Decreto Local 023 de 2025
Decreto Local 023 de 2025 Alcaldía Local de Fontibón
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 023
- Año
- 2025
- Fecha
- 29 de diciembre de 2025
- Entidad
- Alcaldía Local de Fontibón
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 023 DE 2025
(Diciembre 29)
_Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el presupuesto anual de gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, para la vigencia fiscal 2025_
ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 40 del Decreto 158 de 2025 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [40](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#40) del Decreto 158 de 2025, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local - F.D.L. Modificaciones Presupuestales: _“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente: (…)_ __ _Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. (…)”. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (…)”. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L._ _Que la Resolución No. SHD-000191_ del 22 de septiembre de 2017 “Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital _”,_ expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda _,_ dicho manual define en su capítulo 3.9.1 Traslado presupuestal, lo siguiente: _Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión._ Que el decreto [192](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838) del 02 de junio de 2021. “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones _”_ y tiene por objeto reglamentar las normas orgánicas en materia presupuestal y demás normas de hacienda pública que rigen al Distrito Capital.
Que así mismo la citada disposición en su artículo [10°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) _señala: “…Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos_ _requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda \- Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación._ _Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)…”_ Que el artículo [32](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#32) del Decreto 158 de 2025, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local - F.D.L. Modificaciones Presupuestales: _“Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:_ _32.1. Traslado Presupuestal:__Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. (…)”. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (…)”. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L._ _Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesta. (…)_ Que, al revisar la ejecución con corte al 26 de diciembre de 2025, del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón y en cumplimiento de las metas del Plan Anual de Adquisiciones se evidenció: Que, el concepto de gasto presupuestal - rubro _O2120201003053529901 Botiquines para emergencia_, en la presente vigencia cuenta con un saldo de apropiación disponible susceptible para un traslado de $600.000, actualmente presenta un saldo disponible de $600.000. Que, el concepto de gasto presupuestal - rubro O2120201003053544203 Mezclas químicas para extintores, en la presente vigencia cuenta con un saldo de apropiación disponible susceptible para un traslado de $4.536.998, actualmente presenta un saldo disponible de $4.536.998. Que, el concepto de gasto presupuestal - rubro O2120201004024299921Soportesmetálicospara fumigadoras y extinguidores, en la presente vigencia cuenta con un saldo de apropiación disponible susceptible para un traslado de $531.090, actualmente presenta un saldo disponible de $531.090. Que, el concepto de gasto presupuestal - rubro O2120201004034392302Extinguidoresde incendio, en la presente vigencia cuenta con un saldo de apropiación disponible susceptible para un traslado de $7.740.658, actualmente presenta un saldo disponible de $7.740.658. Que teniendo en cuenta que la Alcaldía Local de Fontibón presenta la necesidad de realizar mantenimiento de tipo locativo en cada una de la sus sedes, se hace necesario adelantar las gestiones correspondiente para realizar la adición a los rubros _O2120201003053511008Pinturassintéticas (oleorresinosas)_ por un valor de $2.376.025; _O2120201003053542006 Pegantes sintéticos_ por un valor de $1.032.721; _O2120201003073737001 Azulejos y baldosas de porcelana_ por un valor de $5.000.000 y _O2120201004064651009 Lámparas eléctricas industriales_ por un valor de $ 5.000.000. Que, la Alcaldía Local de