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Decreto Local 017 de 2025

Decreto Local 017 de 2025 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Tipo
Decreto Local
Número
017
Año
2025
Fecha
22 de diciembre de 2025
Entidad
Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 017 DE 2025

(Diciembre 22)

_Por el cual se liquida el Presupuesto Anual de ingresos y Gastos de la Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026_

La Alcaldesa Local de Rafael Unbe Uribe, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993 y la Ley 2116 de 2021, y el articulo 20 del Decreto 158 de 2025 y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Ley[1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027) de 1993, se expidió el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá. Que, el congreso de la República expidió la Ley[2116](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115559) de 2021 "Por Medio de la cual se Modifica el Decreto Ley [1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027) de 1993, referente al Estatuto Orgánico de Bogotá, cuyo articulado modificó algunos artículos del Decreto Ley [1421](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027) de 1993, en aplicación de los principios de descentralización, desconcentración, delegación, pluralismo, transparencia y eficiencia. Que, la Ley[2116](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=115559) de 2021, modificó lo concerniente a las atribuciones que tienen los alcaldes locales. Que, el artículo [20](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#20) del Decreto 158 de 2025, establece: _"Decreto de Liquidación del Presupuesto. Corresponde al alcalde local expedir el Decreto de Liquidación del Presupuesto del respectivo FDL. a nivel de programas y proyectos, de conformidad con el plan de cuentas presupuestal. En la elaboración de este Decreto el alcalde local tendrá en cuenta las siguientes pautas:_ __ _1. Tomará como base el Acuerdo de Presupuesto aprobado por la JAL o el Decreto de Expedición del Presupuesto, según sea el_ __ _2. El Plan de Cuentas Presupuestal establecido por la Secretaria Distrital Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto;_ __ _3. El anexo de programas y proyectos conforme a las modificaciones aprobadas en los debates."_ Que, mediante el _Acuerdo No.[006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192524#20) del 15 de diciembre de 2025_, la Junta Administradora Local aprobó el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 enero y el 31 de diciembre de 2026.
Que, mediante Decreto Local No. 016 del 19 de diciembre de 2025, la Alcaldesa Local de Rafael Uribe Uribe, sancionó el Acuerdo Local No.[006](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192524#20) del 15 de diciembre de 2025 "Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 enero y el 31 de diciembre de 2026." Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. [Aclarado por el art. 1, Decreto Local 019 de 2025](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192629#1). <_El nuevo texto es el siguiente_ > Fijar el Presupuesto Anual de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 2026, por valor de DOSCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS DOCE MIL PESOS M/CTE ($213.643.812.000),** conforme al siguiente detalle:

_El texto anterior era el siguiente:_ _Fijar el Presupuesto Anual de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero al 31 de diciembre de 2026, por valor de DOSCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS DOCE MIL PESOS M/CTE ($213.643.812.000), conforme al siguiente detalle:___

__

__ __

__ ARTICULO 2 º. Fijar el Presupuesto Anual de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Unbe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 2026, por valor de DOSCIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS DOCE MIL PESOS M/CTE ($213.643.812.000), conforme al siguiente detalle: ARTÍCULO 3 º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del primero (1) de enero de 2026. Dado en Bogotá, D.C., a los 22 días del mes de diciembre del año 2025.**

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

DIANA CAROLINA SANCHEZ CASTILLO

Alcaldesa Local Rafael Uribe Uribe

NOTA: Ver norma original en anexos.

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