Resolución 405 de 2025
Resolución 405 de 2025 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep
- Tipo
- Resolución
- Número
- 405
- Año
- 2025
- Fecha
- 24 de octubre de 2025
- Entidad
- Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCION 405 DE 2025
(Octubre 24)
**_Por medio de la cual la Comisión Intersectorial del Espacio aprueba el_
_DEMOS Zona Rosa_**
LA DIRECTORA DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA DEFENSORIA DEL ESPACIO PUBLICO-DADEP
En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en el numeral 14 artículo 2 del Decreto 138 de 2002, modificado parcialmente por el Decreto Distrital 092 de 2006, y el artículo 6 y 30 del Decreto 315 de 2024.
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo [38](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27591#38) del Decreto 546 de 2007, modificado por el art. [9](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=85025#9) del Decreto Distrital 375 de 2019, establece que la Comisión Intersectorial del Espacio Público del Distrito Capital tendrá entre otras las siguientes funciones: 1. Coordinar la implementación de la política de espacio público definida para garantizar la efectividad de los derechos en el Distrito Capital 2. Concertar las acciones necesarias para garantizar una estructura actualizada, de manera eficaz y eficiente, del Sistema Distrital de Gestión del Espacio Público y sus diferentes instrumentos, sistemas, procedimientos e instancias, en armonía con las políticas, estrategias, programas y proyectos establecidos por el Plan Maestro de Espacio Público y el Plan de Ordenamiento territorial. 3. Conocer, concertar y articular las acciones para garantizar una adecuada distribución y coordinación de funciones en lo relacionado con la sostenibilidad, la financiación, la generación, el mantenimiento, la conservación, el manejo, y la gestión del espacio público. 4. Coordinar la implementación de los instrumentos y procedimientos de la política distrital para la administración y aprovechamiento económico del espacio público vigente. 5. Conocer y aprobar, como requisito previo, los proyectos de actos administrativos que las entidades distritales elaboren, siempre que tengan como fin, reglamentar actividades de aprovechamiento económico del espacio público.
Que el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=85025#8) del Decreto 375 de 2019, le otorgó al Departamento administrativo de la Defensoría del Especio Público DADEP la función de Secretaria Técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público.
Que mediante Decreto Distrital 315 de 2024 se adoptó el Marco Regulatorio del Aprovechamiento Económico del Espacio Público en el Distrito Capital de Bogotá, en el que se indicó, a través del artículo [6](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=161077#6), como responsable de la coordinación interinstitucional a la Comisión Intersectorial del Espacio Público.
Que en el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=161077#8)º del citado Decreto 315 de 2024, se regulan las actividades de aprovechamiento económico permitidas en el espacio público, en el artículo [12](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=161077#12)º se determinaron los espacios públicos, administradores de los espacios y actividades permitidas y que en el artículo [17](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=161077#17) se consagraron las entidades gestoras de las actividades permitidas en el espacio público de la ciudad.
Que el artículo [19](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=161077#19) del mencionado Decreto 315 de 2024, estableció como obligación de las Entidades Gestoras del Aprovechamiento Económico la elaboración del Protocolo de las actividades de aprovechamiento económico a su cargo, en el plazo máximo de seis (06) meses contados desde la expedición del Decreto. Así mismo determino que dichos protocolos deberán ser presentados ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público o la instancia que haga sus veces, para que emita concepto previo a su adopción o modificación Que el artículo [43](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=161077#43) del Decreto ibidem establece que los DEMOS serán gestionados por el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP, entidad que expedirá el respectivo protocolo de administración y aprovechamiento económico para el desarrollo de las actividades objeto de aprovechamiento, conforme a los dispuesto en el presente decreto, así como las condiciones específicas para su aprobación, operación, funcionamiento y seguimiento.
Que el Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público, en su calidad de entidad gestora de los DEMOS y en cumplimiento de lo dispuesto en el Protocolo DEMOS presentó ante la secretaria técnica de la CIEP, vía correo electrónico, la propuesta de DEMOS ZONA ROSA para consideración y aprobación de la CIEP.
Que acorde al procedimiento interno de la Comisión, el día veintiuno (21) de octubre de 2025, se llevó a cabo la Unidad Técnica de Apoyo con el objetivo de socializar con las entidades el Distrito Especial de Mejoramiento y Organización Sectorial- DEMOS ZONA ROSA, con el fin de recibir las observaciones y retroalimentación, para su posterior presentación ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público – CIEP.
Que en sesión ordinaria No. XVIII del veinticuatro (24) de octubre del año 2025, se sometió a consideración ante la Comisión Intersectorial de Espacio Público, la propuesta del DEMOS ZONA ROSA.
Que resultado de la solicitud presentada se procedió a poner a consideración de la Comisión Intersectorial del Espacio Público en comisión ordinaria obteniendo la siguiente votación:
Que de acuerdo con lo anterior, se registraron diez votos (10) positivos, por lo tanto, la directora del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público DADEP, en calidad de Secretaria Técnica de la Comisión del Espacio Público.
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO. Comunicar que la Comisión Intersectorial del Espacio Público CIEP, en sesión en sesión ordinaria No. XVIII del veinticuatro (24) de octubre del año 2025 realizada de manera virtual, aprobó el Distrito Especial de Mejoramiento y Organización Sectorial- DEMOS ZONA ROSA. ARTICULO SEGUNDO. Contra la presente Resolución no precede recurso alguno en atención a lo establecido en el artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley 1437 de 2011 "Por el cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de los Contenciosos Administrativo", ya que se trata de un acto administrativo de carácter general. ARTICULO TERCERO. La presente resolución rige a partir de su fecha de su publicación, en el Diario Distrital de acuerdo lo establecido en el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011. Deberá igualmente publicarse en la página web del Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - DADEP. Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de octubre del año 2025.
NOTIFIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
LUCIA BASTIDAS UBATÉ **
Directora**
Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público-
Secretaria técnica de la Comisión Intersectorial del Espacio Público –CIEP
NOTA: Ver norma original en anexos.
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