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Decreto Local 005 de 2024

Decreto Local 005 de 2024 Alcaldía Local de Chapinero

Tipo
Decreto Local
Número
005
Año
2024
Fecha
14 de febrero de 2024
Entidad
Alcaldía Local de Chapinero
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 005 DE 2024

(Febrero 14)

_Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero para la vigencia fiscal 2024_

EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que, el Decreto 372 de 2010 del 30 de agosto de 2010, “ _Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L._ ” en su artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31), establece las Modificaciones Presupuestales e indica que “ _Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su- validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto_ ”. Que, la Circular Externa No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2019, de la Secretaría Distrital de Hacienda, estableció que, mediante el parágrafo único del artículo [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=88449#9)° del Decreto 777 de 2019 se contempló-que “ _se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda — Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que corresponden al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”._ Que, el alcalde Local de Chapinero mediante Memorando No 20245220002453 del 13 de febrero de 2024, solicitó a la Profesional de Presupuesto adelantar las gestiones pertinentes para realizar el traslado presupuestal al nivel “ _0212 Adquisición de bienes y servicios_ ” mediante el cual se efectúa un traslado a interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento vigencia 2024, por valor de TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS PESOS MCTE. ($369.800). **CONTRACRÉDITOS

0212 Adquisición de bienes y servicios En el rubro 0212020200701030471347 Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT] se tenía una apropiación inicial por valor total de $ 6.500. 000, los cuales se presupuestaron inicialmente para cubrir el proceso de adquisición de seguros obligatorios de accidentes de tránsito, de los vehículos del FDLCH de la vigencia 2024. Sin embargo, una vez confirmados los valores de incremento de los SOAT para la vigencia 2024 y emitidas las tarifas máximas comerciales según la Circular 001 de 2024 de la Superintendencia Financiera de Colombia, se hace necesario incrementar el rubro presupuestal en $369.800. CRÉDITOS

0212 Adquisición de bienes y servicios En el rubro, 0212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad civil se tenía una apropiación inicial por valor total de $ 89.279.000, los cuales se presupuestaron inicialmente para cubrir el proceso de servicios de seguros de responsabilidad civil extracontractual del FDLCH de la vigencia 2024 sin embargo, teniendo en cuenta la necesidad de la expedición de los seguros obligatorios de sida pS se hace necesario disminuir el rubro presupuestal en $369.800.

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese el siguiente contracrédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2024, de conformidad con el siguiente detalle: ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese el siguiente crédito al Presupuesto anual de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero de la vigencia fiscal 2024, de conformidad con el siguiente detalle: ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153217). PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá D.C., a los 14 días del mes de febrero del año 2024.

OSCAR YESID RAMOS CALDERON

Alcalde Local de Chapinero

Nota: Ver norma original en Anexos.

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