Decreto Local 017 de 2025
Decreto Local 017 de 2025 Alcaldía Local de Chapinero
- Tipo
- Decreto Local
- Número
- 017
- Año
- 2025
- Fecha
- 6 de octubre de 2025
- Entidad
- Alcaldía Local de Chapinero
- Fuente
- Ver el documento original en Régimen Legal de Bogotá D.C. (SISJUR)
Texto completo
DECRETO LOCAL 017 DE 2025
(Octubre 06)
_Por el cual se liquida la adición al presupuesto de la Vigencia Fiscal 2025 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, de conformidad con el Acuerdo Local N°[001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191030)aprobado por la Junta Administradora Local de Chapinero el 28 de septiembre de 2025_
EL ALCALDE LOCAL DE CHAPINERO (E)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 32 del Decreto 158 de 2025, y
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto 158 de 2025 del 21 de abril de 2025, “ _Por medio del cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local F.D.L.”_ en su artículo [32.1](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#32.n.32.1), establece el Traslado Presupuestal e indica que _“Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se hará mediante Decreto expedido por el alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto”…. “Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación”._ Que en cumplimiento de lo preceptuado en el artículo [49](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#49) del Decreto 158 de 2025 y en la Resolución SHD-[00191](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=76948) de 2017, en la Circular Externa No. DDP-[000014](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=174577) del 4 de octubre de 2024, _“Guía de Ejecución, Seguimiento y Cierre Presupuestal 2024 y Programación Presupuestal vigencia 2025 de los Fondos de Desarrollo Local”_, y una vez revisada la información de Cierre Vigencia 2024 del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, se establecieron por parte de la Secretaría Distrital de Hacienda los aspectos a considerar para efectuar el ajuste al presupuesto 2025, de conformidad con las cifras resultantes del cierre presupuestal y financiero a 31 de Diciembre de 2024.
Que una vez efectuado el ejercicio de ajuste del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero se determinó una disponibilidad final - Excedentes Financieros a 31 de diciembre de 2024 por valor de CINCO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS ($ 5.834.355.282), monto confirmado por la Secretaría Distrital de Hacienda según radicado No. 2025EE036087O1 del 18 de febrero de 2025.
Que mediante Circular CONFIS No. 02 de 2025 se comunica a las Alcaldesas, Alcaldes Locales y Secretaría Distrital de Gobierno, que el CONFIS en sesión No. 05 celebrada el 18 de marzo de 2025 de acuerdo con lo establecido en el literal [h](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10.l.h)) del artículo 10º y el artículo [78](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#78)º del Decreto Distrital 714 de 1996, así como en los artículos [41](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#41) y [42](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#42) del Decreto Distrital 158 de 2025, resolvió lo siguiente: “ _Determinar_ _ un monto de excedentes financieros resultado del cierre presupuestal y financiero a 31 de diciembre de 2024 por valor de $100.203.931.110 de los 20 Fondos de Desarrollo Local - FDL.”._ Que de acuerdo con lo establecido en el literal [h](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10.l.h)) del artículo 10º y en el artículo [78](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#78)º del Decreto Distrital 714 de 1996, así como en los artículos [41](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#41) y [42](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#42) del Decreto Distrital 158 de 2025 el CONFIS Distrital efectuó una primera distribución parcial de los excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local por valor de $25.882.298.999 asignando al Fondo de Desarrollo Local de Chapinero el valor de $ 3.184.399.857 conforme al siguiente detalle: Estos excedentes financieros han sido distribuidos por el CONFIS Distrital considerando… “ _La_ _propuesta de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte que de manera concertada con las Alcaldías Locales y la Secretaría Distrital de Gobierno, busca la realización de actividades de: Navidad, Barrios Vivos, Red de Bibliotecas Públicas de Bogotá - BibloRed, Centro de Felicidad - CEFE Chapinero, Distritos Creativos, Bogotá 24 Horas, Estar Bien_”.
