Decreto Local 002 de 2024
Decreto Local 002 de 2024 Alcaldía Local de Tunjuelito
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 002
- Año
- 2024
- Fecha
- 1 de febrero de 2024
- Entidad
- Alcaldía Local de Tunjuelito
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 002 DE 2024
(Febrero 01)
_Por el cual se instala el Consejo de Planeación Local de la Localidad Sexta de Tunjuelito_
EL ALCALDE LOCAL DE TUNJUELITO
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en los numerales 1° y 13 del artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 22° del Acuerdo 878 de 2023, y
CONSIDERANDO:
## Que de conformidad con el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#2)° de la Constitución Política entre los fines esenciales del Estado se establece el de garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución y facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación.
Que el artículo [32](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=186#32) de la Ley 489 de 1998, modificado por el artículo [78](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43292#78) de la Ley 1474 de 2011, establece que todas las entidades y organismos de la Administración Pública tienen la obligación de desarrollar su gestión acorde con los principios de democracia participativa y democratización de la gestión pública; para lo cual podrán realizar todas las acciones necesarias con el objeto de involucrar a los ciudadanos y organizaciones de la sociedad civil en la formulación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública.
Que el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#38) de la Constitución Política de Colombia establece que: “ _se garantiza el derecho de libre asociación para el desarrollo de las distintas actividades que las personas realizan en sociedad”._ Que el Estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública que se establezcan.
Que el 10 de febrero de 2023, el Concejo de Bogotá, expidió el Acuerdo [878](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399), “ _Por medio del cual se dictan lineamientos para el Sistema Distrital de Planeación, la creación de planes de desarrollo, se garantiza la participación ciudadana en el Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”_ __ Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399#20), capítulo IV del Acuerdo 878 de 2023, En cada una de las localidades del Distrito Capital funcionará un Consejo de Planeación Local, el cual tendrá la naturaleza de ente consultivo y será la instancia de planeación en la localidad. Estará integrado por un representante de cada una de las siguientes organizaciones que cuente con asiento en la respectiva localidad. 1. Asociación de Juntas de Acción Comunal. 2. Asociaciones de Padres de Familia. 3. Organizaciones Juveniles incluidas las organizaciones estudiantiles 4. Rectores de Establecimientos educativos públicos y privados. 5. Organizaciones de Comerciantes y Mipymes. 6. Organizaciones de economía popular. 7. Organizaciones de vendedores informales. 8. Organizaciones de industriales. 9. Gerentes de establecimientos de salud pública local. 10. Organizaciones religiosas compuestas por: Misiones, confesiones religiosas, comunidades religiosas, organizaciones religiosas sociales. 11. Organizaciones ambientales. 12. Organizaciones artísticas, culturales y patrimoniales. 13. Organizaciones orientadas a la protección y bienestar animal. 14. Organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados. 15. Organizaciones de defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. 16. Organizaciones de mujeres que trabajan por el reconocimiento de sus derechos. 17. Organizaciones L.G.B.T.I.Q. 18. Representantes de comunidades afro- locales y palenqueros 19. Representantes de comunidades indígenas y étnicas. 20. Organizaciones campesinas. 21. Organizaciones de personas con Discapacidad. 22. Organizaciones de personas cuidadoras de esta población. 23. Organizaciones de representación de residentes de la propiedad horizontal. 24. Organizaciones de promoción y defensa de los derechos de las víctimas de graves violaciones de los Derechos Humanos, delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra de conformidad con la ley. 25. Representante de cada uno de los Consejos Locales que no cuente con representación en el consejo de planeación local. 26. Representantes de las Agremiaciones, colectivos o agrupaciones de Bici- usuarios y/o movilidad alternativa. 27. Representante de cada uno de los sectores nuevos o no reconocidos que surjan en el desarrollo de la localidad y que por su impacto se consideren pertinentes con su participación según la administración local. Los cuales una vez incluidos serán parte permanente del consejo permitiendo a cada nuevo gobierno la oportunidad de inclusión del mismo número de representantes si lo considera necesario, para lo cual se dejará la constancia correspondiente.
Que el Acuerdo [110](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=11017) del 29 de diciembre de 2003, creó “l _os Consejos Tutelares de los derechos de los niños y las niñas en el Distrito Capital_”, como organización de carácter cívico y comunitario, y determinó que estos elegirán sus representantes en los Consejos Locales de Planeación.
Que el Acuerdo [436](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=39293) del 29 de marzo de 2010, adicionó la representación para las “ _Organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados_”.
Que el Acuerdo [505](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=50845) del 5 de diciembre de 2012, “ _Por medio del cual se establece el Sistema Distrital de Atención Integral de Personas en condición de discapacidad en el Distrito Capital (…)”_, determinó que un (1) miembro de las organizaciones locales de las personas con discapacidad, hará parte de los respectivos Consejos Locales de Planeación (CPL).
Que en cumplimiento de la Circular Conjunta No. 002 de 2023 y en virtud del derecho a la participación ciudadana, se garantizó la representación de delegados y delegadas de las instancias de participación no incluidas en el Acuerdo [878](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399) de 2023 con presencia, vigencia y trabajo en la localidad.