Fontibón, con el objetivo de garantizar una planta física en óptimas condiciones para el adecuado desarrollo de las actividades de los funcionarios, contratistas y la ciudadanía en general, suscribió un contrato de suministro de elementos de ferretería destinados a la ejecución de mantenimientos locativos, preventivos y correctivos. Dicho contrato, identificado con el No. FDLF-CSU-525-2025, fue suscrito con el contratista COMERCIALIZADORA ELECTROCON S.A.S., identificado con NIT 830.073.899-8. Que, el objeto del contrato consiste en el suministro de elementos de ferretería requeridos para la ejecución de arreglos locativos en la infraestructura de la Alcaldía Local de Fontibón. Dichos insumos son utilizados en actividades de plomería, mantenimiento eléctrico, adecuación y reparación de mobiliario, cambio de tabletas de piso, trabajos de pintura, entre otros. Que, a través del contrato de ferretería, la Alcaldía Local de Fontibón garantiza la disponibilidad oportuna de herramientas y materiales necesarios para mantener en óptimas condiciones todas las sedes que conforman su estructura administrativa, contribuyendo al bienestar y la seguridad de los funcionarios, contratistas y ciudadanos que hacen uso de dichas instalaciones. Que, aunado a lo anterior, actualmente se vienen adelantando reparaciones y mejoras de tipo locativo indispensables para el adecuado funcionamiento y embellecimiento de las instalaciones de todas las sedes de la administración local, razón por la cual resulta necesario asegurar el suministro continuo de los elementos de ferretería requeridos para la ejecución de dichos mantenimientos. Que, el contratista COMERCIALIZADORA ELECTROCON S.A.S, mediante carta de manifestación de interés radicada en el CDI de la Alcaldía Local de Fontibón, acepta la modificación contractual con el fin de apropiar los recursos necesarios para realizar la Adición No. 1. Que, el concepto de gasto presupuestal - rubro O2120201003073791009 Paños y telas abrasivas para aseo y limpieza, en la presente vigencia cuenta con un saldo de apropiación disponible susceptible para un traslado de $1.334.098, actualmente presenta un saldo disponible de $1.334.098 Que, la Alcaldía Local de Fontibón, con el fin de garantizar la continuidad en la prestación del servicio de aseo y cafetería, para evitar interrupciones en las labores administrativas de la entidad, requiere aumentar la apropiación en los rubros: _O2120201003023219302 Papel sanitario_ _Fraccionado_ por un valor de: _$612.457_ _yO2120201003023219907 Vasos de papel o cartón_ por un valor de $721.641 Que, el concepto de gasto presupuestal - rubro O21202020080585951 Servicios de copia y reproducción, en la presente vigencia cuenta con un saldo de apropiación disponible susceptible para un traslado de $9.661.084, actualmente presenta un saldo disponible de $9.661.084. Que, el concepto de gasto presupuestal - rubro O21202020080383143 Software originales, en la presente vigencia cuenta con un saldo de apropiación disponible susceptible para un traslado de $2.600.000, actualmente presenta un saldo disponible de $2.600.000 Que, la Alcaldía Local de Fontibón, requiere realizar la apropiación de los recursos que permitan adicionar el contrato de vigilancia que actualmente se encuentra en ejecución, para contratar el personal idóneo y especializado 24 horas armado, para la prestación del servicio de seguridad privada en el inmueble que va a funcionar como Casa de la Participación. Que, el inmueble Casa de la Participación lo recibió la Alcaldía Local de Fontibón en calidad de comodato por parte del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público DADEP. De modo que, resulta prioritario para la entidad garantizar la prestación del servicio de seguridad y vigilancia privada durante las 24 horas del día, de domingo a domingo. Por tal motivo, se hace indispensable realizar una modificación contractual, adición No. 1, al contrato actualmente en ejecución, con el fin de incorporar los recursos necesarios que permitan la cobertura de dicho servicio en este nuevo espacio. Que, en todas las instalaciones donde se encuentran ubicadas las diferentes dependencias del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón están expuestas a diversos riesgos que pueden comprometer la seguridad de los funcionarios, los ciudadanos y los bienes públicos, tales como: computadores, impresoras, equipos tecnológicos, mobiliario y demás elementos de