Resolución 1065 de 2025
Resolución 1065 de 2025 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
- Tipo
- Resolución
- Número
- 1065
- Año
- 2025
- Fecha
- 28 de octubre de 2025
- Entidad
- Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - Secretaria de Despacho
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
RESOLUCIÓN 1065 DE 2025
(Octubre 28) __ _Por el cual se modifica el artículo[primero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=179454#1)de la Resolución No. 342 del 26 de mayo de 2025 a efectos de aumentar la bolsa de recursos del mecanismo “Proyectos en Red” Del Programa Fortalecimiento a Agentes del Sector - PFAS 2025 de la Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte_ __ EL SECRETARIO DE DESPACHO
De la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en elDecreto Distrital No.340 de 2020, modificado por el Decreto Distrital 400 de 2022
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución [342](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=179454) del 26 de mayo de 2025 se ordenó la apertura del mecanismo _“Proyectos en Red”_ del Programa Fortalecimiento a Agentes del Sector - PFAS 2025 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Donde en su parte resolutiva se estableció lo siguiente: _“ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura del mecanismo de participación “Proyectos en Red” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, tal como se indica a continuación: _ __ | _MECANISMO_ | _TIPO DE INCENTIVO_ | **_MONTO TOTAL ---|---|--- _“Proyectos en Red”_ | __ _Bolsa de recursos por el valor de:_ _MIL DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.250.000.000)_ __ _El valor base de estos incentivos empezará desde los CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($50.000.000), montos que serán asignados por el comité técnico interno conformado para tal efecto desde la SCRD._ | _$1.250.000.000_
__
_PARÁGRAFO:__Los recursos para el desarrollo y ejecución del mecanismo de participación, se encuentran amparados en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal N° 1178 del 09 de mayo de 2025.__”_
Que mediante Resolución No. [666](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=188654) del 28 de julio de 2025 se modificó el artículo primero de la Resolución [342](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=179454) de 2025 del 26 de mayo de 2025 a efectos de aumentar la bolsa de recursos del mecanismo _“Proyectos en Red”_ del Programa Fortalecimiento a Agentes del Sector - PFAS 2025 de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Donde en su parte resolutiva se estableció lo siguiente:
_“_ _ARTÍCULO PRIMERO:__Modificar el artículo primero de la Resolución No. 342 del 26 de mayo de 2025, a efectos de aumentar la bolsa de recursos del mecanismo “Proyectos en Red”, de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, el cual para todos los efectos se entenderá así:_
__
_“ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura del mecanismo de participación “Proyectos en Red” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, tal como se indica a continuación:_
__
_MECANISMO_ | _TIPO DE INCENTIVO_ | _MONTO TOTAL_ ---|---|--- _“Proyectos en Red”_ | _Bolsa de recursos por el valor de:MIL QUINIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.500.000.000)._ _El valor base de estos incentivos empezará desde losCINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($50.000.000), montos que serán asignados por el comité técnico interno conformado para tal efecto desde la SCRD._ | _$ 1.500.000.000_ __
_PARÁGRAFO:__Los recursos para el desarrollo y ejecución del mecanismo de participación referido, se encuentran amparados en los Certificados de Disponibilidad Presupuestal N_ _°_ _1178 del 09 de mayo de 2025 y 1307 del 07 de julio de 2025.__”_
Que conforme a lo dispuesto en el literal [b)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#14.l.b) y [d)](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=104187#14.l.d) del artículo 14 del Decreto 340 de 2020, corresponde a la Dirección de Fomento, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, el ejercicio de, entre otras, las siguientes funciones _: “(…) b) Dirigir actividades relacionadas con el diseño, ejecución, fortalecimiento y seguimiento los planes, programas y proyectos de fomento al Sector Cultura, Recreación y Deporte bajo criterios de equidad, pertinencia y transparencia. (…) d) Diseñar estrategias orientadas a fortalecer las instituciones locales y los agentes del sector cultura, la recreación y el deporte (…)”._
__ Que de acuerdo con lo citado en párrafo anterior, la Dirección de Fomento ha recomendado considerar incrementar el valor del presupuesto de acuerdo con lo observado en los sectores priorizados, lo que por supuesto demanda contar con recursos adicionales en la bolsa se hace necesario y pertinente efectuar un aumento presupuestal a la misma, con el fin de consolidar, fomentar y promover los procesos colaborativos y de concertación orientados a la gestión cultural, así como las iniciativas presentadas que contribuyen al fortalecimiento y la asociatividad de los sectores culturales.
