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Decreto Local 003 de 2024

Decreto Local 003 de 2024 Alcaldía Local de Bosa

Tipo
Decreto Local
Número
003
Año
2024
Fecha
7 de febrero de 2024
Entidad
Alcaldía Local de Bosa
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 003 DE 2024

(Febrero 7) __ _Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, para la vigencia fiscal 2024_ __ LA ALCALDESA LOCAL DE BOSA __ En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto Ley 1421 de 1993, y las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010

CONSIDERANDO:

Que según el parágrafo único del párrafo [tercero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31.n.1.i.3) del artículo 31 del Decreto 372 de 2010: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local.”

Que el Fondo de Desarrollo Local de Bosa, en gastos de funcionamiento, el rubro: O2120201003023215317 Fólderes; presenta saldo de apropiación libre de afectación, según certificación expedida por el responsable del presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Bosa del 07 de Febrero de 2024, el cuál puede trasladarse para financiar la apropiación de otros rubros.

Que el Fondo de Desarrollo Local de Bosa, en gastos de funcionamiento, rubro O2120201003033336103 Diésel oil ACPM (fuel gas gasoil marine gas), presenta saldo insuficiente de apropiación para cubrir las necesidades de transporte de los funcionarios y contratistas que laboran en las diferentes dependencias de la Administración Local como son el Área de Gestión de Desarrollo Local, el Área Administrativa, el Área Financiera, Casa de la Participación, el Área de Gestión Policiva y Jurídica.

Que según el parágrafo[ único](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10.p) del artículo 10 del decreto 192 del 2 de junio de 2021, “por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones” este traslado no requiere de concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda-Dirección Distrital de Presupuesto. En mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°. -Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, para la vigencia fiscal 2024, por valor de $3.000.000, conforme al siguiente detalle: | CONTRACRÉDITOS --- CÓDIGO | DENOMINACIÓN | VALOR O2 | GASTOS | $3.000.000 O21 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | $3.000.000 O212 | Adquisición de bienes y servicios | $3.000.000 O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | $3.000.000 O2120201 | Materiales y suministros | $3.000.000 O2120201003 | Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo | $3.000.000 O2120201003023215317 | Fólderes | $3.000.000 | TOTAL CONTRACRÉDITOS | $3.000.000 Artículo 2°. -Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, para la vigencia fiscal 2024, por valor de $3.000.000, conforme al siguiente detalle:

CRÉDITO --- CÓDIGO | DENOMINACIÓN | VALOR O2 | GASTOS | $3.000.000 O21 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | $3.000.000 O212 | Adquisición de bienes y servicios | $3.000.000 O2120201003 | Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo | $3.000.000 O2120201003033336103 | Diésel oil ACPM (fuel gas gasoil marine gas) | $3.000.000 | TOTAL CRÉDITO | $3.000.000 Artículo 3°. \- Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente a la Secretaría Distrital de Hacienda-Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su competencia.

Artículo 4°. \- Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://sisjur.bogotajuridica.gov.co/sisjurMantenimiento/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011.

Artículo 5°. – Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153177).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 7 días de mes de febrero del año 2024.

LIZETH JAHIRA GONZÁLEZ VARGAS

Alcaldesa Local de Bosa

Nota: Ver norma original en Anexos.

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