oficina, archivo institucional, se hace imperativo contar con un servicio de vigilancia y seguridad privada acorde con la normativa vigente. Por tal razón, resulta necesario realizar una modificación al contrato de vigente. Por tal razón, resulta necesario realizar una modificación al contrato de prestación del servicio de vigilancia, con el fin de garantizar la continuidad del mismo y asegurar la protección integral en el nuevo inmueble que administrará el Fondo de Desarrollo Local. Esta medida permitirá prevenir posibles situaciones adversas, tales como la invasión del espacio u otra que se derive, circunstancias que puedan afectar la integridad de las instalaciones, las personas y los bienes públicos. Que, resulta prioritario para la entidad garantizar la prestación del servicio de seguridad y vigilancia privada de manera continua durante las 24 horas del día, de domingo a domingo. Por tal motivo, se hace indispensable realizar una modificación contractual, no sólo para ampliar el plazo de ejecución y los recursos que van a amparar el cumplimiento de las actividades realizadas por el personal contratado a través de la empresa de SEGURIDAD PRIVADA COSMOS, sino, también, incluir el nuevo personal en la Casa de la Participación. Que, con el fin de incorporar los recursos necesarios que permitan asegurar la cobertura del servicio en este nuevo inmueble, teniendo en cuenta el incremento dela tarifa establecido por la superintendencia de vigilancia y seguridad privada, conforme a la circular vigente. Que, en consecuencia, y teniendo en cuenta que el nuevo espacio recibido en calidad de comodato puede estar expuesto a riesgos que comprometan la seguridad del inmueble y de la población del sector, resulta fundamental garantizar la protección integral de dicho bien, evitando así posibles situaciones adversas, como la invasión del espacio u otros eventos que puedan afectar su integridad. No obstante, se debe aclarar lo siguiente: el inmueble fue recibido formalmente por el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón varios meses después de la adjudicación del actual contrato de vigilancia y seguridad privada, motivo por el cual no fue posible contemplarlo dentro de la planeación inicial de dicho proceso contractual. De ahí la importancia de adelantar la modificación contractual con el recurso que es susceptible de trasladar. Que, el contratista AGROBOLSA - SEGURIDAD COSMOS, mediante carta de manifestación de interés radicada en el CDI de la Alcaldía Local de Fontibón, acepta la modificación contractual con el fin de apropiar los recursos necesarios para realizar la Adición No. 1 y cubrir el ajuste en el valor del contrato, de conformidad con el incremento tarifario establecido en la resolución expedida por la superintendencia de vigilancia y seguridad privada.
Que teniendo en cuenta que la Alcaldía Local de Fontibón presenta la necesidad de garantizar el servicio de vigilancia y seguridad privada en cada una de sus sedes, se hace necesario adelantar las gestiones correspondientes para realizar la adición al rubro _021202020080585250 Servicios de protección (guardas de seguridad)_ por un valor de $12,261.084 Que, el concepto de gasto presupuestal rubro _021202020060363399 Otros servicios de suministro de comidas,_ en la presente vigencia cuenta con un saldo de apropiación disponible susceptible para un traslado de $56.638.224, actualmente presenta un saldo disponible de $56.638.224 Que, la Alcaldía Local de Fontibón adelantó un proceso de contratación a través del Acuerdo Marco de Precios CCE-SNG-AMP-008-2025, cuyo objeto fue la adquisición del servicio integral de aseo y cafetería. No obstante, al momento del cierre del evento 204390-2025, mediante el cual se seleccionó el proveedor adjudicatario, la UNION TEMPORAL PLUS 5G, identificada con Nit. 901.901.756-4, se identificó que la orden de compra presentó un descuento del 14,09% frente al presupuesto oficial. Que, dichos recursos resultantes del descuento son susceptibles de un traslado presupuestal, con el fin de ampliar el plazo de ejecución de la orden de compra, en concordancia con el presupuesto inicialmente destinado para la contratación. Que, la UNION TEMPORAL PLUS 5G mediante carta de manifestación de interés del 26 de diciembre de 2025, radicada en el CDI de la Alcaldía Local de Fontibón, presentó su interés para realizar la modificación contractual, adición No. 1 y prorroga No 1 a la Orden de Compra 158611-2025.
