunicar el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Gestión Documental de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, a la Dirección de Talento Humano, a la Dirección Administrativa y Financiera y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. Artículo 4°: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D. C., a los 16 días del mes de febrero del año 2024.

LILIANA CABALLERO DURÁN

Secretaria General

**Nota: Ver norma original en Anexos.

NOTA AL PIE DE PÁGINA:**

* * * [1] "_Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de /995 y Acuerdo 20 de /996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital"_

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