Que la Subsecretaría de Gobernanza, acorde con lo expresado por la Dirección de Fomento, estima pertinente la modificación a la que refiere el presente acto administrativo y en consecuencia se dispone lo pertinente, lo cual se ha determinado en la suma de TREINTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($30.000.000) para fortalecer el desarrollo de los proyectos sectoriales en el marco de _“Proyectos en Red ”_, soportado en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal que se describe a continuación:
NÚMERO DEL CDP | MECANISMO | RUBRO | DESCRIPCIÓN DEL RUBRO | CONCEPTO DEL GASTO | FONDO | VALOR TOTAL ---|---|---|---|---|---|--- 1788 del 21 de octubre de 2025 | “Proyectos en Red” | O230117330120240152 | Fortalecimiento del Fomento para el Desarrollo de Procesos Culturales Sostenibles en Bogotá D.C. | O232020200991124 Servicios de la administración pública relacionados con la recreación, cultural y la religión | 1-100-F001 VA-RECURSOS DISTRITO | $30.000.000 Que de conformidad con la disponibilidad presupuestal en cita, y dada la relevancia del mecanismo, frente a la posibilidad aumentar la bolsa de recursos _“Proyectos en Red”_ se considera pertinente, modificar el artículo primero de la Resolución No. [342](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=179454) del 26 de mayo de 2025, modificado por la Resolución No. [666](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=188654) del 28 de julio de 2025, en el sentido de aumentar el valor de la bolsa estipulada, ascendiendo a la suma de MIL QUINIENTOS TREINTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.530.000.000).
En mérito de lo expuesto.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo [primero](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=179454#1) de la Resolución No. 342 del 26 de mayo de 2025, modificado por la Resolución No. 666 del 28 de julio de 2025, a efectos de aumentar la bolsa de recursos del mecanismo _“Proyectos en Red”_ _,_ de acuerdo con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, el cual para todos los efectos se entenderá así:
_“ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura del mecanismo de participación “Proyectos en Red” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva del presente acto administrativo, tal como se indica a continuación:_
__
_MECANISMO_ | _TIPO DE INCENTIVO_ | _MONTO TOTAL_ ---|---|--- _“Proyectos en Red”_ | _Bolsa de recursos por el valor de:MIL QUINIENTOS TREINTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.530.000.000)._ _El valor base de estos incentivos empezará desde losCINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($50.000.000), montos que serán asignados por el comité técnico interno conformado para tal efecto desde la SCRD._ | _$ 1.530.000.000_ __
_PARÁGRAFO:__Los recursos para el desarrollo y ejecución del mecanismo de participación referido, se encuentran amparados en los Certificados de Disponibilidad Presupuestal N° 1178 del 09 de mayo de 2025, 1307 del 07 de julio de 2025 y 1788 del 21 de octubre de 2025_ _.__”_ _._
__ ARTÍCULO SEGUNDO: Comunicar por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO, Subsecretaría de Gobernanza, Dirección de Fomento, Oficina Asesora de Comunicaciones y al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.
ARTÍCULO TERCERO: Publicar por la Dirección de Fomento la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación del mecanismo en el micrositio: [https://](https://qa-invitaciones.scrd.gov.co/) [qa-invitaciones.scrd.gov.co](https://qa-invitaciones.scrd.gov.co/) de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte. Y por la Dirección de Gestión Corporativa y Relación con el Ciudadano, publicar el contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá y en la página web de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.
ARTÍCULO CUARTO: Las demás disposiciones contenidas en la Resolución No. [342](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=179454) del 26 de mayo de 2025, continúan vigentes, siempre que no sean contrarias a lo consagrado en el presente acto administrativo.
ARTÍCULO QUINTO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191392) y contra este no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo [75](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=41249#75) de la Ley 1437 de 2011.
Dada en la ciudad de Bogotá D.C., a los 28 días del mes de octubre del año 2025.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
SANTIAGO TRUJILLO ESCOBAR
Secretario de Despacho
Nota: Ver norma original en Anexos.
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