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Decreto Local 008 de 2025

Decreto Local 008 de 2025 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar

Tipo
Decreto Local
Número
008
Año
2025
Fecha
23 de octubre de 2025
Entidad
Alcaldía Local de Ciudad Bolívar
Fuente
Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)

Texto completo

DECRETO LOCAL 008 DE 2025

(Octubre 23)

_Por medio del cual se efectúa traslado presupuestal entre gastos de inversión al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2025_

EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLIVAR

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 158 de 2025 "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local-F.D.L.", teniendo en cuenta que este derogó el Decreto 372 de 2010.

CONSIDERAND: Que según capítulo 4° artículo articulo 31 item [32.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#32.n.32.1) del Decreto 158 de 2025 Dispone Traslado Presupuestal. Es la modificación que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales y se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local.

Que el Alcalde Local de Ciudad Bolívar, en cumplimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Económico, Social, Ambiental y de obras públicas para la localidad de Ciudad Bolívar para el periodo 2025-2028 _"Ciudad Bolívar Camina Segura_ " el cual constituye el referente de las acciones y políticas de la administración local, se hace necesario realizar una modificación entre apropiaciones de un mismo agregado por lo cual los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda Dirección Distrital de Presupuesto y para todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.

Que mediante comunicación N° 2025EE75861001 del 23 de octubre de 2025, la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, emitió concepto previo favorable para efectuar el Ajuste Presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar.

Que mediante comunicación N.º 2-2025-55665 del 10 de octubre de 2025, la Dirección de Planes de Desarrollo y Fortalecimiento Local de la secretaria Distrital de Planeación, emitió concepto previo favorable para el trámite del traslado Presupuestal del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Contra creditar el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia de 2025, por la suma de DOSCIENTOS DIEZ MILLONES DE PESOS M/CTE ($210.000.000), conforme al siguiente detalle: | CÓDIGO | DENOMINACIÓN | VALOR EN PESOS ($) M/CTE ---|---|--- O2 | GASTOS | 210.000.000 O23 | INVERSIÓN | 210.000.000 O2301 | DIRECTA | 210.000.000 O230117 | Bogotá camina segura | 210.000.000 O23011745 | Gobierno Territorial | 210.000.000 O2301174599 | Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial | 210.000.000 O230117459920242234 | Participación para la localidad Ciudad Bolívar, camina segura | 210.000.000 TOTAL CONTRA CRÉDITOS | 210.000.000

ARTICULO 2°: Acreditar el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia de 2025, por la suma de DOSCIENTOS DIEZ MILLONES DE PESOS M/CTE ($210.000.000), conforme al siguiente detalle:

CÓDIGO PRESUPUESTAL | DENOMINACIÓN | VALOR EN PESOS ($) M/CTE ---|---|--- O2 | GASTOS | 210.000.000 O23 | INVERSIÓN | 210.000.000 O2301 | DIRECTA | 210.000.000 O230117 | Bogotá camina segura | 210.000.000 O23011745 | Gobierno Territorial | 210.000.000 O2301174599 | Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial | 210.000.000 O230117459920242232 | Mejor Infraestructura Peatonal Inclusiva y Segura Para Ciudad Bolívar | 210.000.000 TOTAL CRÉDITOS | 210.000.000 ARTICULO 3º: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su [publicación](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191247).

PUBLIQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, a los 23 días del mes de octubre del año 2025.

DIEGO ARLEY ARENAS MAURIQUE

Alcalde Local de Ciudad Bolívar

Nota: Ver norma original en Anexos.

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