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Resolución 225 de 2024

Resolución 225 de 2024 Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD

Tipo
Resolución
Número
225
Año
2024
Fecha
13 de febrero de 2024
Entidad
Instituto Distrital de Recreación y Deporte - IDRD
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

RESOLUCIÓN 225 DE 2023

(Febrero 13)

_Por la cual se modifica el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de los empleos de la planta de empleos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte_

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE

En uso de sus facultades legales y, en especial de las conferidas por el numeral 5º del artículo 5º del Acuerdo 4 de 1978 y el numeral 7° del artículo 2 de la Resolución 002 de 2023 de Junta Directiva, y [Ver Resolución 135 de 2025.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=173117)

CONSIDERANDO:

Que el artículo [122](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#122) de la Constitución Política consagra que no habrá empleo público que no tenga funciones detalladas en la Ley o Reglamento.

Que la Ley [909](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=14861) de 2004, el Decreto Ley [785](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=16127) de 2005 y el Decreto Reglamentario [1083](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518) de 2015 consagran que las entidades deben expedir sus Manuales Específicos de Funciones, Requisitos Mínimos y Competencias Laborales, teniendo en cuenta el contenido funcional y las competencias comunes y comportamentales de los empleos que forman la planta de personal.

Que mediante las Resoluciones de Junta Directiva Nos.[006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=70210) del 7 de julio de 2017 y [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=143640) del 24 de mayo de 2023, se modificó la estructura organizacional, y las funciones asignadas a las dependencias del Instituto Distrital de Recreación y Deporte.

Que mediante Resolución de la Dirección General No. 788 del 20 de diciembre de 2019, se modificó el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos públicos del Instituto Distrital de Recreación y Deporte.

Que mediante la Resolución de Junta Directiva No.[003](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=143668) del 24 de mayo de 2023 se modificó la Planta de Personal del Instituto Distrital de Recreación y Deporte.

Que el Decreto Nacional No. 1083 de 2015, en su artículo [2.2.2.4.9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.2.4.9) establece que: “ _Para el ejercicio de los empleos que exijan como requisito el título o la aprobación de estudios en educación superior, las entidades y organismos identificarán en el manual específico de funciones y de competencias laborales, los Núcleos Básicos del Conocimiento NBC que contengan las disciplinas académicas o profesiones, de acuerdo con la clasificación establecida en el Sistema Nacional de Información de la Educación Superior – SNIES”._ Que asimismo, y en cumplimiento de las directrices contenidas en la Directiva No. 003 del 29 de diciembre de 2023, expedida por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, que señala: _“(…) En ese sentido, cuando haya un cambio en la operación y/o del modelo de gestión, se deberá hacer una evaluación sobre las repercusiones de dichos cambios en las funciones esenciales y los conocimientos asociados con cada empleo y en los casos que corresponda adelantar los tramites de ajuste de los perfiles con el fin de garantizar que haya correspondencia entre el modelo de operación de la Entidad u organismo y su Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales y de esta manera propender por una mayor eficiencia en la ejecución de sus procesos. (…)”._ Que de acuerdo con lo anterior, se hace necesario ajustar los requisitos de estudio para los niveles Directivo y Asesor, con el fin que los mismos sean establecidos a partir de núcleos básicos del conocimiento Que mediante oficios con número de radicación IDRD 20243100017401, 20243100017351, 20243100017371, 20243100017861 y 20243100017391 del 23 y 24 de enero de 2024, se socializó la modificación al Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, a los sindicatos de la Entidad en cumplimiento de lo establecido en el parágrafo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.2.6.1.p.3)º del artículo 2.2.2.6.1 del Decreto Nacional 1083 de 2015 que dispone que se dejará constancia del proceso de consulta adelantado con las organizaciones sindicales presentes en la respectiva entidad, en el cual se dará a conocer el alcance de la modificación o actualización del Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales y se escucharán sus observaciones e inquietudes.

Que el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, mediante oficio 2-2024-2343 del 9 de febrero de 2024, expidió el concepto técnico favorable para la modificación del Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales del Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD. Que, en mérito de lo expuesto, este despacho

RESUELVE:

Artículo 1.- Modificar parcialmente el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, en el sentido de ajustar los perfiles de los empleos de los niveles Directivo y Asesor, cuyas funciones deberán ser cumplidas por los empleados públicos con criterios de eficiencia y eficacia, en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le señalan al Instituto Distrital de Recreación y Deporte – IDRD. Artículo 2.-_Comunicación_ _._ Comunicar el contenido de la presente resolución al Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital -DASCD- Artículo 3.- La presente resolución rige a partir del día siguiente de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=153137) y modifica en lo pertinente las Resoluciones 788 de 2019 y 051 de 2020 y demás disposiciones que le sean contrarias. PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de febrero del año 2024.

DANIEL ANDRÉS GARCÍA CAÑÓN

Director General

Nota: Ver norma original en Anexos.

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