Decreto Local 008 de 2024
Decreto Local 008 de 2024 Alcaldía Local de Usme
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 008
- Año
- 2024
- Fecha
- 5 de marzo de 2024
- Entidad
- Alcaldía Local de Usme
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 008 DE 2024
(Marzo 05)
_Por el cual se ajusta el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia fiscal 2024_
EL ALCALDE LOCAL DE USME
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 y [Ver Decreto Local 009 de 2024](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153871)
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto 372 de 2010 en su artículo [36](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#36) estipula que los F.D.L., efectuarán el ajuste presupuestal por cierre de vigencia anterior, mediante decreto local, previa viabilidad presupuestal de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Que, en la Resolución [SDH N° 000191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) del 22 de septiembre de 2017 _“Manual Operativo Presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local”_, se indica el procedimiento a seguir para efectuar el ajuste en mención.
Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 de 2021, Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones, en su artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) establece. - Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Que, en el Decreto Local No. [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152256) del 15 de diciembre de 2023 _“Por cual se Liquida el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024”_, se estima que al cierre de la vigencia fiscal 2023, la disponibilidad de recursos en Tesorería será de $ 96.188.188.000, respaldando las obligaciones por pagar al 31 de diciembre de 2023.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Usme (FDLU), una vez llevado a cabo el cierre presupuestal de la vigencia fiscal 2023, en el que se constituyeron Obligaciones por Pagar por un total de $75.251.782.163, debe ajustar las obligaciones por pagar con cargo a los Gastos de Funcionamiento, y las obligaciones por pagar con cargo a la Inversión, en los sub agregados _“Un nuevo Contrato Social y ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”,_ y _“Obligaciones por pagar vigencias anteriores”._ __ Que de los $75.251.782.163, corresponde al rubro de Obligaciones por pagar de Funcionamiento $1.731.859.711, a Obligaciones por pagar Un nuevo Contrato Social y ambiental para la Bogotá del Siglo XXI $47.644.590.505 y a Obligaciones por pagar vigencias anteriores $25.875.331.947. Que, en consecuencia, el Fondo de Desarrollo Local de Usme FDLU debe ajustar al interior del agregado de obligaciones por pagar funcionamiento y obligaciones por pagar inversión, del presupuesto aprobado para la vigencia fiscal 2024 la suma de VEINTE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS M/CTE ($20.936.405.837).
Que mediante radicado No. 2-2024-08715 de fecha 16 de febrero de 2024, la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable para el trámite del ajuste presupuestal del F.D.L.U.
Que mediante comunicación No. 2024EE054257O1 de 05 de marzo de 2024, el Director Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable para efectuar el ajuste presupuestal del F.D.L.U. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Local de Usme,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Ajustar el Presupuesto de gastos e inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia 2024, conforme al siguiente detalle: ARTÍCULO SEGUNDO: El presente decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153817). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.**
Se expide en Bogotá, D.C., a los 05 días del mes de marzo de 2024.
DORIAN DE JESUS COQUIES MAESTRE
Alcalde Local de Usme Nota: Ver norma original en Anexos.
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