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Resolución 552 de 2024

Resolución 552 de 2024 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Tipo
Resolución
Número
552
Año
2024
Fecha
6 de marzo de 2024
Entidad
Secretaría de Educación del Distrito - SED
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 552 DE 2024

**(Marzo 06)

**[Derogada por el art. 6, Resolución 1050 de 2024.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=155999#6)

_Por la cual se modifica la Resolución No.[0336](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153259)del 16 de febrero de 2024_

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el Decreto Ley 1278 de 2002, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto distrital 101 de 2004, la Resolución 310 de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución [025624](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153057) del 29 de diciembre de 2023, el Ministerio de Educación Nacional fijó “ _las reglas y la estructura del proceso de evaluación del que tratan el artículo 35 y el numeral 2 del artículo 36 del Decreto Ley 1278 de 2002 para el ascenso de grado o la reubicación de nivel salarial de los educadores oficiales regidos por dicha norma”;_ proceso que inició trámites en 2023 y se desarrollará en el año 2024.

Que el artículo [2.4.1.4.2.2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62510#2.4.1.4.2.2). del Decreto 1075 de 2015 modificado por el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70700#1), Decreto 1657 de 2016, asignó a las entidades territoriales certificadas, entre otras responsabilidades, la de convocar a la evaluación de competencias de conformidad con el cronograma definido por el Ministerio de Educación Nacional, así como divulgarla y orientar a los docentes y directivos docentes de su jurisdicción para facilitar su participación en el proceso.

Que a través de la Resolución No. [0336](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153259) del 16 de febrero de 2024, la Secretaría de Educación del Distrito convocó a la evaluación para el ascenso de grado o la reubicación de nivel salarial en el escalafón docente de los educadores oficiales regidos por el Decreto [1278](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5353) de 2002 y que están al servicio de la Secretaría de Educación de Bogotá D.C., en cuyo artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=5353#10)° se relacionó el cronograma de actividades para dicho proceso, el cual se había fijado por parte del Ministerio de Educación Nacional en el artículo [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153057#18) de la Resolución 025624 del 29 de diciembre de 2023.

Que el Ministerio de Educación Nacional, mediante la Resolución No. 001979 del 27 de febrero de 2024, modificó el artículo [18](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153057#18) de la Resolución 025624 del 29 de diciembre de 2023.

Que mediante oficio 2024-EE-066166 del 1° de marzo de 2024, la Dirección de Calidad Preescolar, Básica y Media del Ministerio de Educación Nacional, comunicó a la Secretaría de Educación del Distrito la Resolución 001979 del 27 de febrero de 2024 y señaló, entre otras cosas, que las entidades que ya hubiesen emitido el acto administrativo de convocatoria a la evaluación de competencias deberían modificarlo y proceder con su divulgación. Que, de conformidad con lo expuesto, es procedente modificar el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153259#10)° de la Resolución No. 0336 del 16 de febrero de 2024. Que, en consecuencia, este Despacho,

RESUELVE:

Artículo 1°. Modificar el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153259#10)° de la Resolución No. 0336 del 16 de febrero de 2024, el cual quedará así: _Artículo 10°. El siguiente es el cronograma de actividades para el proceso de evaluación de competencias, sin perjuicio de eventuales modificaciones que pueda realizar el Ministerio de Educación Nacional:_ Artículo 2°. En lo demás, se aplicará lo dispuesto en la Resolución No. [0336](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153259) del 16 de febrero de 2024. Artículo 3°. La presente resolución será divulgada a través de la página web de la Secretaría de Educación del Distrito y demás medios de comunicación institucionales. Artículo 4°. La presente resolución rige a partir de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153619) en la página web de la entidad. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., a los 06 días del mes de marzo del año 2024.

ISABEL SEGOVIA OSPINA

Secretaria de Educación Distrital

Nota: Ver norma original en Anexos.

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