Decreto Local 023 de 2025
Decreto Local 023 de 2025 Alcaldía Local de Puente Aranda
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 023
- Año
- 2025
- Fecha
- 22 de diciembre de 2025
- Entidad
- Alcaldía Local de Puente Aranda
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO 023 DE 2025
(Diciembre 22)
_Por medio del cual se modifica el Decreto Local No. 011 de 2025 "Por el cual se convoca, se reglamenta la metodología y parámetros para el proceso de elección democrática de los representantes no institucionales para conformar el Consejo Local de Mujeres de Puente Aranda para el periodo 2025-2029_
EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA
En uso de sus facultades legales y especial las conferidas en el artículo 86 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por la Ley 2116 de 2021, el Acuerdo Local 002 de 2013.
CONSIDERANDO:
Que en el Artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#2) de la Constitución Política de Colombia, se establece como uno de los fines esenciales del Estado, facilitar la participación de la ciudadanía en las decisiones que los afecten y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la nación.
Que el Decreto Ley 1421 de julio 21 de 1993, por el cual se estableció el régimen especial para el Distrito Capital de Bogotá, en su artículo [86](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#86), numeral primero y segundo, establece que los Alcaldes locales deberán cumplir y hacer cumplir los acuerdos distritales y locales, y reglamentarán los respectivos acuerdos locales.
Que el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=133458#1) del Acuerdo Local No 013 de 2022, que modificó el artículo 1 de Acuerdo Local No.001 de 2023, el cual a su vez modifico el artículo [1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=27523#1) del acuerdo local 025 de 2007, dispuso "_Crear el Consejo Local de Mujeres de Puente Aranda como un órgano de política de las mujeres, para fomentar la participación ciudadana local en la interlocución, el diseño, el seguimiento ya evolución de las políticas públicas de mujeres y equidad de género de la localidad 16, de acuerdo con la normatividad vigente del estado colombiano y el distrito capital”_.
Que el artículo [2](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=127706#2) del Acuerdo Local 013 de 2022, que modificó el artículo 2 del Acuerdo No 002 de 2013, consagra la conformación del Consejo Local de Mujeres.
Que a través del Decreto No. [011](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191612) de 2025 se estableció la reglamentación de la metodología y parámetros del proceso de elección de representantes no institucionales para conformar el Consejo Local de Mujeres de Puente Aranda para el periodo 2025-2029.
Que la Alcaldía Local de Puente Aranda, adelantó a partir de la expedición del Decreto Local [011](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191612) de 2025, las actividades requeridas para la difusión y promoción del proceso de elección para conformar el Consejo Local de Mujeres de conformidad con el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#8) de la Ley 1437 de 2011, el artículo [10](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=129100#10) del Decreto Distrital 474 de 2022, y la Directiva [004](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=163517) de 2024 de la Secretaría Jurídica Distrital.
Que a través del Decreto Local No. [017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191660) de 2025 se modificó el cronograma establecido inicialmente en el Decreto Local [011](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191612) de 2025 extendiendo así, el plazo de inscripción. Lo anterior, buscando la mayor difusión posible. No obstante, la respuesta por parte de la ciudadanía interesada nuevamente arrojó un número de inscritos que no alcanza a cumplir con el total de integrantes requeridos para la conformación del Consejo Local de Mujeres de Puente Aranda para el período 2025-2029. Que, a la fecha, el Fondo de Desarrollo Local, atendiendo los principios Constitucionales para facilitar la participación ciudadana y teniendo en cuenta que las organizaciones y líderes requieren un espacio de participación, se considera pertinente y necesario ampliar el plazo de inscripción a la convocatoria para la elección de representantes no institucionales que conformarán el Consejo Local de Mujeres de Puente Aranda, para el periodo 2025-2029 con el objeto de promover una participación amplia por parte de la ciudadanía. Lo anterior, permitiendo que los ciudadanos interesados dispongan de un mayor término para realizar la revisión de las condiciones de la convocatoria y dispongan de la posibilidad de presentar su postulación. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Local de Puente Aranda,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.**[Derogado por el art. 2, Decreto Local 002 de 2026.](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=192298#2)
_El texto original era el siguiente:__Artículo 1. MODIFICAR. El artículo 6 del Decreto Local 011 de 2025, que establece el cronograma electoral de la convocatoria, inscripción y elección de los representantes no institucionales seguirá el siguiente cronograma durante la vigencia 2026 de la siguiente manera:_ ARTÍCULO 2. VIGENCIA: El presente Decreto Local rige a partir de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, especialmente, aquellas señaladas en el Decreto Local No. [011](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191612) de 2025 y el Decreto Local [017](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191660) de 2025 en cuanto al cronograma establecido para la convocatoria inscripción y elección de los representantes no institucionales. PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CÚMPLASE.**
Dada en Bogotá D.C., a los 22 días del mes diciembre del año 2025.
VICTOR ALFONSO CRUZ SANCHEZ
Alcalde Local de Puente Aranda
NOTA: Ver norma original en anexos.
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