Jurismart

Circular 014 de 2025

Circular 014 de 2025 Instituto Distrital de Turismo - IDT - Subdirección de Gestión Corporativa

Tipo
Circular
Número
014
Año
2025
Fecha
18 de noviembre de 2025
Entidad
Instituto Distrital de Turismo - IDT - Subdirección de Gestión Corporativa
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

CIRCULAR 00014 DE 2025

(Noviembre 18) Bogotá D.C, 2025-11-18 17:17:00.833945 PARA: SUBDIRECTORES, JEFES DE OFICINA, RESPONSABLES DE RUBROS DE FUNCIONAMIENTO Y PROYECTOS DE INVERSIÓN, SUPERVISORES Y APOYOS A LA SUPERVISIÓN.

DE: JENIFFER BRAVO ZAPATA SUBDIRECTORA DE GESTIÓN CORPORATIVA

ASUNTO: CIERRE FINANCIERO VIGENCIA 2025 Con un cordial saludo y en el marco de las disposiciones contenidas en el artículo [8](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=112838#8) del Decreto Distrital 192 de 2021 y la Circular [008](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191690) de 2025 de la Dirección Distrital de Tesorería, le corresponde a la Subdirección de Gestión Corporativa del Instituto Distrital de Turismo establecer el cronograma que permita a las dependencias del Instituto Distrital de Turismo atender en forma oportuna los trámites presupuestales, de nómina y de pagos, ordenados para cada una de los procesos, garantizando la presentación confiable de los estados financieros y demás información requerida para el cierre de fin de vigencia. Por lo anterior, se expide el presente acto administrativo con los lineamientos para la ejecución, seguimiento, cierre de presupuesto y tesorería para el año 2025 y el cronograma para la realización de los trámites financieros ante la Subdirección de Gestión Corporativa, cuya información debe ser tenida en cuenta para la radicación correspondiente. TALENTO HUMANO 1. Las novedades para la nómina del mes de diciembre tales como: _solicitudes de vacaciones, ingresos, retiros, libranzas, entre otras, se recibirán en la Subdirección de Gestión Corporativa a más tardar el _1 de diciembre de 2025._ _ 2. _La liquidación de la nómina, prima de navidad e intereses de cesantías, se radicarán a más tardar el _5 de diciembre de 2025_ con los soportes, al igual que los descuentos de nómina de diciembre, correspondientes a libranzas, cooperativas, ahorros voluntarios, entre otros. La liquidación de la seguridad social y parafiscales, se radicará con sus respectivos soportes ante la Subdirección de Gestión Corporativa, a más tardar el _12 de diciembre de 2025_. _ 3. Para la legalización de Comisión de Servicios, el artículo [2.2.5.5.29](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=62518#2.2.5.5.29) del Decreto 1083 de 2015 establece un término máximo de 3 días para la presentación del informe de dicha comisión, por lo que se procederá con legalizaciones hasta el __18 de diciembre de 2025.__ TRÁMITE DE PAGOS 1. Las cuentas correspondientes al pago de los contratos por prestación de servicios y demás proveedores con corte a 30 de noviembre de 2025, deberán ser radicadas en la Subdirección de Gestión Corporativa a más tardar el 9 de diciembre de 2025.

