Circular Externa 041 de 2025
Circular Externa 041 de 2025 Ministerio de Salud y Protección Social
- Tipo
- Circular Externa
- Número
- 041
- Año
- 2025
- Fecha
- 23 de diciembre de 2025
- Entidad
- Ministerio de Salud y Protección Social
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
CIRCULAR EXTERNA 041 DE 2025
(Diciembre 23) PARA: ENTIDADES TERRITORIALES DEPARTAMENTALES Y DISTRITALES O LA ENTIDAD QUE EJERZA SUS COMPETENCIAS: ENTIDADES TERRITORIALES MUNICIPALES Y EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO - ESE
DE: MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL
ASUNTO: ACTUALIZACIÓN DEL LINEAMIENTO PARA LA FORMULACIÓN, ACTUALIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS PROGRAMAS TERRITORIALES DE REORGANIZACIÓN, REDISEÑO Y MODERNIZACIÓN DE LAS REDES DE LAS EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO - PTRRMR
FECHA: 23 DIC 2025 El Ministerio de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus funciones de rectoría del Sistema de Salud y en cumplimiento de las competencias establecidas en el artículo [156](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43101#156) de la Ley 1450 de 2011, expide la presente Circular Externa por medio de la cual se actualiza el lineamiento para la formulación, actualización y ejecución de los Programas Territoriales de Reorganización, Rediseño y Modernización de las Redes de las Empresas Sociales del Estado (PTRRMR). Dicho Lineamiento constituye un instrumento técnico y estratégico para fortalecer la red pública de servicios de salud en el país y garantizar el acceso equitativo y de calidad a los servicios de salud, así como la integralidad, continuidad y resolutividad del cuidado de la salud de las personas, familias y comunidades desde la promoción de la salud, la prevención de la enfermedad, el diagnóstico, el tratamiento, la rehabilitación y los cuidados paliativos. Al respecto, la Ley 1751 de 2011 define el derecho a la salud como autónomo e irrenunciable en lo individual y en lo colectivo y establece que: _"el Estado adoptará políticas para asegurar la igualdad de trato y oportunidades en el acceso a las actividades de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación para todas las personas_ " así mismo, integra en la garantía y mecanismos de protección del derecho fundamental a la salud la organización del sistema de salud en redes integrales de servicios de salud. La Ley 1450 de 2011, correspondiente al Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014, en su artículo [156](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43101#156), crea los Programas Territoriales de Reorganización. Rediseño y Modernización de las Redes de las ESE (PTRRMR), como instrumentos de planeación técnica y territorial orientados al fortalecimiento de la red pública de servicios de salud, y otorga a este ministerio, la facultad de viabilización de los programas de cada entidad territorial, determinando para ello, definir el proceso de aprobación, la metodología, los criterios e indicadores que deben contener estos programas, los cuales deben considerar lo dispuesto en la Ley [1438](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41355) de 2011. Por su parte, la Ley [1438](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41355) de 2011 adopta la estrategia de Atención Primaria en Salud y define su implementación con el fortalecimiento de los servicios de baja complejidad, la conformación de Equipos Básicos de Salud y la definición de redes integradas de servicios de salud. En consecuencia, mediante la presente Circular se actualiza la _"Guia metodológica: Programas Territoriales de Reorganización, Rediseño y Modernización de las Redes de las Empresas Sociales del Estado (ESE)",_ expedida por esta cartera ministerial en el año 2021, a través de la expedición del "_Lineamiento para la formulación, actualización y ejecución de los Programas Territoriales de Reorganización. Rediseño y Modernización de las Redes de las Empresas Sociales del Estado - PTRRMR_ ", el cual se armoniza con el Plan Nacional de Desarrollo, el Plan Decenal de Salud Pública, el Plan Maestro de Inversiones en Infraestructura y Dotación, y con la demás normatividad vigente aplicable. En este marco, el Lineamiento del PTRRMR se constituye como la herramienta de planeación y gestión territorial que operacionaliza los principios del derecho fundamental a la salud y de las políticas públicas nacionales en salud en los territorios. Su implementación permite fortalecer la equidad territorial en el acceso, optimizar la capacidad, consolidar redes públicas resolutivas, sostenibles e integradas, y fortalecer el nivel primario como base estructural y resolutiva del sistema de salud. Así mismo, se establecen las directrices necesarias para su aplicación por parte de las entidades territoriales y de las Empresas Sociales del Estado (ESE). En el nivel nacional, el Ministerio de Salud y Protección Social ejercerá su función rectora, orientando la definición de políticas, la expedición de lineamientos técnicos, el fortalecimiento de capacidades institucionales y la evaluación de los PTRRMR. En el nivel departamental y distrital, las entidades territoriales, o la instancia que haga sus veces, serán responsables de formular, actualizar y ejecutar los PTRRMR. asi como de coordinar la red pública de prestación de servicios de salud y articular su implementación con los municipios. En el nivel municipal, las Empresas Sociales del Estado (ESE) serán las encargadas de implementar las estrategias de reorganización, fortalecimiento y modernización de la red, en coherencia con el PTRRMR departamental o distrital correspondiente. Las entidades territoriales departamentales y distritales contarán con un plazo máximo de tres (3) meses para adelantar la formulación o actualización del PTRRMR en sus respectivos territorios, así como para definir los mecanismos de coordinación, seguimiento y reporte de avances. Dichas actualizaciones deberán ser remitidas al Ministerio de Salud y Protección Social para su correspondiente evaluación y aprobación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley [1450](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=43101) de 2011 y conforme al sistema de monitoreo, indicadores y niveles de madurez definidos en el Lineamiento. El Ministerio de Salud y Protección Social viabilizará los Programas Territoriales de Reorganización, Rediseño y Modernización de las Redes de las Empresas Sociales del Estado que sean formulados, actualizados o ajustados por los departamentos y distritos, verificando su coherencia con el marco normativo vigente, los estándares técnicos, las necesidades territoriales y los demás instrumentos de planeación territorial y sectorial aplicables. Esta viabilización constituye un requisito para la ejecución y articulación de las acciones previstas en cada PTRRMR. Finalmente, el Ministerio de Salud y Protección Social brindará acompañamiento metodológico, asistencia técnica y seguimiento permanente a las entidades territoriales, promoviendo la articulación interinstitucional, el fortalecimiento de capacidades locales y el intercambio de experiencias exitosas para una implementación efectiva y sostenible del presente Lineamiento. En el siguiente consultar el lineamiento: https://www.minsalud.gov.co/sites/rid/Lists/BibliotecaDigital/RIDE/VS/PSA/lineamiento-formulacion-ptrrmr.pdf. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C, a los 23 días del mes de diciembre del año 2025.
GUILLERMO ALFONSO JARAMILLO MARTÍNEZ
Ministro de Salud y Protección Social
Aprobó: David Scoll Jervis Jalabe. Director de Prestación de Servicios y Atención Primaria Vo. Bo. Jaime Hernán Urrego Rodríguez - viceministro de Salud Pública y Prestación Rodolfo Enrique Salas Figueroa. Director Jurídico (E).
NOTA: Ver norma original y Anexos.
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