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Decreto Local 007 de 2024

Decreto Local 007 de 2024 Alcaldía Local de Sumapaz

Tipo
Decreto Local
Número
007
Año
2024
Fecha
17 de mayo de 2024
Entidad
Alcaldía Local de Sumapaz
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 007 DE 2024

(Mayo 17)

_Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia fiscal 2024_

EL ALCALDE LOCAL DE SUMAPAZ

En uso de sus facultades constitucionales, legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 y,

CONSIDERANDO:

Que el articulo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 de 2010, establece: cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, (...).
Que en la Resolución No. SHD-[191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 22 de septiembre de 2017, por el cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital, se indica el procedimiento para efectuar el traslado en mención. Que, según el MANUAL OPERATIVO PRESUPUESTAL DEL DISTRITO CAPITAL, en su numeral 4.1 Traslado Presupuestal se manifiesta que: _“la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado Ios efectúa el alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda — Dirección Distrital de Presupuesto”._ Que de acuerdo con el parágrafo [único](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10.p) del artículo 10° del Decreto No. 192 del 02 de junio de 2021, expedido por la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C. se modificó el procedimiento para los traslados presupuestales de las entidades que componen el Presupuesto Anual y los Fondos de Desarrollo Local, exceptuando el concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda — Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funciona- miento de los traslados al interior de cada uno de los miembros que componen, siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación al quinto nivel establecida en el Catálogo de Clasificación Presupuestal del Distrito. Que, en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la vigencia 2024, el rubro “021202020080585250 Servicios de protección (Guardas de Seguridad)” cuenta con una apropiación por la suma de $484.921.000 programados para cubrir los gastos por concepto de servicios de protección, de la Localidad de Sumapaz erogación a cargo del Fondo. Que, con cargo a dicha apropiación se ha comprometido el 99,36 % y el presupuesto que el FDRS tenía destinado para adquirir los productos y/o servicios correspondientes a este mbro ya se ha comprometido, situación que permite contar con un saldo disponible de $1,086.740, suma que puede utilizarse para adquirir otros servicios. Por tal razón, es necesario efectuar un traslado presupuestal sin afectar la programación, donde los contra créditos ascienden a un valor total de OCHOCIENTOS MIL PESOS ($800.000) M/CTE.

Que, se requiere disponer de los recursos suficientes a fin de cubrir el siguiente rubro presupuestal: “027202020080282130 - Sericios de documentación y certificación jurídica” por el valor de $800.000, para financiar el certificado digital del Ordenador del Gasto y, a la Responsable de Presupuesto (E) a quienes en algunos días se les vence este certificado.

Que en mérito de lo anterior expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un contra crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz, para la Vigencia Fiscal 2024, por la suma de OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($800.000), de acuerdo con el siguiente detalle:

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Rural de Sumapaz para la Vigencia Fiscal 2024, por la suma OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($800.000), de acuerdo con el siguiente detalle:

ARTÍCULO TERCERO: Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital de conformidad al artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO: Remitir el presente Decreto a la Dirección Distrital de Presupuesto - Secretaría Distrital de Hacienda para los trámites pertinentes.

ARTÍCULO QUINTO: Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=154817). PUBLÍQUESE Y CUMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de mayo del año 2024.

SEBASTIÁN SALDARRIAGA RIVERA

Alcalde Local de Sumapaz

Nota: Ver norma original en Anexos.

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