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Decreto Local 004 de 2024

Decreto Local 004 de 2024 Alcaldía Local de Puente Aranda

Tipo
Decreto Local
Número
004
Año
2024
Fecha
16 de febrero de 2024
Entidad
Alcaldía Local de Puente Aranda
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 004 DE 2024

(Febrero 16)

_Por el cual adiciona el Decreto Local No.[003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153084)del 7 de febrero de 2024 “Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias a la junta Administradora Local de Puente Aranda entre el nueve (9) de febrero de 2024 y el veintinueve (29) de febrero del 2024_ __ EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por la Ley 2116 de 2021 y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Local No. [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153084) del 7 de febrero de 2024, este despacho convocó a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Puente Aranda entre el nueve (9) de febrero del 2024 y el veintinueve (29) de febrero del 2024.

Que en el artículo [segundo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153084#2) del referido Decreto se dispuso que, en dichas sesiones extraordinarias, la Junta Administradora Local de Puente Aranda solamente se ocupará de:_“1) La postulación, estudio, validación, y aprobación de los perfiles para recibir la primera orden Civil al mérito de la Localidad. 2) El estudio y debate del proyecto de acuerdo para la creación del consejo local de salud mental. 3) La presentación pública de los proyectos contratados en la Vigencia 2023, que presente la administración local. 4) La presentación de los nuevos comandantes de estación y CAIS de Puente Aranda para conocer la estrategia de seguridad que se tiene para la jurisdicción”_ __ Que mediante Circular No. [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153250) del 8 de febrero de 2024, el Secretario Distrital de Gobierno, expidió el _“Instructivo para el proceso de integración de ternas para la designación de Alcaldes y Alcaldesas locales – Citación a sesiones extraordinarias de las Juntas Administradoras Locales”_ y fijó los criterios y parámetros que se deben observar para el proceso de integración de ternas para la designación de Alcaldes y Alcaldesas Locales 2024-2027, y se indicó que el Alcalde o Alcaldesa Local podrá citar a sesiones extraordinarias a partir de la fecha y hasta el 29 de febrero de 2024 a las Juntas Administradoras Locales, teniendo en cuenta que hace parte de sus atribuciones realizar la conformación de ternas para la designación de Alcalde (as) Local, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley [1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027) de 1993, Decreto Nacional [1350](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16332) de 2005 y Decreto Distrital [011](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=28264) de 2008.

Que en consecuencia se hace necesario adicionar el Decreto Local [003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153084) de 2024 para incluir como tema a tratar por la Junta Administradora Local de Puente Aranda durante el período de sesiones extraordinarias entre el nueve (9) de febrero del 2024 y el veintinueve (29) de febrero del 2024, adelantar el proceso para la conformación de las ternas para la designación de Alcalde (as) Local 2024-2027. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

PRIMERO. Adicionar el artículo [segundo](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153084#2) del Decreto Local 003 del 7 de febrero de 2024, el cual quedara así: SEGUNDO. En las sesiones extraordinarias, la Junta Administradora Local de Puente Aranda solamente se ocupará de: 1) La postulación, estudio, validación, y aprobación de los perfiles para recibir la primera orden Civil al mérito de la Localidad. 2) El estudio y debate del proyecto de acuerdo para la creación del consejo local de salud mental. 3) La presentación pública de los proyectos contratados en la Vigencia 2023, que presente la administración local. 4) La presentación de los nuevos comandantes de estación y CAIS de Puente Aranda para conocer la estrategia de seguridad que se tiene para la jurisdicción. 5) adelantar el proceso para la conformación de las ternas para la designación de Alcalde (as) Local 2024-2027. TERCERO (sic). El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153217). Se expide en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de febrero del año 2024.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

JUAN PABLO BELTRÁN VARGAS

Alcalde Local de Puente Aranda

Nota: Ver norma original en Anexos.

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