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Resolución 041 de 2024

Resolución 041 de 2024 Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C - ERU - RENOBO

Tipo
Resolución
Número
041
Año
2024
Fecha
29 de enero de 2024
Entidad
Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C - ERU - RENOBO
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 041 DE 2023 (Enero 29)

_Por la cual se delega en el cargo de Asesor Código 105, Grado 3, adscrito al Despacho, la representación de la Gerencia General como miembro permanente ante el Comité de Defensa Judicial, Conciliación y Repetición de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C._

EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE RENOVACIÓN Y DESARROLLO URBANO DE BOGOTÁ D.C.,

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas en el Acuerdo 643 de 2016, Acuerdo 47 de 2022 de la Junta Directiva, Acuerdo 59 de 2023 de la Junta Directiva, numeral 17 del artículo Primero de la Resolución 281 de 2023 de la Gerencia General y demás normas concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo establecido en los artículos [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) y [211](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#211) de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones e indica que la delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatario, cuyos actos o resoluciones podrá siempre reformar o revocar, reasumiendo la respectiva competencia.

Que el artículo [9°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#9) de la Ley 489 de 1998 establece que las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

Que el artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307#17) del Acuerdo Distrital 257 de 2006 del Concejo de Bogotá, faculta a las autoridades administrativas del Distrito Capital para delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores, de conformidad con la Constitución Política y la Ley [489](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186) de 1998.

Que mediante a Resolución [034](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153235) de 2024, se adoptó el Reglamento del Comité de Defensa Judicial, Conciliación y Repetición de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá, D.C., y en su artículo [2°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153235#2) establece la conformación del Comité de Defensa Judicial, Conciliación y Repetición de la Empresa, y en cuyo numeral 1° se establece como miembro al “ _El Gerente General de la Empresa o su delegado y quien será el presidente del Comité_ ”.

Que de conformidad con la Resolución [281](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152387) de 2023, adscrito al Despacho de la Gerencia General, existe el cargo de Asesor, Código 105, Grado 3, cuyo propósito general es el asesorar a la Gerencia en temas relacionados con el diseño de políticas, planes, lineamientos, estrategias, iniciativas relacionadas con la gestión institucional de la Empresa, de acuerdo con los objetivos establecidos por la Entidad, elaborar análisis, estudios y conceptos en materia de su competencia, en el marco de la misión de la Entidad, según los lineamientos definidos, asesorar en el desarrollo de metodologías y procedimientos para el seguimiento al desarrollo de proyectos integrales de la Entidad, conforme con las políticas definidas y la normativa vigente, entre otras funciones. Que, en virtud de lo expuesto, se hace necesario delegar al funcionario que representará a la Gerencia General ante el Comité de Defensa Judicial, Conciliación y Repetición de la Empresa. Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°.

Delegar en el cargo de Asesor Código 105, Grado 3, adscrito al Despacho, la representación de la Gerencia General como miembro permanente ante el Comité de Defensa Judicial, Conciliación y Repetición de la Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano de Bogotá D.C, quien tendrá voz y voto y será la Presidente del Comité.

Parágrafo. El funcionario delegado, deberá cumplir el Reglamento establecido en la Resolución [034](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153235) de 2024 y rendirá informe dentro de los primeros diez (10) días calendario al vencimiento de cada bimestre a la Gerencia General sobre el ejercicio de las funciones delegadas y será responsable de todos los actos que realice en ejercicio de las mismas. ARTICULO 2°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición, adiciona la Resolución [034](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153235) de 2024 y deroga la Resolución 097 de 2020. **PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de enero del año 2024.

CARLOS FELIPE REYES FORERO

Gerente General

Nota: Ver norma original en Anexos.

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