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Decreto Local 022 de 2025

Decreto Local 022 de 2025 Alcaldía Local de Fontibón

Tipo
Decreto Local
Número
022
Año
2025
Fecha
16 de diciembre de 2025
Entidad
Alcaldía Local de Fontibón
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 022 DE 2025

(Diciembre 16)

_Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el presupuesto anual de gastos de funcionamiento del fondo de desarrollo local de Fontibón, para la vigencia fiscal 2025._

ALCALDESA LOCAL DE FONTIBÓN

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 40 del Decreto 158 de 2025 y,

CONSIDERANDO:

Que la Resolución No. SHD-000191 del 22 de septiembre de 2017 _"Por medio de la cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital"_, expedida por la Secretaría Distrital de Hacienda, dicho manual define en su capítulo 3.9.1 Traslado presupuestal, lo siguiente: _Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal a entre agregados presupuestales. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaria Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inmersión._ Que el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) del Decreto 192 del 02 de junio de 2021. _"Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dictan otras disposiciones"_ y tiene por objeto reglamentar las normas orgánicas en materia presupuestal y demás normas de hacienda pública que rigen al Distrito Capital.

Que así mismo la citada disposición en su artículo [10°](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#10) señala: _"(...) Modificaciones al anexo del decreto de liquidación. Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobadas por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá, además, del concepto favorable de la Secretaria Distrital de Planeación._ __ _Parágrafo. Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de les traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)..."_ Que, mediante el Decreto [023](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=171437) del 16 de diciembre de 2024 y el Decreto [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=171417) del 02 de enero de 2025, _se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2025_.

Que el artículo [32](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#32) del Decreto 158 de 2025, por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local - F.D.L. Modificaciones Presupuestales: _"Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente:_ _[32.1.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#32) Traslado Presupuestal:__Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales aprobados por la JAL. (...)". Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (...)". La disponibilidad de las apropiaciones para efectuar los traslados presupuestales será certificada por el responsable de Presupuesto del respectivo F.D.L."_ Que, al revisar la ejecución con corte al 07 de noviembre de 2025, del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón y en cumplimiento de las metas del Plan Anual de Adquisiciones se evidenció: Que, el concepto de gasto presupuestal rubro _"O2120101004010102 Muebles del tipo utilizado en la oficina"_ cuenta con un saldo de apropiación de $20.000.000, de los cuales pueden contracreditarse en su totalidad, $ 20.000.000, en la presente vigencia cuenta con una apropiación inicial de $20.000.000. Que, el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, contemplo a través del Plan Anual de Adquisiciones, la compra de una estantería rodante con el propósito de mejorar la capacidad de conservación y resguardo del archivo institucional, el cual se genera de manera continua en las diferentes dependencias de la entidad como resultado de los procesos contractuales adelantados en cumplimiento del Plan de Desarrollo Local y de la ejecución de los distintos contratos que se ejecutan en la entidad y la localidad, sin embargo, luego de realizar los respectivos procesos de cotización y el estudio de mercado, se determinó que no resulta procedente continuar con esta contratación durante la vigencia 2025, por lo cual los recursos inicialmente previstos para este fin podrán destinarse a necesidades más prioritarias dentro del presupuesto de la entidad. Que, el concepto de gasto presupuestal - rubro _"O2120201003023211599 - Pastas o pulpas de otras fibras n.c.p. para papel"_ cuenta con un saldo de apropiación de $73.000.000 de los cuales pueden contracreditarse la totalidad, $ 57.923.580, en la presente vigencia cuenta con una apropiación inicial de $73.000.000. Que, pese a que la entidad, se encuentra avanzando en la digitalización de sus procesos, aún resulta necesario asegurar la disponibilidad de papel para la conformación de expedientes contractuales derivados de los contratos suscritos en cumplimiento del Plan de Desarrollo Local, así como para el mantenimiento de registros físicos de facturas, recibos y documentos legales, los cuales, por su naturaleza sensible, deben conservarse, también en formato físico. Siendo así, el recurso que está disponible para la vigencia 2025 se iba a destinar para cubrir la adquisición de papel y sus derivados, indispensables para garantizar el debido soporte de la documentación administrativa que se genera diariamente en la entidad, sin embargo, tras la verificación realizada con el área de almacén, y consultado el kardex correspondiente, los insumos de oficina que se pueden llegar adquirir con cargo a este rubro, se evidenció que para la vigencia 2025 la entidad dispone de existencias suficientes en stock. Que, el concepto de gasto presupuestal rubro _"O21202020080484110 Servicios de operadores (conexión)"_ cuenta con un saldo de apropiación de $75.444.720, de los cuales pueden contracreditarse $ 17.521.140, en la presente vigencia contaba con una apropiación inicial de $130.000.000. Que, el concepto de gasto presupuestal rubro "O21202020080484120 Servicios de telefonía fija (acceso)" cuenta con un saldo de apropiación de $24.701.600, de los cuales pueden contracreditarse la totalidad, $ 24.701.600, en la presente vigencia cuenta con una apropiación inicial de $35.000.000. Que, el concepto de gasto presupuestal rubro _"O21202020080686330 Servicios de distribución de agua por tubería"_ cuenta con un saldo de apropiación de $27.694.020, de los cuales son susceptible para contracreditarse, $ 12.339.299, en la presente vigencia contaba con una apropiación inicial de $60.000.000. Que, el concepto de gasto presupuestal rubro _"O21202020080383143 Software originales"_ cuenta con un saldo de apropiación de $9.227.282, de los cuales son susceptible para contracreditarse, $ 400.000, ya que presenta un porcentaje de ejecución presupuestal del 96,03%. Que, durante la vigencia 2025, la entidad ya realizó la adquisición de las licencias de Office 365 y actualmente se encuentra en proceso de contratación del certificado SSI, con el fin de garantizar la seguridad y navegabilidad del portal web de la Alcaldía Local. En este sentido, se prevé que quedará un saldo sin ejecutar, el cual podría ser objeto de traslado presupuestal, con el propósito de atender otras necesidades institucionales. Que, después de revisar la ejecución presupuestal vigente y al realizar la proyección de gastos correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre, con base en el promedio de las facturas de servicios públicos, se determina que los recursos actualmente apropiados mediante los respectivos Certificados de Disponibilidad Presupuestal son suficientes para garantizar la prestación continua de los servicios de conexión a internet, telefonía y acueducto, cumpliendo así con las obligaciones financieras mensuales que la entidad debe girar a las empresas prestadoras de dichos servicios, como lo son: la Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá y la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá. Que, el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón en procura de cumplir con sus obligaciones legales y administrativas, requiere aumentar la apropiación en el concepto de gasto _O2110103007 Honorarios ediles_ por un valor de CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE PESOS M/CTE $132.485.619. Que, el rubro _“02110103007 Honorarios Ediles_ " cuenta con una disponibilidad inicial de $1.163.497.000, de los cuales se han comprometido $1.163.496.996, quedando un saldo por comprometer de $4, sin embargo, a la fecha se han girado por este concepto $ 993.422.586, quedando un saldo de $170.074.410 para cubrir los honorarios correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre. Este gasto con el incremento que se realizó en le vigencia 2025, suma mensualmente $100.853.343, es decir son requeridos para el periodo señalado $302.560.029, evidenciando que hacen falta $132.485.619.

