Decreto Local 020 de 2025
Decreto Local 020 de 2025 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 020
- Año
- 2025
- Fecha
- 30 de diciembre de 2025
- Entidad
- Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 020 DE 2025
(30 de diciembre)
_Por el cual se realiza una reducción al Presupuesto anual de Ingresos y de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025._ LA ALCALDESA LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
La Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 y la Ley 2116 de 2021, y el numeral 32.3 del artículo 32 del Decreto 158 de 2025 y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Ley [1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027) de 1993, se expidió el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá. Que, el congreso de la República expidió la Ley [2116](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115559) de _2021 "Por Medio de la cual se Modifica el Decreto Ley[1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027) de 1993, referente al Estatuto Orgánico de Bogotá",_ cuyo articulado modificó algunos artículos del Decreto Ley [1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027) de 1993, en aplicación de los principios de descentralización, desconcentración, delegación, pluralismo, transparencia y eficiencia. Que, la Ley [2116](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115559) de 2021, modificó lo concerniente a las atribuciones que tienen los alcaldes locales.
Que de conformidad con el artículo 32 del Decreto 158 de 2025, (...)[32.3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#32.n.32.3) _. "Por medio del cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local_ ” determina que la Redacción _"Es la disminución de las apropiaciones presupuestales que deberá efectuarse por decreto del alcalde local cuando se estime que les recaudos del año puedan ser inferiores al total de los gastos y obligaciones presupuestados.”_ Que Adicionalmente, el artículo citado establece que _"En caso de una caída en el recaudo de los Ingresos Corrientes de la Administración Central, el alcalde local, con base en la comunicación enviada por la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, expedirá el respectivo decreto de reducción."_ Que, mediante el Acuerdo Local número [007](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=173137) de 2024, la Junta Administradora Local aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, el cual fue debidamente sancionado por la Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe, mediante Decreto Local No. 022 del 19 de diciembre de 2025. Que, la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe, mediante el Decreto Local [023](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=171043) de 2024, expidió el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión para la vigencia fiscal de 2025, en el cual se incluyeron diversas imputaciones presupuestales como parte de la ejecución del Plan de Desarrollo Local y los recursos asociados a cada uno de los proyectos de inversión. Que, mediante Circular Externa No. DDP-000010 del 23 de septiembre de 2025, emitida por la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, se comunicó a los 20 Fondos de Desarrollo Local la necesidad de realizar una reducción presupuestal en los gastos de inversión. Esta medida responde a la reciente dinámica observada en los ingresos del Distrito, evidenciándose una disminución en el recaudo proyectado de los ingresos corrientes de la administración central para la vigencia fiscal 2025. Que, la Secretaria Distrital de Planeación (SDP), a través de la comunicación 2-2025-69625, emitió concepto favorable a la reducción en el presupuesto de inversión del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe. Que, el Decreto 681 del 30 de diciembre de 2025 _"Por medio del cual se realiza una reducción al Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2025_ ”, se redujo las transferencias de los Fondos Desarrollo Local-FDL- en el presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto-Unidad Ejecutora 02. Esto en observancia a lo dispuesto en la Circular Externa No. DDP-000010 del 23 de septiembre de 2025, y de conformidad con las causales para reducción dispuestas en el artículo [64](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#64) del Decreto 714 de 1996, el numeral 3.2.1.5. de la Resolución No. SDH-000191 de 2017. Que, en el referido decreto de reducción, se contempló una disminución de TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTE OCHO MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL PESOS MCТЕ ($3.828.211.000) en la transferencia destinada a la inversión del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe. Que, con cargo a los rubros de gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local Rafael Uribe Uribe, se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal número 1638 por valor total de TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTE OCHO MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL PESOS MCTE ($3.828.211.000). Que, de conformidad con lo anterior, se requiere reducir el Presupuesto Anual de Ingresos y de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Loca de Rafael Uribe Uribe de la vigencia 2025, en la suma TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTE OCHO MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL PESOS MСТЕ ($3.828.211.000). Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1º.
Reducción en ingresos. Redúzcase el Presupuesto Anual de Ingresos, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, en la suma TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTE OCHO MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL PESOS MCTE ($3.828.211.000) según el siguiente detalle: | 0018-01 | FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE | 3.828.211.000 ---|---|--- O1 | Ingresos | 3.828.211.000 O11 | Ingresos corrientes | 3.828.211.000 O1102 | Ingresos no tributarios | 3.828.211.000 O110206 | Transferencias corrientes | 3.828.211.000 O110206006 | A otras entidades del gobierno general | 3.828.211.000 O11020600606 | Otras unidades de gobierno | 3.828.211.000 | Total Reducción Presupuesto de Ingresos | 3.828.211.000
Artículo 2º.
- Reducción en gastos. Redúzcase el Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025, en la suma TRES MIL OCHOCIENTOS VEINTE OCHO MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL PESOS MCTE ($3.828.211.000),** según el siguiente detalle:
0018-01 | FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE | 3.828.211.000 ---|---|--- O2 | GASTOS | 3.828.211.000 O23 | INVERSIÓN | 3.828.211.000 O2301 | Directa | 3.828.211.000 O230117 | Bogotá Camina Segura | 3.828.211.000 O2301174599 | Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial | 3.828.211.000 O230117459920242226 | Educación como eje del potencial humano en Rafael Uribe Uribe | 165.129.000 O230117459920242268 | Rafael Uribe Uribe cuida la vida | 596.376.623 O230117459920242532 | Rafael Uribe Uribe previene el feminicidio y las violencias contra las mujeres | 505.950.000 O230117459920242557 | Rafael Uribe Uribe saludable y con bienestar | 82.565.000 O230117459920242586 | Rafael Uribe Uribe con equipamientos culturales dignos y fortalecidos | 255.543.376 O230117459920242670 | Seguridad y convivencia en Rafael Uribe Uribe | 115.838.728 O230117459920242673 | Rafael Uribe Uribe cultural y artística | 1.132.738.000 O230117459920242732 | Rafael Uribe Uribe conectado con la comunidad | 254.484.000 O230117459920242737 | Rafael Uribe Uribe mejora la movilidad local | 135.425.000 O230117459920242761 | Rafael Uribe Uribe con acceso a una justicia integral | 358.673.688 O230117459920242778 | Paz y Reconciliación en Rafael Uribe Uribe | 225.487.585 | Total Reducción Gastos de Inversión | 3.828.211.000
Artículo 3º.
\- Una vez expedido el presente Decreto, a través de la Dirección Distrital de Presupuesto se incorporarán las modificaciones en el Sistema de Información Presupuestal.
Artículo 4º.
\- El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191964).
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C. a los 30 días del mes de diciembre del año 2025
DIANA CAROLINA SANCHEZ CASTILLO
Alcaldesa Local Rafael Uribe Uribe
Nota: Ver norma original en anexos.
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