Resolución 2035 de 2025
Resolución 2035 de 2025 Personería de Bogotá D.C.
- Tipo
- Resolución
- Número
- 2035
- Año
- 2025
- Fecha
- 20 de diciembre de 2025
- Entidad
- Personería de Bogotá D.C
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 2035-10000-2025
(Diciembre 20)
_Por medio de la cual se asigna la función de velar por el cumplimiento de las sentencias judiciales contra entidades del Distrito Capital al interior de la Personería de Bogotá, D.C._
EL PERSONERO DE BOGOTÁ, D.C.,
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por los artículos 118 y 209 de la Constitución Política, 100 y 102 numeral 7 del Decreto Ley 1421 de 1993, así como lo dispuesto en los Acuerdos 034 de 1993 y 978 de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que conforme a los artículos [118](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#118) y [209](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125#209) de la Constitución Política, corresponde al Ministerio Público -y en particular a la Personería de Bogotá, D.C.- la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas, así como velar por el cumplimiento de la Constitución, las leyes, los acuerdos y las sentencias judiciales. El artículo [100](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=9027#100) del Decreto Ley 1421 de 1993, establece las funciones del (la) Personero (a) Distrital como veedor(a) ciudadano(a), dentro de las cuales se encuentra la de garantizar el cumplimiento de las normas y decisiones judiciales por parte de las entidades del Distrito Capital. El Acuerdo Distrital [034](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=2080) de 1993 asignó a la extinta Personería Delegada para Asuntos Jurisdiccionales la función de vigilar la presupuestación, cumplimiento y pago oportuno de sentencias judiciales en contra del Distrito, función que se mantuvo en los Manuales Específicos de Funciones y Competencias Laborales de la entidad. Mediante el Acuerdo Distrital [978](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=176057) de 2025 se rediseñó la estructura organizacional de la Personería de Bogotá, D.C., suprimiendo la Personería Delegada para la Asistencia en Asuntos Jurisdiccionales y, creando en su lugar la Dirección para la Asistencia en Asuntos Jurisdiccionales, al tiempo que asignó la vigilancia sobre la gestión jurídica, judicial y prevención del daño antijurídico del Distrito Capital a la Personería Delegada para el Sector Gestión Pública y Jurídica. La Secretaría Jurídica Distrital, conforme al Acuerdo Distrital [638](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=65635) de 2016, el Decreto Distrital [479](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=170877) de 2024 y la Resolución [104](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=81226) de 2018, tiene a su cargo la orientación, coordinación y dirección de la gestión jurídica del Distrito, incluida la representación judicial y la prevención del daño antijurídico y, administra el Sistema Único de Información de Procesos Judiciales -SIPROJ WEB-. En atención a la reestructuración institucional, se hace necesario redistribuir internamente la competencia de «vigilar la presupuestación, cumplimiento y pago oportuno de las sentencias judiciales en contra el Distrito Capital y designar a la Personería Delegada para el Sector Gestión Pública y Jurídica para garantizar el ejercicio efectivo de las funciones constitucionales y legales asignadas a la Personería de Bogotá, D.C. Para el efecto se deberá, i) trasladar los expedientes físicos y/o digitales que actualmente se encuentran en trámite en la Dirección para la Asistencia en Asuntos Jurisdiccionales, a través del Sistema Integrado de Procesos -SINPROC- y demás aplicativos institucionales; y ii) elaborar y suscribir-por parte de los jefes de las dependencias- un acta en la que se relacionen los procesos, identificando respecto de cada uno de estos, el número de radicado, la fecha de radicación, las partes, el número de folios y el estado en el que se encuentran, entre otros. La Dirección para la Asistencia en Asuntos Jurisdiccionales brindará orientación técnica y acompañamiento a la dependencia receptora, en relación con el procedimiento, abordaje y trámite de los asuntos objeto de esta asignación. En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Asignar a la Personería Delegada para el Sector Gestión Pública y Jurídica la función de vigilar la presupuestación, el cumplimiento y pago oportuno de las sentencias judiciales en contra del Distrito Capital. ARTÍCULO SEGUNDO**: Disponer la remisión de los expedientes físicos y/o digitales que actualmente se encuentran en trámite en la Dirección para la Asistencia en Asuntos Jurisdiccionales a la Personería Delegada para el Sector Gestión Pública y Jurídica, así como su transferencia a través del Sistema Integrado de Procesos -SINPROC- y demás aplicativos institucionales.
Parágrafo. La remisión de los expedientes deberá quedar consignada en acta, -suscrita por los jefes de las dependencias- en la que se indique el número de radicado, la fecha de radicación, las partes, el número de folios y el estado en el que se encuentran, entre otros. ARTÍCULO TERCERO : La Dirección para la Asistencia en Asuntos Jurisdiccionales brindará orientación técnica y acompañamiento a los profesionales de la Personería Delegada para el Sector Gestión Pública y Jurídica, respecto del procedimiento, abordaje y trámite de los asuntos objeto de esta asignación. ARTÍCULO CUARTO : Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias. **Dada en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de diciembre del año 2025.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.
ANDRES CASTRO FRANCO
Personero de Bogotá
Personero de Bogotá D.C.
NOTA: Ver norma original en anexos.
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