Que una vez realizada la elección de cada uno de los representantes de los distintos sectores al CPL, de acuerdo a las calidades establecidas en el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399#8)° y los términos del artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399#21)1° del Acuerdo 878 de 2023, se procede como corresponde a realizar la respectiva instalación del Consejo de Planeación Local de Tunjuelito. En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Tunjuelito,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO: Instálese el Consejo de Planeación Local de Tunjuelito para que inicie sesiones y los consejeros y/o representantes desarrollen las tareas que les han sido encomendadas y a la vez para que materialicen las funciones determinadas en la normativa vigente. ARTÍCULO SEGUNDO: Expídase la certificación de los consejeros de las Asociaciones, Organizaciones y Sectores Locales al Consejo de Planeación Local de Tunjuelito para el periodo 2024 – 2027 a las siguientes personas, identificadas y designadas como se expresa a continuación: | REPRESENTANTES POR ORGANIZACIONES --- Asociación de Juntas de Acción Comunal. | JENNIFER DAYANA ACOSTA REINA | 52936925 ---|---|--- Organizaciones Juveniles incluidas las organizaciones estudiantiles | MARIA FERNANDA TORRES GALINDO | 1030697642 Rectores de Establecimientos educativos públicos y privados. | Delegado Dirección Local de Educación | N/A Organizaciones de Comerciantes y Mipymes. | RICARDO AVILES SEGURA | 79897145 Organizaciones de economía popular. | JOHANA VIETNMILA | 52727125 Organizaciones de vendedores informales. | MARIA ROCIO PEÑA AREVALO | 52730515 Organizaciones de industriales. | JOHN FREDDY HERNANDEZ VAQUERO | 79768949 Gerentes de establecimientos de salud pública local. | REYES MURILLO HIGUERA | 19412289 Organizaciones religiosas compuestas por: Misiones, confesiones religiosas, comunidades religiosas, organizaciones religiosas sociales. | AMALIA JENNETTE SANCHEZ GUIO | 51977988 Organizaciones ambientales. | ANDRES FELIPE NIETO OSORIO | 1013646003 Organizaciones artísticas, culturales y patrimoniales. | GLORIA INES GONZALEZ BRAVO | 39709375 Organizaciones orientadas a la protección y bienestar animal. | ANGELICA MARIA PRADA MURCIA | 52746234 Organizaciones de adulto/a mayor y/o de pensionados. | RUTH YOLANDA TINJACA LOZANO | 51551112 Organizaciones de defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescentes. | TANIA ESTEFANIA GUTIERREZ POVEDA | 1022961102 Organizaciones de mujeres que trabajan por el reconocimiento de sus derechos. | LUZ ALBA GALEANO RUEDA | 51659080 Organizaciones L.G.B.T.I.Q. | FREDDY ALEJNDRO SUAREZ CASALLAS | 80258594 Representantes de comunidades afro- locales y palenqueros | MARITZA BONILLA ACEBEDO | 66989699 Representantes de comunidades indígenas y étnicas. | LUIS ALBERTO QUITIAQUEZ ERIRA | 5212568 Organizaciones de personas con Discapacidad. | ANDREA KATERINNE NIETO HERNANDEZ | 1001055096 Organizaciones de personas cuidadoras de esta población. | YAKELINE BELTRAN GILON | 51879722 Organizaciones de representación de residentes de la propiedad horizontal. | MANUEL ALFEDO MUÑOZ GUTIERREZ | 79728693 Organizaciones de promoción y defensa de los derechos de las víctimas de graves violaciones de los Derechos Humanos, delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra de conformidad con la ley. | MARIA STELLA CABALLERO BELTRAN | 40366301 Representantes de las Agremiaciones, colectivos o agrupaciones de Bici- usuarios y/o movilidad alternativa. | MARIA EUGENIA DUSSAN DUITAMA | 39715063 REPRESENTANTE DE CADA UNO DE LOS SECTORES NUEVOS O NO RECONOCIDOS --- Espacio Cívico de Tunjuelito | LINA BEATRIZ TERAN CASTRO | 36557361 Veeduría ciudadana de Tunjuelito | GUILLERMO URBINA ALGECIRA | 19444162 Medios Comunitarios de la Localidad de Tunjuelito | JEIMMY MARCELA SUAREZ | 39676440 Consejo Tutelar | ANA LEONOR BOLIVAR RAMIREZ | 41717012 Plataforma Local de Juventud. | KEVIN DANIEL BALCARCEL CEDIEL | 1022423322 REPRESENTANTE DE CADA UNO DE LOS CONSEJOS LOCALES QUE NO CUENTE CON REPRESENTACIÓN EN EL CONSEJO DE PLANEACIÓN LOCAL. --- Consejo Local de Riesgo | RAFAEL ESCALANTE SALCEDO | 73076639 Consejo Local de Juventud | DANY ENMANUEL PEREZ RUBIO | 1000935713 Consejo Local de Break Dance y Danzas Urbanas | OSCAR DAVID DOMINGUEZ FACUNDO | 1033697108 Consejo Local de Sabios y Sabias | PABLO MIGUEL GARCES GARCIA | 6872429 Consejo Local de Vendedores Informales | MARIA DEL CARMEN HIPOLITO | 41726297 Consejo Local de Discapacidad | LEIDY ALEJANDRA SANCHEZ GARCIA | 1033734624 Comisión Ambiental Local | KAREN ANDREA ALMANZA PEREZ | 1022403866 | | | | ARTÍCULO TERCERO: Los miembros del Consejo de Planeación Local tendrán un período igual al término del Plan de Desarrollo Local conforme a lo establecido en el artículo [24](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399#24) del Acuerdo 878 de 2023.
ARTÍCULO CUARTO: El Consejo de Planeación Local deberá cumplir con las funciones y atribuciones contempladas en los artículos [25](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399#25) y [26](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=136399#26), así como con las demás disposiciones que rigen el Acuerdo 878 de 2023.
ARTÍCULO QUINTO: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su expedición.
ARTÍCULO SEXTO: Contra el presente decreto no procede recurso alguno, de conformidad con lo establecido en el artículo [74](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#74) del Código de procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 01 días del mes de febrero del año 2024.
JOSEPH SWITER PLAZA PINILLA
Alcalde Local de Tunjuelito
Nota: Ver norma original en Anexos.
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