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Decreto Local 020 de 2025

Decreto Local 020 de 2025 Alcaldía Local de Puente Aranda

Tipo
Decreto Local
Número
020
Año
2025
Fecha
11 de diciembre de 2025
Entidad
Alcaldía Local de Puente Aranda
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 020 DE 2025

(Diciembre 11)

_Por medio del cual se efectúa un Traslado en el Presupuesto de Gastos de inversión del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2025_

EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 32., numeral '32.1. Traslado Presupuestal del Decreto 158 de 2025

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo establecido en el en el Decreto 158 de 2025, articulo 32., numeral "[32.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#32.n.32.1). Traslado Presupuestal. (...) "Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. (...).
Que se hace necesario efectuar un traslado en el Agregado de Inversiones del Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda en la vigencia fiscal 2025.

Que la Administración Local requiere efectuar un traslado presupuestal al siguiente rubro presupuestal: \- Rubro Presupuestal 0230117459920242588 Fortalecimiento seguro para Puente Aranda" la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA YCUATRO MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL PESOS ($257.434.179) M/CTE., recursos que garantizan la ejecución de obras faltantes que son indispensables para el correcto funcionamiento de varias áreas de la Alcaldía Local, actividades que se pretenden concretar mediante la adición y prórroga al proceso de contratación FLPA-LP-007-2025 que tiene como objeto "Ejecutar a precios unitarios fijos y a monto agotable las obras de mantenimiento y/o reparaciones locativas de las edificaciones de propiedad o de tenencia de la alcaldía local de Puente Aranda en la ciudad de Bogotá D.C." que origino el Contrato de Obra Pública No. 419 de 2025 con la firma ZION CONSTRUCCIONES S.A.S y al proceso de concurso de méritos FDLP-CMA-012-2025 con la suscripción del Contrato de interventoría No. 435 de 2025 con la empresa ARQUITECTURA URBANA LTDA.

Que el Fondo de Desarrollo de Puente Aranda en el desarrollo de los proyectos de inversión a los que se le generará el contra crédito, no se verá afectadas las metas de la vigencia 2025 consagradas en el POAI toda vez que con los diferentes contratos y demás actos administrativos en la vigencia se da cumplimiento a lo establecido en el Plan de Acción del Plan de Desarrollo Loca; por lo tanto, en los siguientes rubros presupuestales se cuenta con los recursos suficientes, los cuales la administración no tiene previsto ejecutarlos en la presente vigencia, por lo que pueden trasladarse para financiar la apropiación de otros rubros:

Que mediante oficio No. No. 2-2025-64746 de 27 de noviembre de 2025, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión del Fondo de Desarrollo local de Puente Aranda.

Que mediante oficio No. 2025EE86964701 del 11 de diciembre de 2025, la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2025, por valor de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA YCUATRO MIL CIENTO SETENTA Y NUEVE MIL PESOS ($257.434.179) ¿/¿¿¿.

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto

DECRETA:

Artículo 1º.- Efectúese un contra crédito al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforme al siguiente detalle: Artículo 2º. \- Efectúese un crédito al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforme al siguiente detalle: Artículo 3°. Comunicación.** Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaria Distrital de Planeación, para lo de su competencia.

Artículo 4º. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo [65](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#65) de la Ley 1437 de 2011. Artículo 5°. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación. COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la ciudad de Bogotá, D.C., a los 11 días del mes de diciembre de 2025

VICTOR ALFONSO CRUZ SÁNCHEZ

Alcalde Local de Puente Aranda

Nota: Ver norma original en Anexos.

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