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Resolución 171 de 2024

Resolución 171 de 2024 Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General

Tipo
Resolución
Número
171
Año
2024
Fecha
21 de mayo de 2024
Entidad
Instituto Distrital de Turismo - IDT - Dirección General
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 171 DE 2024

(Mayo 21)

_Por la cual se efectúa modificación del presupuesto de Ingresos, Rentas y Gastos del Instituto Distrital de Turismo para la vigencia 2024_

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el literal b) del artículo 5 del Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el artículo 10 del Decreto Distrital 192 de 2021, el literal b) del artículo 18 del Acuerdo 001 de 2007, el artículo 1 del Acuerdo 006 de 2016 y los numerales 1 y 3 del artículo 6º del Acuerdo 7 de 2022 de la Junta Directiva, y

CONSIDERANDO:

Que, el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto Distrital No. 192 de 2021 dispone que “ _Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos”._ Que, de conformidad con el literal [b](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23023#4.l.b) del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “ _Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”._ Que, mediante Acuerdo [006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97270) de fecha 01 de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General para efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2024, la autorización es hasta DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS M/CTE. ($262.600.000),, sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda. (sic) Que, de conformidad con el literal [b](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=23023#4.l.b) del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007, es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “ _Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”._ (sic) Que, mediante Acuerdo [006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=97270) de fecha 01 de Septiembre de 2016, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo autoriza al Director General para efectuar, a través de acto administrativo, los traslados presupuestales que se requieran para el presupuesto de funcionamiento, cuando éstos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 S.M.M.L.V, es decir que para la vigencia 2024, la autorización es hasta DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL PESOS M/CTE. ($262.600.000), sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación ante la Junta Directiva, previo cumplimiento de los requisitos dispuestos por la Secretaría Distrital de Hacienda. Que, el parágrafo del artículo 36 de la Ley 909 de 2009 de carrera administrativa, dispone que “ _Con el propósito de elevar los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados en el desempeño de su labor y de contribuir al cumplimiento efectivo de los resultados institucionales, las entidades deberán implementar programas de bienestar e incentivos, de acuerdo con las normas vigentes y las que desarrollen la presente Ley”._ Que, se hace necesario dar cumplimiento a lo establecido en el Decreto [1567](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1246) del 5 de agosto de 1998 “ _Por el cual se crea el Sistema Nacional de Capacitación y el Sistema de Estímulos para los empleados del Estado_ ”, en lo referente al desarrollo de un Programa de Bienestar Social que propenda por crear, mantener y mejorar las condiciones que favorezcan el desarrollo integral del empleado, el mejoramiento de su nivel de vida y el de su familia; así mismo, este Programa de Bienestar debe permitir elevar los niveles de satisfacción, eficacia, eficiencia, efectividad e identificación del empleado con el servicio de la Entidad. Que, de conformidad con este marco legal, el Instituto Distrital de Turismo expidió la Resolución [091](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=154047) del 08 de marzo de 2024, por la cual se adoptó el Plan Institucional de Bienestar para la vigencia 2024, el cual contempla realizar actividades dirigidas a los servidores públicos del Instituto y sus familias, como instrumento de participación y crecimiento institucional. Que, el estudio de mercado para la realización de las actividades de bienestar de los funcionarios de planta del IDT programadas en el plan de bienestar e incentivos de la vigencia 2.024, da como resultado la necesidad de contar con un presupuesto de OCHENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS M/CTE. ($88.835.999), así: | ENFOQUE | ACTIVIDAD | VALOR ---|---|--- Institucional | Cierre de Gestión Anual | 18.266.227 Dia de la familia | Actividad Extramural | 11.772.000 Dia de los niños | Bono navidad a través de Caja | 8.171.360 Deportivo | Torneo de bolos | 11.479.476 Ambiental | Caminata en el área rural de la ciudad | 15.223.096 Habilidades blandas | Cocinando estrategias – Taller del chef | 16.384.000 Familiar | Cine con el IDT | 7.539.840 TOTAL | 88.835.999 Que, el IDT dispone en el Plan Anual de Adquisiciones de SETENTA MILLONES DE PESOS M/CTE. (70.000.000) para las actividades de bienestar, en el rubro _“O21202020090696990 Otros servicios de diversión y entretenimiento n.c.p_.”

Que, teniendo en cuenta el resultado del estudio de mercado para las actividades de bienestar, por OCHENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS M/CTE. ($88.835.999) y el valor disponible en el presupuesto por SETENTA MILLONES DE PESOS M/CTE. (70.000.000), se requiere tramitar el siguiente traslado presupuestal por valor de DIECIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS M. CTE. ($18.835.999).

Que, el Instituto Distrital de Turismo determinó que se pueden contracreditar el rubro presupuestal “ _O21202020080585330 Servicios de limpieza general_ ” que cuentan con disponibilidad, sin afectar el cumplimiento de los compromisos de la vigencia 2024.

Que, mediante comunicación No. 2022EE171807O1 del 20 de mayo 2024, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda emitió concepto favorable para efectuar una modificación al presupuesto de Funcionamiento, consistente en un traslado presupuestal por valor de DIECIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS M. CTE. ($18.835.999).

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1._TRASLADO_: Efectuar el siguiente traslado presupuestal de Gastos de Funcionamiento en el presupuesto del Instituto Distrital de Turismo, por la suma de DIECIOCHO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE PESOS M. CTE. ($18.835.999).

Artículo 2._REMISIÓN_: Remítase copias de la presente Resolución a la Secretaría de Hacienda Distrital y demás oficinas competentes.

Artículo 3._VIGENCIA_: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 21 días del mes de mayo del año 2024.

ANDRÉS SANTAMARIA GARRIDO

Director General

Nota: Ver norma original en Anexos.

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