Que teniendo en cuenta que la Alcaldía Local de Fontibón presenta la necesidad de garantizar el servicio integral de asco y cafetería en cada una de sus sedes, se hace necesario adelantar las gestiones correspondientes para realizar la adición al rubro 021202020080585330 Servicios de limpieza general por un valor de $56.638.224 Que, el traslado presupuestal que se presenta hasta aquí permitirá el desarrollo de las actividades de mantenimiento locativo, preventivo y correctivo en la sedes de la Alcaldía Local para evitar su deterioro por el eso continuo, al mismo tiempo que se garantizan espacios idóneos para una correcta prestación del servicio y atención de la ciudadanía; también se tendrán espacios limpios, embellecidos, y se propenderá por la preservación y cumplimiento de las normas de higiene necesarias para garantizar la adecuada prestación del servicio de aseo y cafetería en las diferentes sedes de la Alcaldía Local de Fontibón y al mismo tiempo, se va lograr tener un control riguroso con los residuos producidos en la Alcaldía Local; finalmente, se podrá garantizar la prestación del servicio de vigilancia privada, 24 horas los 7 días de la semana en todas la sedes de la Alcaldía Local, al mismo tiempo que se garantizan los recursos para cubrir los incrementos tarifarios acorde a la resolución vigente y la proyección del incremento para el 2026 según la superintendencia de vigilancia y seguridad privada. En ese orden de ideas, se requiere aumentar los rubros en un total de _OCHENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS PESOS $83.642.152_, con el fin de asegurar la continuidad de los servicios contratados. _Que, los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto._ __ _Que, se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda -Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros de los gastos de personal, adquisición de bienes y servicios, obligaciones por pagar, transferencias corrientes, gastos por tributos, tasas y contribuciones, multas, sanciones e intereses de mora._ Que, teniendo en cuenta la misionalidad de la entidad, la Alcaldía Local de Fontibón, está encargada del acompañamiento, orientación y la articulación de los servicios dirigidos a toda la ciudadanía de la localidad de Fontibón, por tanto, se hace necesario garantizar la adecuada prestación del servicio integral de asco y cafetería, vigilancia y mantenimiento locativo, en cada una de las sedes que se encuentran a su cargo o bajo su administración. Que, por lo anterior, existen OCHENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y DOS PESOS $83.642.152, disponibles, que pueden ser contraacreditados en un traslado presupuestal. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, la alcaldesa Local de Fontibón,
DECRETA:
PRIMERO: Efectúese los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2025 correspondiente al Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle: | CODIGO | CONCEPTO | VALOR | ---|---|---|--- O2 | Gastos | $83.642.152 | O21 | Funcionamiento | $83.642.152 | O212 | Adquisición de bienes y servicios | $83.642.152 | O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | $83.642.152 | O2120201 | Materiales y suministros | $ 14.742.844 | O2120201003 | Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo) | $ 6.471.096 | O212020100305 | Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre) | $ 5.136.998 O2120201003053529901 | Botiquines para emergencia | $600.000 O2120201003053544203 | Mezclas químicas para extintores | $4.536.998 O212020100307 | Vidrio y productos de vidrio y otros productos no metálicos n.c.p. | $ 1.334.098 O2120201003073791009 | Paños y telas abrasivas para aseo y limpieza | $1.334.098 O2120201004 | Productos metálicos y paquetes de software | $ 8.271.748 O212020100402 | Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo) | $ 531.090 O2120201004024299921 | Soportes metálicos para fumigadoras y extinguidores portátiles | $531.090 O212020100403 | Máquinas para uso general | $ 7.740.658 O2120201004034392302 | Extinguidores de incendio | $7.740.658 O2120202 | Adquisición de servicios | $ 68.899.308 O2120202006 | Servicios de alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua | $ 56.638.224 O212020200603 | Alojamiento; servicios de suministros de comidas y bebidas | $ 56.638.224 O21202020060363399 | Otros servicios de suministro de comidas | $56.638.224 O2120202008 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | $ 12.261.084 O212020200803 | Servicios profesionales, científicos y técnicos (excepto los servicios de investigación, urbanismo, jurídicos y de contabilidad) | $ 2.600.000 O21202020080383143 | Software originales | $2.600.000 O212020200805 | Servicios de soporte | $ 9.661.084 O21202020080585951 | Servicios de copia y reproducción | $9.661.084 TOTAL CONTRACREDITOS | $83.642.152**
SEGUNDO: Efectúense los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle:
| CODIGO | CONCEPTO | | VALOR ---|---|---|---|--- | O2 | Gastos | $ | 83.642.152 | O21 | Funcionamiento | $ | 83.642.152 | O212 | Adquisición de bienes y servicios | $ | 83.642.152 | O21202 | Adquisición diferentes de activos | $ | 83.642.152 | O2120201 | Materiales y suministros | $ | 14.742.844 | O2120201003 | Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo) | $ | 9.742.844 | O212020100302 | Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos similares | $ | 1.334.098 | O2120201003023219302 | Papel sanitario fraccionado | $ | 612.457 | O2120201003023219907 | Vasos de papel o cartón | $ | 721.641 | O212020100305 | Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre) | $ | 3.408.746 | O2120201003053511008 | Pinturas sintéticas (oleorresinosas) | $ | 2.376.025 | O2120201003053542006 | Pegantes sintéticos | $ | 1.032.721 | O212020100307 | Vidrio y productos de vidrio y otros productos no metálicos n.c.p. | $ | 5.000.000 | O2120201003073737001 | Azulejos y baldosas de porcelana | $ | 5.000.000 | O2120201004 | Productos metálicos y paquetes de software | $ | 5.000.000 | O212020100406 | Maquinaria y aparatos eléctricos | $ | 5.000.000 | O2120201004064651009 | Lámparas eléctricas industriales | $ | 5.000.000 | O2120202 | Adquisición de servicios | $ | 68.899.308 | O2120202008 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | $ | 12.261.084 | O212020200805 | Servicios de soporte | $ | 68.899.308 O21202020080585250 | Servicios de protección (guardas de seguridad) | $ | 12.261.084 | O21202020080585330 | Servicios de limpieza general | $ | 56.638.224 | | TOTAL CRÉDITOS | $ | 83.642.152 | | | | | | | | | Artículo 3º.- Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su cargo.
Artículo 4º. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191955).
COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en la ciudad de Bogotá, D.C. a los 29 días del mes de diciembre del año 2025.
PAOLA ANDREA OSORIO LOZANO
Alcaldesa Local de Fontibón
Nota: Ver norma original en Anexos.
¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.
Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.
Preguntar al asistenteSi ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.
También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.
Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.
Documentos relacionados
-
Decreto Local 008 de 2025
DECRETO LOCAL 008 DE 2025 (Septiembre) Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Fondo de Desarrollo Ru…
-
Decreto Local 008 de 2020
Por el cual se Conforma y reconoce a los miembros elegidos del Consejo de Planeación Local de Usaquén 2020-2023 EL ALCALDE LOCAL DE USAQUÉN, (E) En uso de sus …
-
Decreto Local 005 de 2014
DECRETO LOCAL 005 DE 2014 Por el cual se convoca a los integrantes de la Junta Zonal de Seguridad y Convivencia de la Localidad de Antonio Nariño, de la anteri…
-
Decreto Local 004 de 2007
DECRETO LOCAL 004 DE 2007 "Por medio del cual se conforma la Comisión Ambiental Local, de acuerdo al decreto 697 de 1993, LA ALCALDÍA LOCAL DE LOS MÁRTIRES En …
-
Decreto Local 013 de 2004
DECRETO LOCAL 013 DE 2004 Por medio del cual se liquida el Acuerdo Local No. 006 de 2004, mediante el cual se aprueba el Presupuesto de la Localidad de Chapine…