2. Las cuentas correspondientes al pago de los contratos por prestación de servicios y demás proveedores, que vencen __hasta el 12 de diciembre de 2025 inclusive__, deberán ser radicadas una vez cumplido el lleno de los requisitos en la Subdirección de Gestión Corporativa a más tardar el __15 de diciembre de 2025.__ 3. Las cuentas que __vencen en fecha posterior al 12 de diciembre o que superan la vigencia__, su cobro del mes de diciembre debe ser radicado __hasta el 19 de diciembre de 2025 a las 10:00 am__, para que sean registradas en cuentas por pagar para la vigencia 2025. 4. El último día de pago por todo concepto para la vigencia 2025 será el __19 de diciembre de 2025.__ 5. La legalización de la caja menor se realizará con corte al __11 de diciembre de 2025__, con su respectivo cierre de vigencia y radicado en el área financiera a más tardar el __12 de diciembre de 2025 a las 10:00 am__. 6. Para el caso de los servicios públicos, con especial atención, se deberán obtener copia de las respectivas facturas y presentarlas ante la Subdirección de Gestión Corporativa para trámite, __máximo 5 días hábiles antes de la fecha de vencimiento.__ 7. El pago de las reservas presupuestales constituidas por los supervisores, deberá ser tramitado hasta el __18 diciembre de 2025__, so pena de generarse como pasivo exigible y castigando los recursos de la vigencia 2026. En caso de que proceda el no pago de estas reservas, se recomienda solicitar la respectiva liberación de los recursos de acuerdo con las actas de liquidación o el documento equivalente hasta el __18 diciembre de 2025__. DE LAS CUENTAS POR PAGAR Las cuentas por pagar comprenden las obligaciones contraídas por la entidad a favor de terceros por los servicios o bienes adquiridos dentro de la vigencia presupuestal y que se pagarán en la vigencia siguiente, 2026. Para su constitución, registro y radicación se deberán tener en cuenta los siguientes lineamientos: 1. Todas las cuentas por pagar afectan el PAC de diciembre de 2025. 2. Se constituirán cuentas por pagar cuando se generen obligaciones como consecuencia de __la recepción a satisfacción de bienes, obras y servicios por parte de la entidad a diciembre de 2025__. 3. Las cuentas por pagar que cumplan con las condiciones para hacerse efectivas, serán recibidas en la Subdirección de Gestión Corporativa a más tardar el día __19 de diciembre de 2025 a las 10:00 am.__ 4. Las cuentas por pagar serán canceladas de acuerdo con las instrucciones que para este fin disponga en su momento la Secretaría Distrital de Hacienda. GESTIÓN PRESUPUESTAL 1. El último día para recepción de solicitudes para certificados de disponibilidad presupuestal (CDP) será el __19 de diciembre de 2025.__ 2. Para el cierre presupuestal de la vigencia 2025, cada responsable de los proyectos de inversión y gastos de funcionamiento, deberá solicitar a más tardar el __19 de diciembre de 2025__, la anulación y/o liberación de recursos de los certificados de disponibilidad presupuestal (CDP) que a la fecha no estén amparados con compromisos, a través de un certificado de registro presupuestal (CRP). En caso de evidenciarse saldos de disponibilidades presupuestales, y por principio de anualidad, serán anulados por parte de la Subdirección de Gestión Corporativa el 31 de diciembre de 2025. 3. El último día para la recepción de solicitud de creación de terceros para la elaboración de registros presupuestales (CRP) será el __26 de diciembre de 2025__. 4. La fecha máxima para radicar en la Subdirección de Gestión Corporativa del Instituto Distrital de Turismo, los traslados presupuestales que requieren trámite ante la Secretaría Distrital de Hacienda, es el __20 de noviembre de 2025.__ 5. Deberá reportarse ante la Subdirección de Gestión Corporativa la justificación de carácter técnico, jurídico y/o contractual que impidieron la ejecución de los recursos y que conllevaron a la constitución de las reservas presupuestales y de los pasivos exigibles al 31 de diciembre de 2025, __a más tardar el 6 de enero de 2026.__ 6. Una vez realizado el cierre presupuestal, cada área responsable deberá realizar la programación de pagos de las reservas constituidas al cierre de la vigencia 2025, la cual debe ser remitida a la Subdirección de Gestión Corporativa - Tesorería en la primera semana del mes de enero de 2026. _Los meses para realizar estos desembolsos van hasta marzo de 2026 inclusive, conforme a los lineamientos de la Secretaría Distrital de Hacienda._ CIERRE DE ALMACÉN GENERAL 1. El ingreso de bienes al Almacén General del Instituto Distrital de Turismo, se deberá realizar dando cumplimiento a los requisitos establecidos en el procedimiento GB-P01 y con la totalidad de los documentos soporte, a más tardar el día __16 de diciembre de 2025__. 2. A partir del día __17 de diciembre de 2025__, el Almacén General del Instituto Distrital de Turismo permanecerá cerrado con el propósito de realizar el levantamiento físico de inventarios y la conciliación con el área de contabilidad. 3. La apertura del Almacén General se efectuará a partir del __13 de enero de 2026__, en tal razón, el ingreso de bienes se efectuará con la documentación establecida en el procedimiento GB-P01 y deberá corresponder a la vigencia actual (2026). Finalmente, es de resaltar que la efectiva participación y compromiso de cada una de las áreas involucradas, garantizará la confiabilidad, agilidad y seguridad de las operaciones financieras de la entidad para el cierre de vigencia 2025, por lo que agradecemos su compromiso y cumplimiento en las directrices aquí impartidas. Atentamente, JENIFFER BRAVO ZAPATA

Subdirectora de Gestión Corporativa

Subdirección de Gestión Corporativa

Nota: Ver norma publicada en Anexos.

¿Dudas sobre este documento? Pregúntale al asistente.

Se abre con la pregunta escrita y la referencia de esta ficha; puedes editarla antes de enviar.

Preguntar al asistente

Si ya tienes cuenta, la pregunta se conserva al iniciar sesión.

También puedes abrir el documento en el lector y solicitar la generación del PDF. Si aún no tienes cuenta, crear una cuenta gratis (sin tarjeta de crédito) te devuelve al asistente con la pregunta escrita.

Este texto se reproduce desde la fuente oficial y puede no reflejar cambios posteriores. Verifica siempre la vigencia en el enlace de la fuente antes de usarlo.

Documentos relacionados

Preguntar