Decreto Local 008 de 2024
Decreto Local 008 de 2024 Alcaldía Local de Teusaquillo
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 008
- Año
- 2024
- Fecha
- 26 de abril de 2024
- Entidad
- Alcaldía Local de Teusaquillo
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 008 DE 2024
(Abril 26)
_Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Teusaquillo_
LA ALCALDESA (E) LOCAL DE TEUSAQUILLO
En uso de sus facultades legales, y en especial las conferidas en el artículo 71 del Decreto 1421 de 1993, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto-Ley 1421 de 1993, en su artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) establece que: _“Las juntas administradoras locales se reunirán ordinariamente, por derecho propio, cuatro veces al año, así: el primero (1º) de marzo; el primero (1º) de junio; el primero (1º) de septiembre, y el primero (1º) de diciembre. Cada vez las sesiones durarán treinta (30) días prorrogables, a juicio de la misma Junta hasta por cinco (5) días más._También se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde_. En este evento sesionarán por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparán de los asuntos que él mismo someta a su consideración”._ (Subrayado y negrilla fuera de texto.) Que, de conformidad con el artículo [73](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#73) del Decreto-Ley 1421 de 1993 se instituye que: _“El alcalde local instalará y clausurará las sesiones ordinarias y extraordinarias de las juntas administradoras y deberá prestarles la colaboración necesaria para garantizar su buen funcionamiento. Las juntas no podrán sesionar fuera del lugar señalado como sede oficial. Sin embargo, previa convocatoria efectuada con la debida antelación, podrán sesionar en sitio distinto para escuchar a las comunidades”._ __ Que, en concordancia con lo anterior, el Acuerdo Local No. [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=54797) de 2013, por medio del cual se crea el reglamento interno de la Junta Administradora Local de Teusaquillo, en su artículo [41](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=54797#41) determina que: _“La Junta Administradora Local sesionará extraordinariamente por convocatoria que haga el Alcalde Local y por el término que este le fije y únicamente se ocupará de los asuntos que el Alcalde Local someta a su consideración, sin perjuicio de que ejerza la función de control político que le corresponde en todo tiempo.”_ Que la Junta Administradora Local de Teusaquillo no se encuentra en sesiones ordinarias para el período comprendido entre el primero (1º) de mayo de 2024 al treinta y uno (31) de mayo de 2024, de acuerdo con lo establecido en el artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) del Decreto-Ley 1421 de 1993.
Que mediante Oficio No. 20246310028642 fechado el 18 de abril de 2024, la Presidenta de la Junta Administradora Local de Teusaquillo solicitó a esta Alcaldía _Local “se sirva hacer convocatoria del pleno de la Corporación a Sesiones Extraordinarias, a desarrollarse los días del mes de mayo de 2024 (…)”_ durante los días uno (1), dos (2), tres (4), siete (7), ocho (8), nueve (9), catorce (14), quince (15), dieciséis (16), diecisiete (17), veinte (20), veintiuno (21), veintidós (22), veintitrés (23), veinticuatro (24), veintiséis (26), veintisiete (27), veintiocho (28), veintinueve (29), treinta (30) y treinta y uno (31) de mayo.
Que la mencionada solicitud se realiza con el propósito de surtir el trámite de los siguientes Proyectos de Acuerdo: _“PROYECTO DE ACUERDO LOCAL XXX DE 2024 “Por medio el cual se establecen los perímetros y zonas de la localidad de Teusaquillo para la restricción del porte, consumo, facilitamiento, distribución, ofrecimiento y comercialización de sustancias psicoactivas, de conformidad con lo previsto en los artículos 2 y 3 de la ley 2000 de 2019, modificatorios parcialmente de los artículos 34 y 140 de la ley 801 de 2016, el Decreto 825 de 2019 y se dictan otras disposiciones”_ _“PROYECTO DE ACUERDO LOCAL XXX DE 2024 “Por medio del cual se prohíbe la compra, adquisición de servicios y utilización de pólvora y artículos pirotécnicos con fines recreativos por parte del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo y se dictan otras disposiciones”_ Que se hace necesario convocar a la Junta Administradora Local de Teusaquillo a sesiones extraordinarias para darle trámite a los mencionados Proyectos de Acuerdo. Que, en mérito de lo expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1º. Convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Teusaquillo, durante los días uno (1), dos (2), tres (3), siete (7), ocho (8), nueve (9), catorce (14), quince (15), dieciséis (16), diecisiete (17), veinte (20), veintiuno (21), veintidós (22), veintitrés (23), veinticuatro (24), veintiséis (26), veintisiete (27), veintiocho (28), veintinueve (29), treinta (30) y treinta y uno (31) de mayo. ARTÍCULO 2º. En las sesiones extraordinarias, la Junta Administradora Local de Teusaquillo se ocupará de darle trámite a los siguientes Proyectos de Acuerdo: _“PROYECTO DE ACUERDO LOCAL XXX DE 2024 “Por medio el cual se establecen los perímetros y zonas de la localidad de Teusaquillo para la restricción del porte, consumo, facilitamiento, distribución, ofrecimiento y comercialización de sustancias psicoactivas, de conformidad con lo previsto en los artículos 2 y 3 de la ley 2000 de 2019, modificatorios parcialmente de los artículos 34 y 140 de la ley 801 de 2016, el Decreto 825 de 2019 y se dictan otras disposiciones”_ __“PROYECTO DE ACUERDO LOCAL XXX DE 2024 “Por medio del cual se prohíbe la compra, adquisición de servicios y utilización de pólvora y artículos pirotécnicos con fines recreativos por parte del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo y se dictan otras disposiciones”_ __ ARTÍCULO 3º. Una vez la Junta Administradora Local de Teusaquillo aborde, analice, sintetice y concluya los temas relacionados con el objeto de la convocatoria, se darán por terminadas las respectivas sesiones extraordinarias, que no podrán superar el treinta y uno (31) de mayo de 2024. ARTÍCULO 4º.** El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=154417).
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C., a los 26 días del mes de abril del año 2024.
ROSA ISABEL MONTERO TORRES
Alcaldesa Local de Teusaquillo (E)
Nota: Ver nota original en Anexos.
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