Que mediante Circular CONFIS No. 03 de 2025, se comunica a las Alcaldesas, Alcaldes Locales y Secretaría Distrital de Gobierno, que el CONFIS en sesión No. 15 celebrada el 27 de junio 2025 y de acuerdo con lo establecido en el literal [h](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#10.l.h)) del artículo 10º y el artículo [78](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=1693#78)º del Decreto Distrital 714 de 1996, así como en los artículos [41](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#41) y [42](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#42) del Decreto Distrital 158 de 2025, resolvió lo siguiente: “ _Al revisar la conciliación financiera del FDL de Fontibón_ _ correspondiente a la vigencia 2024, se identificó una reducción de $2.136.971 en el cálculo de sus excedentes. Esto ajustó el valor de los excedentes financieros de 2024 a $94.244.614.059, resultando en un total de excedentes financieros de $100.201.794.139, tras la disminución mencionada, producto de una conciliación de las cuentas por pagar realizada después de la sesión No. 05 del CONFIS, en la que se determinó el valor inicial._ __ _De_ ___acuerdo_ ___con_ ___lo_ ___establecido_ ___en_ ___el_ ___literal_ ___h)____del_ ___artículo_ ___100_ ___y_ ___en_ ___el_ ___artículo_ ___780_ ___del_ ___Decreto_ _Distrital 714 de 1996, así como en los artículos 410 y 420 del Decreto Distrital 158 de 2025, el CONFIS Distrital efectuó una segunda distribución parcial de los excedentes financieros generados por los 20 Fondos de Desarrollo Local al cierre de la vigencia 2024 por valor de $48.241.044.245, asignando al Fondo de Desarrollo Local de Chapinero el valor de $ 1.907.648.311 conforme al siguiente detalle._ __ _Estos excedentes financieros han sido distribuidos por el CONFIS Distrital considerando… las solicitudes de la Secretaría Distrital de Gobierno y la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia - SSCJ, así: “Salón comunal, Motocicletas y cámaras multi sensor”._ Que el Alcalde Local (E) presentó para estudio y aprobación de la Junta Administradora Local el proyecto acuerdo para la adición de recursos al Presupuesto de Ingresos y Gastos de la vigencia fiscal 2025 al Fondo de Desarrollo Local de Chapinero.
Que de conformidad con lo ordenado por el literal [c](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#32.n.32.2.l.c)), del numeral 32.2, del artículo 32 del Decreto 158 de 2025, la Junta Administradora Local de Chapinero, aprobó mediante Acuerdo Local No. [001](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=191030) del 28 de septiembre de 2025 los excedentes financieros asignado al Fondo de Desarrollo Local así: De la Circular 02 del 01 de abril de 2025, la Junta Administradora Local aprobó la totalidad de los recursos asignados por el CONFIS por valor de TRES MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS MCTE. ($3.184.399.857). De la Circular 03 del 27 de junio de 2025, la Junta Administradora Local aprobó un parcial de los recursos asignados por el CONFIS Por valor de SEISCIENTOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS ONCE PESOS MCTE. ($607.648.311). El Alcalde Local (E) sancionó la modificación presupuestal presentada, correspondiente a la adición por excedentes financieros de la vigencia 2025.
Que conforme a lo anterior el Alcalde Local de Chapinero (E) presentó oportunamente ante la Secretaría Distrital de Hacienda, la solicitud de ajuste al presupuesto 2025 y distribución de Excedentes Financieros, para lo cual anexó los correspondientes conceptos emitidos por la Secretaría Distrital de Planeación según No. Radicación: 2-2025-31859 y 2-2025-39661 conforme a lo dispuesto por el artículo [42](https://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=178648#42) del Decreto Distrital 158 de 2025. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Alcalde Local de Chapinero (E),
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO: Efectúese una adición al presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero en la vigencia fiscal 2025, por valor de TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA Y OCHO PESOS MCTE. ($3.792.048.168) y distribuir la disponibilidad final -excedentes financieros, según el siguiente detalle: | CÓDIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- O1 | Ingresos | 3.792.048.168 O12 | Recursos de capital | 3.792.048.168 O1202 | Excedentes Financieros | 3.792.048.168 O120203 | Fondos de Desarrollo Local | 3.792.048.168 TOTAL EXCEDENTES | 3.792.048.168 ARTICULO SEGUNDO: Efectúese una adición al presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Chapinero en la vigencia fiscal 2025, por valor de TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MILLONES CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO SESENTA Y OCHO PESOS MCTE. ($3.792.048.168) y distribuir la disponibilidad final- excedentes financieros, según el siguiente detalle:
CÓDIGO | CONCEPTO | VALOR ---|---|--- O2 | GASTOS | 3.792.048.168 O23 | Inversión | 3.792.048.168 O2301 | DIRECTA | 3.792.048.168 O230117 | Bogotá Camina Segura | 3.792.048.168 O23011745 | Gobierno Territorial | 3.792.048.168 O2301174599 | Fortalecimiento a la gestión y dirección de la administración pública territorial | 3.792.048.168 O2301174599202422760100 | Chapinero protegido: Dotación y mejora de equipamiento para la seguridad | 607.648.311 O2301174599202425070100 | Chapinero cultural: Promueve el talento y el patrimonio local | 3.184.399.857 | TOTAL EXCEDENTES | 3.792.048.168 ARTÍCULO TERCERO: El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de octubre del año 2025.
DANIEL HERNANDO ORTIZ QUINTERO
Alcalde Local de Chapinero (E)
Nota: Ver norma original en Anexos.
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