Que la Administración para efectos de llevar a cabo la ejecución al interior de Gastos de Funcionamiento, requiere efectuar un traslado entre conceptos de gastos por la suma de CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE PESOS M/CТЕ $132.485.619. Que mediante oficio No. 2025EE87151701 del 12 de diciembre de 2025 la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos e Inversión vigencia 2025 por valor de CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS DIECINUEVE PESOS M/CTE ($132.485.619). Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, la alcaldesa Local de Fontibón,

DECRETA:

PRIMERO: Efectúese los siguientes contracréditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2025 correspondiente al Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle: CONTRACREDITOS | CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | CONTRACREDITOS ---|---|--- O2 | GASTOS | $132.485.619 O21 | Funcionamiento | $132.485.619 O212 | Adquisición de bienes y servicios | $132.485.619 O21201 | Adquisición de activos no financieros | $20.000.000 O2120101 | Activos fijos | $20.000.000 O2120101004 | Activos fijos no clasificados como maquinaria y equipo | $20.000.000 O212010100401 | Muebles, instrumentos musicales, artículos de deporte y antigüedades | $20.000.000 O21201010040101 | Muebles | $20.000.000 O2120101004010102 | Muebles del tipo utilizado en la oficina | $20.000.000 O21202 | Adquisiciones diferentes de activos | $112.485.619 O2120201 | Materiales y suministros | $ 57.923.580 O2120201003 | Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo) | $ 57.923.580 O212020100302 | Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos similares | $ 57.923.580 O2120201003023211599 | Pastas o pulpas de otras fibras n.c.p. para papel | $ 57.923.580 O2120202 | Adquisición de servicios | $ 54. 562.039 O2120202008 | Servicios prestados a las empresas y servicios de producción | $ 54.562.039 O212020200804 | Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información | $ 42.222.740 O21202020080484110 | Servicios de operadores (conexión) | $ 17.521.140 O21202020080484120 | Servicios de telefonía fija (acceso) | $ 24.701.600 ---|---|--- O212020200806 | Servicios de apoyo y de operación para la agricultura, la caza, la silvicultura, la pesca, la minería y los servicios públicos | $ 12.339.299 O21202020080686330 | Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato) | $ 12.339.299 | TOTAL CONTRACRÉDITOS | $ 132.485.619 SEGUNDO: Efectúense los siguientes créditos al Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones en la vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, conforme al siguiente detalle.

CREDITO

CÓDIGO | DESCRIPCIÓN | CREDITOS ---|---|--- O2 | GASTOS | $ 132.485.619 O21 | GASTOS DE FUNCIONAMIENTO | $ 132.485.619 O211 | Gastos de Personal | $ 132.485.619 O21101 | Planta de Personal Permanente | $ 132.485.619 O2110103 | Remuneraciones con constitutivas de factor salarial | $ 132.485.619 O2110103007 | Honorarios ediles | $ 132.485.619 | TOTAL CRÉDITOS | $ 132.485.619

Artículo 3º.

- Comunicación**. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, para lo de su cargo.

Artículo 4º.

Vigencia.** El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNIQUESE, PUBLİQUESE Y CÚMPLASE

Se expide en Bogotá D.C. a los 16 días del mes de diciembre del año 2025.

PAOLA ANDREA OSORIO LOZANO

Alcaldesa Local de Fontibón

Nota: Ver norma original en anexos.

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