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Circular 008 de 2024

Circular 008 de 2024 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Tipo
Circular
Número
008
Año
2024
Fecha
27 de julio de 2024
Entidad
Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 008 DE 2024

(Julio 26) Para: SECRETARIOS/AS DE DESPACHO, DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES, PRESIDENTES/AS, DIRECTORES/AS DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO DEL NIVEL DISTRITAL, ALCALDES(AS) LOCALES, VEEDURÍA DISTRITAL Y RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO.

DE: SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D. C.

Asunto: DIRECTRICES DISFRUTE FIESTA DISTRITAL 6 DE AGOSTO DE 2024

**Radicación: 2-2024-21956

[Ver Circular 012 de 2024 Instituto Distrital de Turismo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=161638) Respetados(as) doctores(as), reciban un cordial saludo, La Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., como cabeza del Sector Gestión Pública[1] y, en el marco de las competencias atribuidas en materia de empleo público y de gestión del talento humano, se permite recordar que el Concejo de Bogotá, D.C., por medio del Acuerdo Distrital [83](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1992) de 1920 y con ocasión al aniversario de la fundación de Bogotá, declaró el seis (6) de agosto de cada año, como día de fiesta municipal. Así mismo, el Decreto Distrital No. [346](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=25992) de 2007 dispuso que no habrá actividades laborales en las entidades y organismos del Distrito Capital, incluyendo los Establecimientos Educativos del Distrito y las Curadurías Urbanas. Ahora bien, el artículo segundo del Decreto en mención, exceptuó de la medida a "_las entidades que por su naturaleza y misión tengan como objetivo la prestación de servicios que demanden atención inaplazable a los habitantes de la ciudad_ " e indicó que "_de conformidad con el Decreto 101 de 2004 los Jefes de las entidades Distritales definirán los turnos laborales que permitan garantizar el servicio público a que se ha hecho alusión"._ De igual manera, considerando que el 6 de agosto del presente año corresponde a un día martes, se hace necesario indicar que las entidades u organismos que por su naturaleza y misión tengan como objetivo la prestación de servicios que demanden atención inaplazable a los habitantes de la ciudad en este día, deberán adoptar las medidas administrativas necesarias para garantizar la prestación del servicio público de manera habitual, definiendo los turnos de trabajo entre los (as) servidores (as). Se hace necesario indicar que las entidades Distritales tendrán autonomía para establecer dichos turnos. En este sentido, los(as) servidores (as) públicos (as) que laboren el día seis (6) de agosto, tendrán derecho a la compensación establecida por el artículo [40](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1467#40) del Decreto Nacional 1042 de 1978. Finalmente, la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., informa, que no se brindará atención presencial el 6 de agosto del año 2024, en sus Supercade y Cade. En consecuencia, los canales virtuales y telefónicos (Línea 195, SuperCADE Virtual, Chatico y Bogotá te Escucha) funcionarán de manera habitual. Cordialmente, MIGUEL ÁNDRES SILVA MOYANO**

Secretario General Proyectó: María Camila Gálvez Castellanos, Contratista Dirección de Talento Humano Revisó: Sergio Felipe Galeano Gómez, Director de Talento Humano b. Mónica Liliana Herrera Medina, Jefe Oficina Jurídica Aprobó: Henry Humberto Villamarin Serrano, Subsecretario Corporativo Diana Marcela Velasco Rincón - Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía Nota: Ver Circular original en Anexos.

NOTA AL PIE DE PÁGINA:

* * * [1] _Acuerdo 257 de 2006, "Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones."_

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