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Decreto Local 004 de 2024

Decreto Local 004 de 2024 Alcaldía Local de Santa Fe

Tipo
Decreto Local
Número
004
Año
2024
Fecha
8 de febrero de 2024
Entidad
Alcaldía Local de Santa Fe
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 004 DE 2024

(Febrero 8)

_Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Santa Fe_ __ EL ALCALDE LOCAL DE SANTA FE En uso de sus funciones y atribuciones constitucionales y legales, en especial las otorgadas en el Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por la Ley 2116 de 2021 y,

CONSIDERANDO:

Que en el inciso segundo del artículo [71](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#71) del Decreto Ley 1421 de 1993 prevé que los ediles se reúnan extraordinariamente por convocatoria que les haga el respectivo alcalde local debiendo sesionar por el término que este señale y únicamente se ocuparan de los asuntos que el mismo someta a su consideración.

Que la Secretaria de Gobierno determino adelantar el proceso de integración de terna para la designación de Alcaldes y Alcaldesas Locales; para lo cual expidió la Circular [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153250) de 08 de febrero de 2024 que establece el instructivo para el proceso de integración de ternas para la designación de Alcaldes y Alcaldesa Locales.

Que de acuerdo con lo anteriormente señalado se procede a citar a sesiones extraordinarias a la Junta administradora Local de Santa Fe para que adelante el referido proceso. En mérito de lo expuesto el Alcalde Local de Santa Fe,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Convocar a sesiones extraordinarias a la Junta Administradora Local de Santa Fe a partir del 09 de febrero hasta el 29 de febrero de 2024.

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente convocatoria tiene como fin tratar los siguientes temas: 1. Integración de la terna para designación Alcaldes (sa) para el periodo 2024-2027.

2. Adelantar las discusiones tendientes a establecer los criterios que se tendrán en cuenta para la conformación de la terna.

Parágrafo. Para el desarrollo del anterior proceso se deberá tener como referencia, entre otros aspectos, la Circular [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153250) del 08 de febrero de 2024, expedida por la Secretaria Distrital de Gobierno, la cual forma parte integral del presente Decreto.

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los 8 días del mes de febrero del año 2024.

DIEGO FERNANDO HERRERA ROJAS

Alcalde Local de Santa Fe (E)

Nota: Ver norma original en Anexos.

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