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Decreto Local 002 de 2024

Decreto Local 002 de 2024 Alcaldía Local de Barrios Unidos

Tipo
Decreto Local
Número
002
Año
2024
Fecha
30 de enero de 2024
Entidad
Alcaldía Local de Barrios Unidos
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 002 DE 2024

(Enero 30)

_Por medio del cual se conforma e instala el Consejo de Planeación Local de la Localidad Barrios Unidos_ __ EL ALCALDE LOCAL DE BARRIOS UNIDOS

En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales y en especial las conferidas por los Artículos 13 y 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el Artículo 22 del Acuerdo Distrital 878 de 2023, y el Artículo 13 del Decreto 580 de 2023 y

CONSIDERANDO:

1.

Que el Artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#2) de la Constitución Política de Colombia establece dentro de los fines del estado, el facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan en la vida económica, política, administrativa y cultural. Así mismo, el Artículo [40](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#40) constitucional establece el derecho que tiene todo ciudadano a tomar parte en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de Participación Democrática. 2.

Que la ley 152 de 1994, en su Artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=327#3) consagra la participación como uno de los principios generales durante el proceso de discusión de los Planes de Desarrollo.

Que el artículo [6º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#6) del Decreto Ley 1421 de 1993, Estatuto Orgánico de Bogotá D.C., promueve la organización de los habitantes y comunidades que sirvan de mecanismo de representación en las distintas instancias de participación, concertación y vigilancia de la gestión Distrital y Local. 3.

Que el Acuerdo [878](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399) de 2023 Por medio del cual se dictan lineamientos para el Sistema Distrital de Planeación, la creación de planes de desarrollo, se garantiza la participación ciudadana en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones. _4._ Que el Decreto [580](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=151923) de 2023 expedida por la Alcaldía Mayor, reglamenta el Acuerdo [878](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399) de 2023 _"Por medio del cual se dictan lineamientos para el sistema distrital de planeación, la creación de planes de desarrollo, se garantiza la participación ciudadana en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones" en lo referente al Consejo Territorial de Planeación Distrital - CTPD, los Consejos de Planeación Local - CPL y se adoptan otras disposiciones”._ __ 5.

Que la Alcaldía Local de Barrios Unidos realizó la convocatoria pública para la conformación del Consejo de Planeación Local, del 2 al 19 de enero de 2024, de conformidad con lo dispuesto en el artículo [21°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399#21) del Acuerdo 878 del 2023. En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO. Conformar el Consejo de Planeación Local de Barrios Unidos, de acuerdo con la normatividad vigente. ARTÍCULO SEGUNDO. Cumplidos los requisitos de inscripción, acreditación y elección de los representantes de las diferentes organizaciones ordenados por el Acuerdo [878](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399) del 2023 y el Decreto [580](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=151923) de 2023, el Consejo de Planeación Local de Barrios Unidos queda integrado así: | Organización | Nombres | Sector ---|---|--- 1 | Consejo de Sabios y Sabias | Henry Chávez Ricardo | Organizaciones de adulto/a mayor y/ de pensionados. 2 | Paquerxs Unidos | Carolina Massiel Moreno Melo | Organizaciones ambientales 3 | ASOJUNTAS | Carlos Daniel Garzón Vargas | Asociación de Juntas de Acción Comunal 4 | Fumigación y Servicios Técnicos SAS | Mario Medellín Torres | Organizaciones de comerciantes 5 | Comité Local de Libertada Religiosa Barrios Unidos | Ligia Guzmán Torres | Organizaciones religiosas 6 | CLPYBA | María Emilia Abaunza Chipatecua | Colectivos u organizaciones de Animalistas 7 | Consultiva Local NARP | William Amaury Córdoba Rovira | Representantes de comunidades afro- locales y palenqueros 8 | Colectivo La Oveja Negra | Juliana Cortés Osorio | Organizaciones juveniles 9 | CLACP | Gloria Constanza Hidalgo Alférez | Organizaciones artísticas, culturales y patrimoniales 10 | Consejo Local de Discapacidad | María del Carmen Cano | Organizaciones de personas en condición de discapacidad 11 | Fundación Sarahi | María Helena Rabelo Dueñas | Organizaciones de personas cuidadoras de esta población 12 | Mesa Local Indígena | Lucy González Guarnizo | Organización de comunidades indígenas y étnicas 13 | Nookdrinks SAS | Jesús Samuel Elías Barrera Bernal | Organizaciones de comerciantes y MIPYMES 14 | Mujer Avanza y Conecta | Diana Giselly Parada Rodríguez | Organizaciones de mujeres 15 | Colegio Jorge Eliécer Gaitán IED | Amarelis Lucia Jiménez | Rectores de establecimientos educativos 16 | ASOPAVEM | Cesar Orlando Ruiz Arias | Organizaciones de emprendedores y artesanos 17 | Mesa Local de Víctimas | Porfirio Salas Mena | Organización o asociaciones de víctimas 18 | Propiedad Horizontal | Gladys Ligia Bejarano Ovalle | Organizaciones de representación de residentes de la propiedad horizontal 19 | Operador de Viajes Soy un Ángel | Gloria del Carmen Muñoz Briceño | Organizaciones de turismo 20 | Asociación de Vecinos del Barrio Polo Club Pro-Polo Club | Nancy Patricia Riveros Reina | Organizaciones de seguridad 21 | Consejo local de vendedores informales | Sandra Gabriela Parra Vargas | Organizaciones de vendedores informales

