Decreto Local 013 de 2025
Decreto Local 013 de 2025 Alcaldía Local de San Cristóbal
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 013
- Año
- 2025
- Fecha
- 6 de octubre de 2025
- Entidad
- Alcaldía Local de San Cristóbal
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 013 DE 2025
(Octubre 06)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal 2024 por $3.509.151
EL ALCALDE LOCAL DE SAN CRISTOBAL
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo [31](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=40252#31) del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, sobre las Modificaciones Presupuestales estipula: _"Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:_ _1_ _. Traslado Presupuestal: Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales, será certificada por el Responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L._ _Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (...)._ Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 del 02 de junio de 2021, estipula sobre las Modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación: _"Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos._ _Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretarla Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto Favorable de la Secretarla Distrital de Planeación._ _Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activas Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)._ Que, de acuerdo con el Plan de Cuentas del Distrito Capital, y el Decreto No. [002](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=172477) de 2025 por el cual se liquida el presupuesto anual de ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal para la vigencia fiscal comprendida entre el 01 de enero y el 31 de diciembre de 2025, los gastos con cargo al rubro O21202020080484222 _"Servicios de acceso a Internet de banda ancha_ " cuenta con una apropiación disponible de $ 47.021.000, sin embargo, se necesitan $3.509.151 para efectuar la modificación de adición y prórroga del contrato interadministrativo 751 de 2024 que tiene como objeto: _"Prestar el servicio de telefonía IP, conectividad mediante enlaces dedicados de Internet y la conexión inalámbrica al servicio de la ciudadanía en las instalaciones del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, fomentando el Gobierno Abierto"_ y así, garantizar la continuidad de los servicios de conectividad a través de enlaces dedicados de Internet. Que, estos servicios constituyen el enlace principal de conectividad entre la Secretaría Distrital de Gobierno y el Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, mediante la implementación de infraestructura y equipos activos que permiten la conformación de la red extendida de la entidad. Dicha red permitirá el transporte de todos los servicios desde el nodo principal hacia los nodos remotos, así como el acceso a una red inalámbrica interna para uso de los servidores públicos, internet inalámbrico abierto para los ciudadanos que visitan la Alcaldía Local, y el servicio de telefonía IP, indispensable para el desarrollo de las actividades diarias y la comunicación efectiva con la comunidad e instituciones. Que, mediante memorando No. 20255420023963 del 03 de octubre de 2025, el Alcalde Local solicitó realizar un traslado presupuestal con el fin de incrementar los recursos en el rubro 021202020080484222 "Servicios de acceso a Internet de banda ancha" y de este modo poder adelantar la adición del Contrato interadministrativo 751 de 2024. Que, una vez verificadas las metas del Plan Anual de Adquisiciones, se evidenció que el saldo susceptible de ser utilizado un traslado presupuestal corresponde al rubro "021202020080585330 "Servicios de limpieza general", en $3.509.151. Que, el rubro 021202020080585330 "Servicios de limpieza general" contaba con una apropiación inicial de $370.923.000, a la fecha se han comprometido $356.365.048, con la modificación de adición y prórroga de la orden de compra 130254 2024 por valor de $129.047.990 y adjudicación de la Orden de Compra 150987 de 2025 cuyo objeto es: "CONTRATAR LA PRESTACIÓN DE SERVICIO Y SUMINISTRO DE ASEO Y CAFETERÍA PARA LAS INSTALACIONES DE LA ALCALDÍA LOCAL DE SAN CRISTOBAL" por valor de $213.492.097, la cual aprovisiona la prestación de este servicio hasta el mes de diciembre de 2027, quedando un saldo de $14.557. 952, de los cuales $3.509.151, pueden utilizarse en este traslado presupuestal. Que, para efectos de realizar la adición del Contrato interadministrativo 751 de 2024, es necesario acreditar el rubro 021202020080484222 "Servicios de acceso a Internet de banda ancha", por TRES MILLONES QUINIENTOS NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y UN PESOS M/CTE. ($3.509.151). En mérito de lo anteriormente expuesto el alcalde local
DECRETA:
Artículo 1º.
Efectúese los siguientes contracreditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal conforme al siguiente detalle: **CONTRACRÉDITOS
| CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | CONTRACREDITOS ---|---|--- O2 | GASTOS | $ 3.509.151 O21 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | $ 3.509.151 O212 | Adquisición de bienes y servicios | $ 3.509.151 O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | $ 3.509.151 O2120202 | Adquisición de servicios | $ 3.509.151 O2120202008 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | $ 3.509.151 O212020200805 | Servicios de soporte | $ 3.509.151 O21202020080585330 | Servicios de limpieza general | $ 3.509.151 | TOTAL CONTRACRÉDITOS | $ 3.509.151
Artículo 2°.
Efectúese los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones de la vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal conforme al siguiente detalle:
CRÉDITOS
CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | CONTRACREDITOS ---|---|--- O2 | GASTOS | $ 3.509.151 O21 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | $ 3.509.151 O212 | Adquisición de bienes y servicios | $ 3.509.151 O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | $ 3.509.151 O2120202 | Adquisición de servicios | $ 3.509.151 O2120202008 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | $ 3.509.151
Artículo 3°.
Comunicación**. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaria Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su cargo.
Artículo 4°.
Vigencia**. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191954).
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE
Se expide en Bogotá D.C., en la Localidad de San Cristóbal a los 06 días del mes de octubre del año 2025.
CARLOS HERNADO MACIAS MONTOYA
Alcalde Local de San Cristóbal
Nota: Ver norma original en anexos.
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