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Decreto Local 001 de 2024

Decreto Local 001 de 2024 Alcaldía Local de San Cristóbal

Tipo
Decreto Local
Número
001
Año
2024
Fecha
9 de enero de 2024
Entidad
Alcaldía Local de San Cristóbal
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 001 DE 2024

(Enero 09)

_Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de San Cristóbal_

El ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTÓBAL

En uso de las facultades constitucionales, legales y en especial las que le confieren los artículos 71 y 75 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 43 del Acuerdo Local 080 de 2017 y

CONSIDERANDO:

Que el inciso [segundo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71.i.2) del artículo 71 del Decreto 1421 de 1993 dispone que los Ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo Alcalde local debiendo sesionar por el término que señale la misma y únicamente se ocupara de los asuntos que este someta su consideración.

Que se hace necesario actualizar y unificar en un solo Acuerdo Local las normas establecidas como reglamento interno de la Junta Administradora Local de San Cristóbal, así como realizar la elección del delegado o delegada ante el Consejo Territorial de Planeación Distrital CTPD, en el marco del Acuerdo Distrital [878](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399) de 2023. En mérito de lo anteriormente expuesto el Alcalde local de San Cristóbal.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a sesiones extraordinarias a partir del 10 de enero y hasta el 30 de enero de 2024 con el fin de que la Junta Administradora Local de San Cristóbal actualice y unifique en un solo Acuerdo Local las normas establecidas como reglamento interno de la Junta Administradora Local de San Cristóbal, y realicen la elección del delegado o delegada ante el Consejo Territorial de Planeación Distrital CTPD, en el marco del Acuerdo Distrital [878](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399) de 2023. ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=154157). COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de enero del año 2024.

JUAN CARLOS TRIANA RUBIANO

Alcalde Local de San Cristobal

Nota: Ver norma original en Anexos.

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