Parágrafo. PRIMERO: Una vez vencidos los términos para acreditar o elegir los representantes al CPL, y teniendo en cuenta que algunas organizaciones o sectores con arraigo en la Localidad no lo hicieron, el Alcalde Local designó a los siguientes miembros, teniendo como sustento jurídico, lo expresado en el artículo [21°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399#21) del Acuerdo Distrital 878 de 2023 y en el artículo [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=151923#13) del Decreto 580 de 2023.

Organización | Nombres | Sector ---|---|--- 1 | Fundación Insignia | Gustavo Pérez Charry | Organizaciones de promoción y defensa de los derechos de las víctimas de graves violaciones de los derechos humanos 2 | CLONNA | Ana Cecilia Bernal Rodríguez | Organizaciones de defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes 3 | DRAFE | Bernardo Rubio Monroy | Organizaciones deportivas 4 | Subred Norte | Gerente o su delegado | Gerentes de establecimientos de salud pública local 5 | Alumane Bike (Colectivo) | Juan Alberto Gómez Pineda | Agrupaciones de bici-usuarios, ciclistas y/o movilidad alternativa PARÁGRAFO SEGUNDO: Una vez vencidos los términos para postular los representantes al CPL, y teniendo en cuenta que el Comité de Participación Comunitaria en Salud COPACOS solicitó de manera expresa a la Alcaldía Local, que se nombrara de manera temporal a la señora Luz Janneth Sánchez Bastidas, mientras está instancia realiza su reunión ordinaria del mes de febrero, donde definirán el delgado en propiedad, el Alcalde Local designa a esa ciudadana teniendo como sustento jurídico, lo expresado en el artículo [21°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399#21) del Acuerdo Distrital 878 de 2023 y en el artículo [13](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=151923#13) del Decreto 580 de 2023.

Organización | Nombres | Sector ---|---|--- COPACOS | Luz Janneth Sánchez Bastidas | Organizaciones de participación comunitaria en salud ARTÍCULO TERCERO. El Consejo de Planeación Local deberá cumplir con las funciones y atribuciones contempladas en los Artículos [25°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399#25) y [26°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399#26) del Acuerdo 878 del 2023, así como con las demás disposiciones que regulan el funcionamiento de dicho Consejo.

ARTÍCULO CUARTO. Los representantes y delegadas o delegados del Consejo de Planeación Local no recibirán remuneración alguna y su participación será ad honorem.

El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=152977).

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Se expide en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de enero del año 2024.

ANTONIO CARRILLO ROSAS

Alcalde Local de Barrios Unidos

Nota: Ver norma original en Anexos.

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