Resolución 030 de 2025
Resolución 030 de 2025 Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS
- Tipo
- Resolución
- Número
- 030
- Año
- 2025
- Fecha
- 26 de diciembre de 2025
- Entidad
- Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
Resolución 030 de 2025
(Diciembre 26)
_Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 para la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Centro Oriente E.S.E por $30.000.000.000_ __ EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL CONFIS
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996, el artículo 27 del Decreto Distrital 662 de 2018, modificado por el artículo 3º del Decreto Distrital 191 de 2021, y.
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo No. [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=494) de 1997 del Concejo Distrital, se transforman los Hospitales en Empresas Sociales del Estado del orden distrital. Que, como Empresas Sociales del Estado, están sujetas al régimen presupuestal de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito, conforme a lo estipulado en el Artículo [3º](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#3) del Decreto Distrital 714 de 1996, en el Artículo 25° del Acuerdo No. [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=494#25) de 1997, en el Decreto Distrital [662](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431) de 2018 y en los artículos que lo modifican según Decreto Distrital [191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778) de 2021.
Que según lo establecido en el Acuerdo Distrital [641](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65686) de 2016 _"por el cual se efectúa la reorganización del sector salud de Bogotá, Distrito Capital, se modifica el Acuerdo[257](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=22307) de 2006 y se expiden otras disposiciones"_, se reorganizó el sector salud y se fusionaron las 22 Empresas Sociales del Estado en las 4 Empresas Sociales del Estado denominadas Subredes Integradas de Servicios de Salud E.S.E.
Que conforme a lo estipulado en el literal e) del artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.
Que conforme a lo establecido en el artículo 27 del Decreto Distrital [662](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81431#27) de 2018, modificado por el artículo [3](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112778#3) del Decreto Distrital 191 de 2021 _, "(...) las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión serán aprobadas por el CONFIS Distrital, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (...)_ Así mismo, el mencionado artículo indica que _"(...) Para las Empresas Sociales del Estado, antes de su aprobación por el CONFIS Distrital, se requerirá adicionalmente, y en todos los casos, del concepto favorable de la Secretaría Distrital de Salud."._ Que de acuerdo con el numeral 5 del reglamento interno del Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal CONFIS, aprobado en sesión CONFIS No 01 de 2024 y modificado en la sesiones CONFIS No. 04 de 2024 y No. 17 de 2025, las decisiones del CONFIS se notificarán _"Mediante Resoluciones suscritas por la Secretaría Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda, cuando las decisiones sean de carácter aprobatorio y modificatorio del Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y las Empresas Sociales del Estado"._ Que el CONFIS Distrital mediante Resolución No.[15](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=167420) del 31 de octubre de 2024, aprobó los Presupuestos de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las cuatro (4) Subredes Integradas de Servicios de Salud SISS Empresas Sociales del Estado \- E.S.E., para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año 2025.
Que la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS Centro Oriente E.S.E. presentó para análisis y concepto de la Secretaría Distrital de Salud, una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones 2025 por valor total de $30.000.000.000 provenientes de la Resolución No 1557 del 22 de diciembre de 2025 de la Secretaría Distrital de Salud - Fondo Financiero Distrital de Salud.
Que la Secretaría Distrital de Salud Fondo Financiero Distrital de Salud FFDS mediante la Resolución 1557 de 2025 ordenó una nueva transferencia para la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E por $30.000.000.000, con el fin de fortalecer el flujo de caja de la Subred, aliviar el nivel de endeudamiento acumulado y reforzar su capacidad operativa.
Que de acuerdo con la justificación presentada por la Subred Integrada de Servicios de Salud Centro Oriente E.S.E, los recursos adicionados serán empleados por la Subred para cubrir gastos de funcionamiento por $2.667.615.791 y de operación comercial por $27.332.384.209, con el fin de dar continuidad y garantizar la prestación de los servicios de salud en cada una de las unidades de servicios que conforman la Subred.
Que la Junta Directiva de la SISS Centro Oriente E.S.E. emitió concepto favorable a esta adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 por $30.000.000.000, según Acuerdo No. 29 del 22 de diciembre de 2025.
Que la Secretaría Distrital de Salud emitió Concepto Favorable No. 060 de 2025 a esta adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 de la SISS Centro Oriente E.S.E. por $30.000.000.000.
Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto favorable y recomendó al CONFIS Distrital aprobar la adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones 2025 de la SISS Centro Oriente E.S.E. por $30.000.000.000, provenientes de la Resolución No 1557 del 22 de diciembre de 2025 de la Secretaría Distrital de Salud - Fondo Financiero Distrital de Salud.
Que el CONFIS Distrital en sesión No. 39 del 26 de diciembre de 2025, aprobó la adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2025 de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Centro Oriente E.S.E por $30.000.000.000, conforme al análisis y conceptos favorables de las Secretarías Distritales de Salud y de Hacienda.
Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de esta adición presupuestal es responsabilidad y competencia exclusiva de la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Centro Oriente E.S.E.
RESUELVE:
Artículo primero.
Aprobar una adición en el Presupuesto de Rentas e ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2025 de la Subred Integrada de Servicios de Salud SISS Centro Oriente E.S.E. por $30.000.000.000, conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | RUBRO | Adición ---|---|--- 4.1 | INGRESOS | $30.000.000.000 4.1.1 | Ingresos Corrientes | $30.000.000.000 4.2 | GASTOS | $30.000.000.000** 4.2.1 | Funcionamiento | $2.667.615.791 4.2.4 | Gastos de Operación Comercial | $27.332.384.209
Parágrafo 1. El CONFIS Distrital insta a la Subred Integrada de Servicios de Salud - SISS Centro Oriente E.S.E. a optimizar los gastos de operación y funcionamiento, en concordancia con el nivel de recaudo efectivamente percibido. Asimismo, se recomienda fortalecer la gestión de cartera, con el fin de incrementar el recaudo y mejorar el flujo de caja de la tesorería.
Artículo segundo.
La presente resolución rige a partir de la fecha de publicación en el [Registro Distrital](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191952).
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D. C., a los 26 días del mes de diciembre del año 2025.
CARLOS ALBERTO CASTAÑEDA CASTRILLÓN
Secretario Técnico CONFIS (E)
Secretario Distrital de Planeación (E)
Nota: Ver norma original en anexos.
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